Plazo para audiencias de sanción administrativa
1. ¿Cuánto dura el plazo de audiencia de sanción administrativa?
Los plazos de audiencia en la "Ley de Sanción Administrativa" se dividen principalmente en tres categorías, que se resumen a continuación:
(1) Tiempo de solicitud: si la parte solicita una audiencia, se notificará tres días después de que el acto administrativo se presente dentro del día.
Consejo: La solicitud de audiencia de licencia administrativa deberá presentarse dentro de los 5 días siguientes a la fecha de ser notificado del derecho a audiencia.
(2) Tiempo de organización: sin normativa.
Consejos: La agencia administrativa deberá organizar una audiencia de licencia administrativa dentro de los 20 días posteriores a la recepción de la solicitud.
(3) Tiempo de notificación
Informar a las partes de los asuntos relevantes 7 días antes de la audiencia.
2. Plazo de las audiencias de sanción administrativa previsto por la ley
El artículo 42 de la "Ley de Sanción Administrativa" establece que las partes no correrán con los gastos de las audiencias organizadas por los órganos administrativos. La audiencia se organizará de acuerdo con los siguientes procedimientos:
(1) Si el interesado solicita una audiencia, ésta deberá presentarse dentro de los tres días siguientes a la notificación del órgano administrativo;
(2) La agencia administrativa deberá celebrar la audiencia con siete días de anticipación, notificar a las partes la hora y lugar de la audiencia;
(3) A menos que se trate de secretos de estado, secretos comerciales o personales. privacidad, la audiencia se llevará a cabo en público;
(4) Audiencia La audiencia será presidida por alguien que no sea el investigador del caso designado por la agencia administrativa si las partes creen que el funcionario que preside tiene una autoridad; interés directo en el caso, tienen derecho a solicitar la recusación;
(5) Las partes podrán asistir a la audiencia personalmente o por apoderado. Una o dos personas actuarán como apoderados;
(6) Durante la audiencia, los investigadores presentan los hechos de las partes, pruebas y sugerencias de sanciones administrativas; las partes hacen defensas y contrainterrogatorios;
(7) Se realizará una transcripción de la audiencia; una vez verificada la exactitud de la transcripción, será firmada o sellada por las partes interesadas.
Si los interesados tuvieran objeciones a sanciones administrativas que restrinjan la libertad personal, se seguirán las disposiciones pertinentes del Reglamento de Sanciones de la Administración de Seguridad Pública.
3. Otros asuntos que requieren atención en la audiencia de sanción administrativa
(1) Situación de audiencia de sanción administrativa
1. Orden de suspensión de producción y negocio;
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2. Revocación de licencia o permiso;
3. Decisiones de sanciones administrativas como multas relativamente elevadas.
(2) Formas de solicitar audiencia
Escrito u oral
(3) Inicio de trámite de audiencia administrativa sancionadora.
Previa solicitud
Consejos: Las audiencias de licencia administrativa se pueden realizar mediante solicitud o de oficio.
(4) La forma de los procedimientos de audiencia administrativa sancionadora
será pública, excepto aquellos que involucren secretos de Estado, secretos comerciales o intimidad personal.
(5) Evitar
La audiencia debe ser presidida por personas distintas a los investigadores del caso designados por la agencia administrativa. Si las partes creen que el anfitrión tiene un interés en el caso
tienen derecho a solicitar la recusación.
(6) Procedimiento
Las partes podrán defender y contrainterrogar los hechos y pruebas ilegales, y ambas partes podrán debatir.
(7) Documentos excluidos
La transcripción de la audiencia deberá ser producida y firmada por las partes; la transcripción es una de las bases importantes para tomar decisiones de sanciones administrativas.
Consejos: Las agencias administrativas deben tomar decisiones administrativas sobre licencias basándose en las transcripciones de las audiencias.
(8) Honorarios de audiencia
Gratis, es decir, no se cobran honorarios.
El plazo para las audiencias administrativas sancionatorias comprende tres periodos: tiempo de solicitud, tiempo de organización y tiempo de notificación. Cada periodo tiene básicamente un límite temporal relevante. Para los asuntos que deban ser tratados por los organismos administrativos pertinentes, se notificará a las partes y se organizará una audiencia dentro del tiempo especificado.