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¿Se pueden recurrir las sanciones administrativas?

Análisis jurídico: Los funcionarios de los organismos administrativos estatales y demás personal designado por los organismos administrativos estatales que no estén satisfechos con la decisión disciplinaria adoptada por el organismo administrativo competente podrán apelar ante la autoridad de control dentro de los 30 días siguientes a la fecha de recepción de la decisión disciplinaria, siempre que que:

(1) Las quejas deben ser presentadas por funcionarios estatales o miembros del personal designados por agencias administrativas estatales. Si la persona castigada ha fallecido, sus familiares cercanos también pueden presentar una demanda contra él.

(2) Debe haber una solicitud de apelación clara y sus motivos.

(3) Las reclamaciones deberán presentarse ante la autoridad de control competente.

(4) El recurso deberá interponerse dentro del plazo legal, es decir, dentro de los 30 días siguientes a la fecha de recepción de la resolución administrativa sancionadora.

(5) Deberá presentarse por escrito.

Base legal: Artículo 12 de las "Disposiciones provisionales del Consejo Estatal sobre recompensas y castigos para el personal de las agencias administrativas nacionales", si el personal de las agencias administrativas nacionales no está satisfecho con las sanciones disciplinarias, deberá informar al autoridad de manejo dentro de un mes después de recibir la notificación. Presentar una reconsideración y tener derecho a apelar directamente ante la autoridad superior. Los organismos administrativos estatales deberían ocuparse seriamente de las quejas de las personas castigadas. Las denuncias presentadas por la persona sancionada ante autoridades superiores deben comunicarse con prontitud y no deben ocultarse. Sin embargo, la ejecución de la pena no se suspenderá durante el período de reconsideración o apelación.