¿Cómo manejar los casos de fraude en la fiscalía?
Artículo 266: El que defraude bienes públicos o privados y la cuantía sea relativamente importante, será sancionado con prisión fija no mayor de tres años, prisión penal o vigilancia pública, y también o únicamente será multado si la cantidad es elevada o concurren otras circunstancias graves, el infractor será condenado a pena privativa de libertad no menor de tres años ni mayor de diez años, y también será multado; la cantidad es especialmente elevada o concurren otras circunstancias especialmente graves, el infractor será condenado a una pena de prisión de duración determinada no inferior a diez años o a cadena perpetua, y también se le impondrá una multa o se le confiscarán sus bienes. Si esta ley dispone lo contrario, prevalecerán tales disposiciones. En primer lugar, el órgano de seguridad pública lo arrestará penalmente según la situación y lo presentará a la fiscalía para que apruebe el arresto en un plazo de tres días, que puede ampliarse de uno a cuatro días. La fiscalía suele decidir en un plazo de siete días si autoriza el arresto. Si se trata de un sospechoso importante que comete delitos mientras se da a la fuga, comete delitos en grupo o comete múltiples delitos, la búsqueda puede ampliarse a un mes cuando se presenta para arresto, lo que significa que la detención penal suele ser de más de diez días, con el El más largo es de 37 días. El período de investigación después del arresto no excederá generalmente de dos meses. En casos complejos, podrá ampliarse por un mes con la aprobación de la Fiscalía Popular del nivel inmediatamente superior. Si es un área con transporte inconveniente, casos de grupos criminales importantes, delitos de fugitivos, etc. , podrá prorrogarse por otros dos meses con la aprobación de la Fiscalía Provincial. Para los presuntos delincuentes que puedan ser condenados a penas inferiores a diez años de prisión, la pena podrá prorrogarse otros dos meses con la aprobación de la Fiscalía Provincial. Es decir, la etapa de seguridad pública suele durar entre dos meses y medio y tres meses, siendo la más larga de ocho meses. Luego, los investigadores del caso de los órganos de seguridad pública redactan el caso y transfieren los expedientes y las pruebas a la fiscalía, que es la etapa de revisión y procesamiento. Esta etapa suele durar un mes, pudiendo ampliarse medio mes para proyectos importantes y complejos. Si la fiscalía considera que es necesaria una investigación complementaria después de la revisión, puede devolver el caso al órgano de seguridad pública para que realice una investigación complementaria o realizar su propia investigación. La investigación complementaria finalizará en el plazo de un mes y se limitará a dos veces. Una vez finalizada la investigación complementaria, la fiscalía vuelve a calcular el plazo para la revisión y el procesamiento. Una vez finalizada la revisión, la Sección del Ministerio Público de la Fiscalía redactará auto de acusación pública y presentará acusación pública ante el tribunal correspondiente. Generalmente es de un mes a un mes y medio, y el más largo puede ser hasta cinco meses. Finalmente, acude a los tribunales. La audiencia judicial es un sistema de juicio en segunda instancia. El juicio en primera instancia se celebrará dentro del mes siguiente a que el tribunal acepte el caso y dicte sentencia, y no excederá de un mes y medio a más tardar. Si se trata de un caso en una zona remota, de un grupo criminal importante o de un fugitivo, se puede prorrogar por un mes más. Si el demandado o parte en un proceso civil incidental no está satisfecho con la sentencia de primera instancia, puede apelar si la fiscalía considera que la sentencia de primera instancia es efectivamente errónea, también puede presentar una protesta ante el tribunal superior y el caso; entrará en segunda instancia. El plazo del juicio en segunda instancia es el mismo que el de primera instancia, que también es de un mes, no superior a un mes y medio. Si se trata de un caso en una zona remota, un grupo criminal importante o un delito de fugitivos, se puede extender por un mes más. Si no hay recurso o protesta, suele tardar entre un mes y un mes y medio, siendo el más largo dos meses y medio. Si hay un segundo juicio, suele tardar entre dos y tres meses, con un máximo de cinco meses. Si el tribunal considera que las pruebas son insuficientes y devuelve el caso al Ministerio Público, se ampliará el plazo. En resumen, si un caso penal no es complicado y los hechos son simples, estará terminado en cinco o seis meses. Si es más complicado y se devuelve varias veces, el período de prueba más largo es de aproximadamente dos años. En la práctica, la detención prolongada es muy común. Si esto sucede, es necesario contratar a un abogado con prontitud para presentar una denuncia y solicitar la libertad bajo fianza en espera del juicio, a fin de salvaguardar los derechos legales del sospechoso de un delito (acusado). Una vez que el tribunal pronuncia la sentencia, el tiempo pasado en el centro de detención se deduce de la sentencia. Si la sentencia es inferior a un año, el resto de la sentencia se cumplirá en un centro de detención y, por lo general, la sentencia no se reducirá en un centro de detención. Si excede de un año, será enviado a diferentes cárceles después de un período de tiempo acorde a la duración de la pena restante. Quienes cumplan una condena en prisión y cumplan las condiciones para la conmutación, la libertad condicional o la libertad condicional por motivos médicos podrán solicitar la conmutación, la libertad condicional o la libertad condicional por razones médicas.
Objetividad jurídica:
Artículo 266 de la "Ley Penal", quien defraude la propiedad pública o privada, si la cantidad es relativamente importante, será sancionado con pena privativa de libertad de no menos de más de tres años, detención o vigilancia penal, y además o multa sola si la cuantía es elevada o concurren otras circunstancias graves, será condenado a pena privativa de libertad no inferior a tres años pero no superior a diez; años, y también una multa si la cantidad es particularmente elevada o concurren otras circunstancias particularmente graves, será condenado a pena de prisión no inferior a diez años o a cadena perpetua y estará sujeto a multas o confiscación de bienes; . Si esta ley dispone lo contrario, prevalecerán tales disposiciones.