Red de Respuestas Legales - Derecho empresarial - ¿Es el 12333 el escenario posterior a la convocatoria del arbitraje laboral?

¿Es el 12333 el escenario posterior a la convocatoria del arbitraje laboral?

Si necesita consultar sobre asuntos de arbitraje laboral, llame a la línea local de trabajo y seguridad social 12333, o llame a la línea local 114 para consultar el número.

Cuando ocurren conflictos laborales, los trabajadores tienen derecho a solicitar arbitraje o presentar quejas ante los departamentos pertinentes. Sólo llama de 9 a 17 horas de lunes a viernes.

En la vida diaria, después de salir del trabajo, nos encontramos con que las empresas a veces retrasan los salarios. Puede ser porque es realmente un período difícil, pero si la empresa no paga los salarios durante mucho tiempo, ¿qué? ¿Qué deben hacer los trabajadores y cómo pueden recuperar sus salarios?

Los atrasos salariales son habituales en todas las empresas. Como empleado, debes comprender las dificultades temporales de la empresa. Sin embargo, si la empresa retrasa deliberadamente los salarios sin dificultad y los atrasos salariales son prolongados y repetidos, el empleado puede comunicarse con la empresa y solicitarle que pague los salarios de manera oportuna. Si la empresa aún no paga los salarios, puede solicitar un arbitraje laboral.

Artículo 1: Para manejar los conflictos laborales de manera justa y rápida, de conformidad con la "Ley de Mediación y Arbitraje de Conflictos Laborales de la República Popular China" (en adelante, la "Ley de Mediación y Arbitraje" ) y la "Ley de Servicio Civil de la República Popular China" (en adelante, la "Ley de Mediación y Arbitraje") (denominada "Ley de Servicio Civil"), el "Reglamento sobre el Personal Civil del Servicio de Liberación del Pueblo Chino" Ejército" y las leyes y reglamentos pertinentes y las disposiciones pertinentes del Consejo de Estado, se formulan estas reglas.

Artículo 2: Estas reglas se aplican al arbitraje de las siguientes disputas:

(1) entre empresas, organizaciones económicas individuales, unidades privadas no empresariales y otras organizaciones y trabajadores, entre organismos e instituciones gubernamentales entre unidades, grupos sociales y trabajadores con quienes hayan establecido relaciones laborales, debido a la confirmación de relaciones laborales, celebración, cumplimiento, modificación, cancelación y terminación de contratos de trabajo, jornada de trabajo, descanso y vacaciones, seguros sociales, bienestar, formación y protección laboral, conflictos laborales derivados de remuneraciones, gastos médicos por accidentes de trabajo, compensaciones o compensaciones económicas, etc.;

(2) Conflictos derivados de la aplicación de la Ley de Servicio Civil y la sistema de nombramiento de funcionarios públicos, así como las disputas entre agencias (unidades) gestionadas con referencia a la Ley de Servicio Civil y disputas de nombramiento entre instituciones públicas y personal;

(3) Disputas entre instituciones públicas y personal debido a terminación de relaciones personales y cumplimiento de contratos de trabajo por despido, despido, renuncia, renuncia, etc.;

(4) Controversias entre organizaciones sociales y funcionarios por terminación de relaciones personales y desempeño de empleo contratos por renuncia, despido, renuncia, renuncia, etc.;

(5) Controversias entre unidades de contratación de personal civil militar y personal civil por ejecución de contratos de trabajo Controversias derivadas del contrato;

(6) Otras disputas estipuladas por las leyes y reglamentos que serán manejadas por el comité de arbitraje.

Artículo 3: Al manejar disputas, el comité de arbitraje seguirá los principios de legalidad y equidad, mediará primero y tomará una decisión oportuna.

Artículo 4 El comité arbitral podrá dar prioridad a los conflictos que involucren a más de 10 trabajadores o a los conflictos laborales que surjan de la ejecución de contratos colectivos.

Cuando la comisión arbitral conozca de conflictos laborales derivados de la ejecución de contratos colectivos, deberá constituir un tribunal arbitral conforme al principio de tripartidad.

Capítulo 2 Disposiciones Generales

Artículo 5 Si un conflicto laboral surge con motivo de la ejecución del contrato colectivo y no puede resolverse mediante negociación, el sindicato podrá solicitar arbitraje de conformidad con la ley; si no se ha creado un sindicato, el sindicato superior guiará a los empleados. El representante electo solicita el arbitraje de conformidad con la ley.

Artículo 6 Si hay más de 10 trabajadores en conflicto y tienen la misma solicitud, los trabajadores pueden nombrar de 3 a 5 representantes para participar en las actividades de arbitraje.

Artículo 7 La participación del representante en el arbitraje es válida para la parte que representa, pero cualquier cambio, abandono o reconocimiento de la solicitud de arbitraje de la otra parte y acuerdo por parte del representante deberá ser aprobado por la parte representada.

Artículo 8 Disputas Si la licencia comercial del empleador es revocada, se ordena su cierre o se revoca, o el empleador decide disolverse o cerrarse por adelantado y no puede asumir las responsabilidades pertinentes, el inversionista, el fundador Se considerará que la unidad o el departamento competente tienen la misma parte.

Artículo 9 Si surge un conflicto entre trabajadores y contratistas individuales y estos solicitan al comité de arbitraje el arbitraje de conformidad con la ley, la parte emisora ​​del contrato y los contratistas individuales serán las partes.

Artículo 10: Si durante el período de solicitud de arbitraje se presenta alguna de las siguientes circunstancias, se interrumpirá la prescripción del arbitraje: A partir del momento de la interrupción, se recalculará el plazo de prescripción del arbitraje:

(1) Una parte negocia o solicita mediación para hacer valer sus derechos contra la otra parte;

(2) Las partes solicitan compensación de derechos quejándose ante los departamentos pertinentes y solicitando arbitraje ante el comité de arbitraje, presentar una demanda ante el Tribunal Popular o solicitar una orden de pago;

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(3) La otra parte se compromete a cumplir con sus obligaciones.

Artículo 11 Las partes no pueden solicitar el arbitraje dentro del plazo de arbitraje prescrito por causa de fuerza mayor, o por no haberse determinado el representante legal del trabajador sin capacidad civil, o por otras razones legítimas.

Artículo 12 El lugar de ejecución del contrato de trabajo es el lugar donde efectivamente trabaja el trabajador, y el lugar de registro del empleador es el lugar de registro del empleador. Si el empleador no está registrado, la ubicación de su inversionista, unidad fundadora o departamento competente será la ubicación del empleador.

Una vez aceptado el caso, si cambia el lugar donde se ejecuta el contrato laboral y la ubicación del empleador, la jurisdicción de arbitraje de disputas no cambiará.

Si varios comités de arbitraje fueran competentes, será competente el comité de arbitraje que acepte el caso en primer lugar.

Artículo 13 Si el comité de arbitraje determina que el caso que acepta no es de su competencia, lo transferirá al comité de arbitraje competente y notificará a las partes por escrito.

Para los casos transferidos antes mencionados, el comité arbitral transferido deberá aceptarlos de conformidad con la ley.

Si el comité de arbitraje transferido considera que el caso transferido no cae bajo su jurisdicción de acuerdo con las regulaciones, o si los comités de arbitraje no pueden llegar a un acuerdo debido a disputas jurisdiccionales, deberán informarlo a la autoridad competente del comité de arbitraje en el siguiente nivel superior para designar la jurisdicción.

Artículo 14 Si una parte plantea objeciones a la competencia, deberá hacerlo por escrito antes de la expiración del plazo de defensa.

Artículo 15 Si una parte solicita la recusación, los motivos deberán expresarse y presentarse al inicio del juicio, si el motivo de la recusación se conoce después de iniciado el juicio, también podrá presentarse antes; el final del debate de la audiencia judicial planteado después del final.

La persona que solicita la recusación deberá dejar de participar en el manejo del caso antes de que el comité de arbitraje decida si procede la recusación, a menos que el caso requiera medidas de emergencia.

Artículo 16 La retirada de un árbitro será decidida por el director del comité de arbitraje o el responsable de la institución autorizada por él. El comité de arbitraje decidirá si el presidente del comité de arbitraje debe retirarse como árbitro.

Artículo 17 Los interesados ​​son responsables de aportar la prueba de sus pretensiones.

Artículo 18 Si no existen disposiciones específicas en la ley y la carga de la prueba no puede determinarse de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 17 de este Reglamento, el tribunal arbitral podrá, con base en los principios de equidad y buena fe, considerar exhaustivamente la capacidad de las partes para presentar pruebas y otros factores, determinar la carga de la prueba.

Artículo 19 La parte que recae sobre la carga de la prueba deberá aportar las pruebas pertinentes dentro del plazo señalado por el comité arbitral. Si la parte no lo proporciona dentro del plazo señalado, sufrirá consecuencias adversas.

Artículo 20: Tratándose de pruebas que las partes no puedan reunir por sí solas por razones objetivas, la comisión arbitral podrá recogerlas a petición de las partes y con referencia a las disposiciones pertinentes de la Ley de Procedimiento Civil de la República Popular China; si el comité de arbitraje lo considera necesario, también podrá decidir cobrar con referencia a las disposiciones pertinentes de la Ley de Procedimiento Civil de la República Popular China;

Artículo 21 Cuando el comité de arbitraje investigue y recopile pruebas de conformidad con la ley, las organizaciones e individuos pertinentes deberán ayudar y cooperar.

Artículo 22: Forma de prueba, presentación de prueba, intercambio de prueba, contrainterrogatorio, tasación y otras materias. Si no hay ninguna disposición en estas reglas, se seguirán las disposiciones pertinentes de las "Reglas de Prueba en Litigios Civiles".