¿Qué debo hacer si el flete del camión no está liquidado?
Recopilar pruebas, acudir a los tribunales y recuperar el flete por vías legales. El plazo de prescripción para los fletes impagos es de tres años. Si se ha anotado la fecha de pago, el plazo de prescripción se computará a partir de la fecha de pago. Si no se especifica fecha de pago, el plazo de prescripción se computará a partir del día siguiente al de que el deudor emita la deuda.
Objetividad jurídica:
El artículo 188 del Código Civil exige que el Tribunal Popular proteja los derechos de los ciudadanos durante tres años. Si la ley dispusiera lo contrario, prevalecerán tales disposiciones. El plazo de prescripción se computará a partir de la fecha en que el acreedor conoció o debió saber que el derecho había sido lesionado y el deudor tuvo conocimiento de ello. Si la ley dispusiera lo contrario, prevalecerán tales disposiciones. Sin embargo, si han transcurrido más de 20 años desde la fecha en que se lesionaron los derechos, el Tribunal Popular no concederá la protección. En circunstancias especiales, el tribunal popular puede decidir posponer la solicitud basándose en la solicitud del titular del derecho.