2014 110 Licencia Comercial 2014, ¿se requiere un informe anual?
El "Reglamento provisional sobre divulgación de información empresarial" se adoptó en la 57ª reunión ejecutiva del Consejo de Estado el 23 de julio de 2014, y por la presente se anuncia y entrará en vigor el 30 de junio de 2014.
Artículo 8 Las empresas presentarán el informe anual del año anterior al departamento administrativo industrial y comercial a través del sistema de divulgación de información crediticia empresarial del 1 al 30 de junio de cada año y lo harán público. .
Las empresas registradas en el año en curso deberán presentar y publicar informes anuales del año siguiente.
Artículo 9 El contenido del informe anual de una empresa incluye:
(1) la dirección postal, el código postal, el número de teléfono, la dirección de correo electrónico y otra información de la empresa;
(2) La apertura, cierre y liquidación de la empresa;
(3) El establecimiento y compra de capital de la empresa
(4) La empresa es una sociedad limitada; sociedad de responsabilidad civil o sociedad anónima, el monto del aporte de capital suscrito por sus accionistas o promotores, el momento del aporte de capital, el método de aporte de capital, etc.;
(5) Cambios en el patrimonio como el patrimonio transferencia de accionistas de la sociedad de responsabilidad limitada;
( 6) El nombre, dirección y demás datos del sitio web corporativo y de las tiendas en línea dedicadas a operaciones en línea;
(7) El número de empleados corporativos, activos totales, pasivos totales, garantías externas, capital total del propietario, ingresos operativos totales, ingresos del negocio principal, ganancias totales, ganancias netas, pago total de impuestos y otra información.
La información especificada en los incisos 1 a 6 del párrafo anterior será divulgada, y la información especificada en el inciso 7 será divulgada por la empresa.
Con el consentimiento de la empresa, los ciudadanos, personas jurídicas u otras organizaciones pueden consultar sobre información que la empresa decide no revelar.
Artículo 10 Una empresa deberá divulgar la siguiente información al público a través del sistema de divulgación de información crediticia empresarial dentro de los 20 días hábiles a partir de la fecha de establecimiento:
(1) Accionistas de una sociedad limitada sociedad de responsabilidad o El monto del aporte de capital suscrito por los promotores de la sociedad anónima, el momento del aporte de capital, el método de aporte de capital y otra información;
(2) Cambios de capital como transferencia de capital de accionistas de la sociedad de responsabilidad limitada;
(3) La adquisición, cambio y prórroga de licencias administrativas;
(4) Información del registro de prenda de propiedad intelectual;
(5) Información sobre sanciones administrativas;
(6) Otra información que deba divulgarse de conformidad con la ley.