Red de Respuestas Legales - Derecho empresarial - ¿Entra en juego el artículo 850 del Código Civil de 2020 de la República Popular China?

¿Entra en juego el artículo 850 del Código Civil de 2020 de la República Popular China?

Artículo 850: Es inválida la tecnología que monopoliza ilegalmente la tecnología o infringe los logros tecnológicos de otros.

Resumen del artículo

Este artículo trata sobre las razones especiales para la invalidación de contratos de tecnología.

Comparado con el artículo 329 de la Ley de Contratos, este artículo elimina las razones jurídicas que obstaculizan el progreso tecnológico, invalidando los contratos de tecnología.

Por un lado, las leyes de nuestro país toman las medidas necesarias para garantizar que las partes de los contratos de tecnología ejerzan sus derechos dentro del ámbito legal; por otro lado, no permiten que las partes abusen de dichos derechos para dañar la sociedad; e intereses públicos. Por lo tanto, este artículo estipula que, además de las disposiciones generales sobre la nulidad de los actos jurídicos civiles, los contratos de tecnología estipulan específicamente la nulidad de los dos tipos siguientes de contratos de tecnología: (1) contratos de tecnología que involucran tecnología de monopolio ilegal (2) contratos de tecnología; que infringen los logros tecnológicos de otros.

Este artículo ya no reconoce que los contratos técnicos que obstaculizan el progreso tecnológico sean las causas jurídicas de la nulidad del contrato. Obstruir el progreso tecnológico es diferente de monopolizar ilegalmente la tecnología e infringir los logros tecnológicos de otras personas, porque la patente obtenida es un logro tecnológico exclusivo y prohíbe a otros la infracción ilegal. A veces, obstaculizar el progreso tecnológico es simplemente una cuestión de proteger las propias patentes. Por ejemplo, un contrato que prohíbe a otros solicitar patentes de manera plena y razonable y utilizar tecnología no patentada en función de la demanda del mercado se considera un contrato que obstaculiza el progreso tecnológico, lo que es contrario al propósito legislativo de proteger las patentes. Por lo tanto, es correcto dejar de utilizar la obstrucción del progreso tecnológico como fundamento legal para la invalidación de contratos tecnológicos.