¿El ajuste de la política de préstamos es fuerza mayor?
Análisis legal: Los ajustes de la política crediticia no son fuerza mayor. La fuerza mayor se refiere a circunstancias objetivas que no pueden preverse, evitarse y superarse cuando se celebra el contrato.
Base jurídica: Artículo 180 de los “Principios Generales del Derecho Civil” Si una persona no puede cumplir sus obligaciones civiles por causa de fuerza mayor, no asumirá responsabilidad civil. Si la ley dispusiera lo contrario, prevalecerán tales disposiciones. La fuerza mayor se refiere a circunstancias objetivas que no pueden preverse, evitarse y superarse.
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