Sanción por visitar tumbas y provocar incendios forestales
Quienes quemen el bosque por incendio accidental serán sancionados según la superficie del bosque quemada. Quien queme una superficie forestal de más de dos hectáreas será penalmente responsable. El importe específico de la multa debe determinarse basándose en el análisis de la situación real. Esto significa que si un incendio forestal causado por visitas a tumbas provoca que se quemen más de dos hectáreas de bosque, la persona involucrada puede enfrentar sanciones penales y el monto específico de la multa se evaluará en función de las pérdidas e impactos específicos causados por el incendio. .
Medidas preventivas de incendios forestales:
1. Establecer y mejorar el sistema de responsabilidad en la prevención de incendios forestales;
2. Fortalecer la publicidad y la educación sobre la prevención de incendios forestales y mejorar la atención pública. concientización sobre la prevención de incendios;
3. Implementar un control estricto durante la prevención de incendios forestales y prohibir que las fuentes de fuego ingresen al área forestal;
4. Fortalecer los materiales y equipos de prevención de incendios forestales para mejorar la prevención de incendios. eficiencia en la lucha;
5. Llevar a cabo investigaciones sobre los peligros de incendios forestales y eliminarlos de manera oportuna;
6. Establecer un sistema de monitoreo y alerta temprana de incendios forestales para lograr una detección temprana. informes tempranos y peleas tempranas.
En resumen, si un incendio forestal causado por visitas a tumbas quema más de dos hectáreas de bosque, la persona involucrada puede enfrentar sanciones penales y el monto de la multa se evaluará en función de las pérdidas y el impacto específicos. .
Base jurídica:
Ley penal de la República Popular China
Artículo 115
Incendio provocado, rotura de agua, explosión, liberación Cualquiera que utilice patógenos u otras sustancias venenosas, radiactivas o infecciosas o utilice otros métodos peligrosos para causar lesiones graves o la muerte a personas o cause grandes pérdidas a la propiedad pública o privada será condenado a pena privativa de libertad no inferior a diez años. cadena perpetua o muerte. El que cometa negligentemente el delito del párrafo anterior será sancionado con pena privativa de libertad no menor de tres años pero no mayor de siete años, si las circunstancias fueran menores, se le impondrá pena privativa de libertad no mayor de tres años; tres años o prisión penal.