Red de Respuestas Legales - Conocimientos legales - ¿Qué debo hacer si mis primos insisten en casarse?

¿Qué debo hacer si mis primos insisten en casarse?

Análisis jurídico: Los parientes consanguíneos colaterales dentro de tres generaciones no pueden casarse. Tienen los mismos ancestros y es posible que hayan recibido los mismos genes de sus ancestros. Entonces, si sus parientes se casan, son propensos a sufrir enfermedades genéticas recesivas. Sin embargo, los hijos de primos son parientes de cuarta generación y pueden casarse. 1. La ley china estipula que los primos son parientes colaterales dentro de tres generaciones y los matrimonios mixtos están prohibidos. La ley matrimonial de nuestro país tiene disposiciones. Si usted es un pariente consanguíneo directo o un pariente consanguíneo colateral dentro de tres generaciones, no puede casarse, o si tiene una enfermedad médicamente inapropiada, no debe casarse. 2. El matrimonio entre parientes cercanos generalmente afectará la salud de la próxima generación, es decir, los hijos, porque el matrimonio entre parientes cercanos puede causar enfermedades genéticas recesivas. También aumenta la incidencia de otras enfermedades, como la hipertensión arterial, labio y paladar hendido, esquizofrenia y asma. Los hermanos y hermanas de los mismos padres, incluidos los medio hermanos y hermanas, es decir, los hijos de los mismos padres no pueden casarse. Tíos, tías, tíos y sobrinos de diferentes generaciones tienen hijas. En otras palabras, los tíos no pueden casarse con las hijas de sus hermanos. Una tía no puede casarse con el hijo de su hermano. Un tío no puede casarse con la hija de su hermana, y quien está menstruando no puede casarse con el hijo de su hermana.

Base jurídica: “Código Civil de la República Popular China”

Artículo 1046 El matrimonio será voluntario tanto para el hombre como para la mujer. Está prohibido que cualquiera de las partes obligue a la otra. , y ninguna organización o individuo puede interferir.

Artículo 1047: La edad para contraer matrimonio en los hombres no será menor de 22 años, y en las mujeres no será menor de 20 años.

Artículo 1048: Se prohíbe el matrimonio entre consanguíneos directos o colaterales dentro de tres generaciones.

Artículo 1049. Si un hombre y una mujer desean contraer matrimonio, deberán solicitar personalmente la inscripción del matrimonio ante la autoridad de registro de matrimonio. Si el matrimonio cumple con las disposiciones de esta ley, se registrará y se expedirá un acta de matrimonio. La relación matrimonial se establece cuando se completa el registro del matrimonio. Si el matrimonio no ha sido registrado, deberá volver a registrarse.

Artículo 1050 Inscrito el matrimonio, según el acuerdo entre el hombre y la mujer, la mujer puede ser miembro de la familia del hombre, y el hombre puede ser miembro de la familia de la mujer.

Artículo 1051: Es nulo el matrimonio si concurre alguna de las siguientes circunstancias:

(1) Bigamia;

(2) Existe relación de familia que prohíbe el matrimonio.

(3) Quienes no hayan alcanzado la edad legal para contraer matrimonio.

Artículo 1052: Si el matrimonio se produce por coacción, la parte coaccionada podrá solicitar del Tribunal Popular la anulación del matrimonio.

La solicitud de disolución del matrimonio deberá presentarse dentro del año siguiente a la fecha de terminación de la coacción.

Si la parte cuya libertad personal está ilegalmente restringida solicita la disolución del matrimonio, la solicitud deberá hacerse dentro del año siguiente a la fecha del restablecimiento de la libertad personal.

Artículo 1062. Serán bienes comunes del marido y de la mujer y pertenecerán al marido y a la mujer los siguientes bienes adquiridos por el marido y la mujer durante su matrimonio:

(1) Salarios, bonificaciones y remuneraciones por servicios laborales;

(2) Ingresos por producción, operación e inversión;

(3) Ingresos por derechos de propiedad intelectual;

(4) Bienes heredados o donados, con excepción del artículo 1006 de esta Ley. Salvo lo dispuesto en el párrafo 3 del artículo 13;

(5) Otros bienes que deban ser propiedad de * * *.

El marido y la mujer tienen iguales derechos para disponer de los mismos bienes.

Artículo 1063 Son bienes muebles de uno de los cónyuges los siguientes bienes:

(1) Los bienes prematrimoniales de una de las partes;

(2) Los bienes de una de las partes adquirido debido a lesiones personales Compensación o compensación;

(3) Propiedad que se determina que pertenece solo a una de las partes en el testamento o contrato de donación;

(4) Necesidades diarias exclusivas de una de las partes ;

( 5) Otros bienes que deban pertenecer a una de las partes.