2021-09-11 Reglas de exclusión de pruebas penales
1. Prueba legal; 2. Prueba ilegal (prueba ilegal, prueba defectuosa): procedimientos de recopilación de pruebas ilegales, contenido de pruebas ilegales, forma de pruebas ilegales.
1. Exclusión obligatoria; 2. Exclusión reparadora.
"Ley de Procedimiento Penal", "Interpretaciones aplicables del Tribunal Supremo Popular", "Normas de Procedimiento Penal de la Fiscalía Popular", "Disposiciones sobre diversas cuestiones relativas a la exclusión de pruebas ilegales en la tramitación de casos penales", "Revisión y sentencia sobre pruebas en la tramitación de casos de pena de muerte" Disposiciones sobre varias cuestiones", "Disposiciones sobre varias cuestiones sobre la estricta exclusión de pruebas ilegales en la tramitación de casos penales", "Reglas para la exclusión de pruebas ilegales en la tramitación de casos penales" por los tribunales populares (juicio)", "Dictámenes sobre la promoción integral de la implementación de la reforma del sistema de procedimiento penal centrado en el juicio", "Dictámenes sobre el establecimiento y mejora del mecanismo de trabajo para prevenir casos penales equivocados", "Reglamento del Tribunal Popular Supremo , la Fiscalía Popular Suprema y el Ministerio de Seguridad Pública sobre diversas cuestiones relativas a los procedimientos de extracción, incautación y pesaje de drogas", "Muestreo de casos de delitos relacionados con drogas para inspección", "Tribunal Supremo Popular", Disposiciones del Tribunal Popular, la Fiscalía Popular Suprema y el Ministerio de Seguridad Pública sobre diversas cuestiones relativas a la recopilación, extracción, revisión y sentencia de datos electrónicos en casos penales", "Disposiciones de la Fiscalía Popular sobre la tramitación de casos de delitos en Internet" y "Ley de supervisión de la República Popular de China".
1. Deben excluirse las confesiones de sospechosos y acusados de delitos obtenidas mediante medios ilegales como la tortura y otros medios ilegales.
2. Se excluirán de conformidad con la ley las pruebas verbales obtenidas mediante medios ilegales como tortura, violencia, amenazas, etc.
3. Se excluirán las confesiones realizadas contra la voluntad del sospechoso o acusado de un delito mediante medios violentos como palizas, uso ilegal de medios de inmovilización o castigos corporales encubiertos.
4. Se excluirán las confesiones hechas contra la voluntad del imputado de manera que amenace con violencia o dañe gravemente los derechos e intereses legítimos del imputado y de sus familiares cercanos.
5. Deben excluirse las confesiones de sospechosos y acusados de delitos obtenidas mediante detención ilegal y otras restricciones ilegales a la libertad personal.
6. Debe excluirse el uso de la tortura para extraer confesiones de sospechosos o acusados de delitos, y que luego los sospechosos o acusados de delitos confiesen repetidamente bajo la influencia de la tortura. Salvo las siguientes circunstancias:
(1) Durante el proceso de investigación, con base en acusaciones, informes o autodescubrimiento, sea confirmado por la agencia de investigación o no se pueda descartar que se utilicen métodos ilegales para recopilar pruebas en nombre de los investigadores, y otras personas serán notificadas cuando sean interrogadas nuevamente sobre los derechos procesales de los que disfrutan los investigadores y las consecuencias legales de las declaraciones de culpabilidad, y el sospechoso de un delito confiesa voluntariamente;
(2) Durante la revisión. de arresto, revisión del procesamiento y revisión del juicio, los fiscales y jueces informaron a los fiscales y jueces sobre los derechos procesales y las consecuencias de la confesión. Cuando se les preguntó sobre las consecuencias legales de retractarse de confesiones durante el período, los sospechosos de delitos y los acusados se retractaron voluntariamente. sus confesiones.
7. No excluye las confesiones obtenidas mediante interrogatorios fuera de los lugares prescritos para el manejo del caso, las confesiones obtenidas sin grabación de audio y video de todo el proceso de interrogatorio de conformidad con la ley y las confesiones obtenidas por medios ilegales.
8. En situaciones en las que el proceso de interrogatorio debe ser audiovisualizado según la ley, no se proporciona la grabación audiovisual del interrogatorio, o la grabación audiovisual del interrogatorio se graba, edita o elimina selectivamente, y las pruebas existentes no pueden excluir la recopilación ilegal de pruebas, deben excluirse las confesiones pertinentes.
Los fiscales destacados en el centro de detención no verificaron la legalidad del interrogatorio antes de la conclusión de la investigación de los casos importantes, o no sincronizaron las grabaciones de audio y video durante el proceso de verificación, o las grabaron y editaron selectivamente. o eliminó las grabaciones de audio y video. Si las pruebas existentes no pueden excluir la recopilación ilegal de pruebas, deben excluirse.
9. No se puede excluir que se excluyan los suministros orales obtenidos por medios ilegales.
10. Las transcripciones del interrogatorio que no hayan sido verificadas y confirmadas por el acusado no se utilizarán como base para finalizar el caso.
11. Al interrogar a una persona sordomuda, se deberá proporcionar una persona que esté familiarizada con los gestos de la persona sordomuda.
12. Al interrogar a un acusado que no esté familiarizado con el idioma local hablado y escrito, se le proporcionará un traductor. El hecho de no hacerlo no se utilizará como base para finalizar el caso.
13. En cuanto al contenido relacionado con la condena y la sentencia, ¿existen diferencias entre las transcripciones del interrogatorio y los registros de audio y video del interrogatorio? Si hay diferencias sustanciales, prevalecerán las grabaciones de audio y video del interrogatorio.
14. Existen errores o contradicciones en el horario del interrogatorio, personal de interrogatorio, personal de grabación, representantes legales, etc. Se ingresa en la transcripción del interrogatorio y no se puede corregir ni explicar razonablemente.
15. El solicitante no tiene firma y no puede corregir ni dar una explicación razonable.
16. La transcripción del primer interrogatorio no informó a la persona interrogada sobre los derechos y disposiciones legales pertinentes y no pudo corregirse ni ofrecerse una explicación razonable.
1. Deben excluirse los testimonios de testigos y las declaraciones de víctimas recopiladas mediante medios ilegales como la violencia y las amenazas.
2. Deben excluirse los testimonios de testigos y declaraciones de víctimas recopilados mediante métodos ilegales como violencia, amenazas, restricción ilegal de la libertad personal, etc.
3. No se utilizará como prueba el testimonio prestado por un testigo que se encuentre manifiestamente ebrio, intoxicado por estupefacientes o anestesiado por psicofármacos, de modo que no pueda expresarse correctamente.
4. Los testimonios especulativos, críticos e inferenciales de los testigos no se admitirán como prueba a menos que se juzguen verdaderos con base en la experiencia de vida general.
5. (1) Un testigo que debe comparecer ante el tribunal para testificar de acuerdo con la ley se niega a comparecer ante el tribunal sin razones justificables o se niega a testificar después de comparecer ante el tribunal si la autenticidad de su declaración previa. El testimonio del juicio no puede ser confirmado, no se utilizará como base para finalizar el caso.
(2) Si un testigo es notificado por el Tribunal Popular y se niega a comparecer ante el tribunal sin razones justificables o se niega a testificar después de comparecer ante el tribunal, y el tribunal no puede confirmar la autenticidad de su testimonio, El testimonio del testigo no se utilizará como base para finalizar el caso.
(3) Si el testimonio escrito de un testigo a quien se le ha notificado de conformidad con la ley que no comparecerá ante el tribunal para testificar no puede confirmarse mediante un contrainterrogatorio, no puede utilizarse como base para finalizar el caso.
(4) Los testimonios escritos de los testigos que no comparecieron ante el tribunal son contradictorios y no pueden excluirse. No hay pruebas que lo demuestren y no pueden utilizarse como base para finalizar el caso.
6. Si el interrogatorio de los testigos no se realiza por separado, no servirá de base para la conclusión del caso.
7. El testimonio escrito que no haya sido verificado por testigos no se utilizará como base para finalizar un caso.
8. Al interrogar a una persona sordomuda, se deberá proporcionar una persona que esté familiarizada con los gestos de la persona sordomuda.
9. Al interrogar a un testigo que no domina el idioma común local, se debe proporcionar un traductor. El hecho de no hacerlo no se utilizará como base para finalizar el caso.
10. Si en la transcripción de la consulta no se consignan el nombre del interrogador, registrador, representante legal, y la hora y lugar de inicio y finalización de la consulta, y si ésta no puede ser completada o corregida o no se puede dar una explicación razonable, no se utilizará como base para finalizar el caso.
11. Si el lugar de la investigación no cumple con las normas y no se puede corregir o no se puede dar una explicación razonable, no se utilizará como base para finalizar el caso.
12. Si la transcripción del interrogatorio no registra los derechos, obligaciones y responsabilidades legales del testigo, y no puede complementarse o corregirse o no pueden darse explicaciones razonables, no se utilizará como base para finalizar. el caso.
13. Si la transcripción del interrogatorio refleja que el mismo interrogador interrogó a diferentes testigos al mismo tiempo y no se puede corregir ni dar una explicación razonable, no se utilizará como base para finalizar el caso.
1. Las pruebas físicas y documentales extraídas o incautadas durante las investigaciones, inspecciones y registros sin registros o listas no podrán utilizarse como base para la conclusión de un caso.
2. Las pruebas físicas, las pruebas documentales y otras pruebas obtenidas mediante investigación, inspección, registro y otros medios que sean irrelevantes para los hechos del caso no se utilizarán como base para finalizar el caso después de la identificación o evaluación.
3. Si las fotografías, videos y copias de pruebas físicas y pruebas documentales no pueden reflejar la apariencia y características del original, no servirán de base para finalizar el caso.
4. Si la prueba documental ha cambiado o los signos de cambio no pueden explicarse razonablemente, o las copias o copias de la prueba documental no pueden reflejar el original y su contenido, no se utilizarán como base. para finalizar el caso.
7. Los procedimientos y métodos para recolectar evidencia física y documental son defectuosos y no pueden corregirse ni explicarse razonablemente. Esta podrá adoptarse si se corrige o explica razonablemente alguna de las siguientes deficiencias:
(1) El acta de la lista de inspección, inspección, registro, extracción o incautación no cuenta con la firma del investigador, ítem titular o testigo, O se desconoce el nombre, características, cantidad y calidad de los elementos;
(2) No se marcan fotos, videos y copias de evidencia física, y copias y copias de evidencia documental como iguales a los originales, y no se indica el momento de la copia, o sin la firma o sello de la persona que lo recogió o recuperó;
(3) Fotos, videos y copias de. evidencia física, y copias y copias de evidencia documental sin el conocimiento del productor del proceso de producción y el almacenamiento de los originales y originales. Una descripción del lugar, o una descripción sin firmar.
8. Si existen fallas en los procedimientos de extracción, incautación, pesaje, muestreo, inspección, etc. de la droga, que puedan afectar gravemente la equidad judicial y no puedan corregirse o no pueda darse una explicación razonable, el Las pruebas pertinentes se excluirán de conformidad con la ley y no se utilizarán como base para aprobar un arresto, iniciar un proceso público o dictar una sentencia.
1. Si la institución de tasación no tiene calificaciones legales, o los asuntos de tasación exceden el alcance comercial y las condiciones técnicas de la institución de tasación, no se utilizará como base para finalizar el caso.
2. Si el tasador no tiene calificaciones legales, habilidades profesionales relevantes o títulos profesionales, o viola las normas de evitación, no se utilizará como base para finalizar el caso.
3. Los materiales y muestras presentados para inspección tienen procedencia desconocida, o no cumplen las condiciones para su identificación debido a contaminación.
4. El objeto de identificación no coincide con los materiales y muestras presentados para inspección.
5. El procedimiento de tasación viola la normativa.
6. El proceso y los métodos de identificación no cumplen con los requisitos de las normas profesionales pertinentes.
7. El documento de identidad carece de firmas y sellos.
8. Los peritajes no tienen nada que ver con los hechos a probar en este caso.
9. Otras situaciones que violen la normativa pertinente.
10. Si, previa notificación del Tribunal Popular, el tasador se niega a comparecer ante el tribunal para declarar, el dictamen de tasación no se utilizará como base para finalizar el caso.
Si los registros de investigación e inspección son obviamente incompatibles con la ley y las regulaciones pertinentes, y no se puede dar ninguna explicación o explicación razonable, no se utilizarán como base para finalizar el caso.
1. La identificación no se realizó bajo los auspicios de investigadores y no deberá utilizarse como base para finalizar el caso.
2. Permitir que el tasador vea el objeto de tasación antes de la tasación no será utilizado como base para finalizar el caso.
3. Las actividades de evaluación no se llevan a cabo solas y no se utilizarán como base para finalizar un caso.
4. Si el objeto identificado no se mezcla con otros objetos de características similares, o el número de objetos identificados no cumple con los requisitos, no se utilizará como base para finalizar el caso.
5. Si existe algún indicio o sospecha evidente para el tasador, no servirá como base para finalizar el caso.
6. Otras situaciones en las que se violen las normas pertinentes y no se pueda determinar la autenticidad de los registros de tasación no se utilizarán como base para finalizar el caso.
7. Si hay menos de dos investigadores responsables de la identificación y no pueden corregir o dar una explicación razonable, no podrán utilizarse como prueba.
8. Si no se pregunta detalladamente al tasador sobre las características específicas del objeto tasado, no se podrán dar correcciones ni explicaciones razonables, y no podrá utilizarse como prueba.
9. Si no se realizan registros de tasación especiales y estandarizados para el proceso y resultados de la tasación, o si los registros de tasación no están firmados o sellados por investigadores, testigos o testigos, y no pueden corregirse o explicarse razonablemente, no pueden utilizarse como prueba.
10. El registro de identificación es demasiado simple y sólo puede usarse como evidencia si el resultado no tiene proceso y no puede corregirse o explicarse razonablemente.
11. Si en el expediente sólo existen transcripciones de la tasación pero no fotografías, videos y otros materiales de la persona que está siendo tasada, y no se puede conocer el verdadero estado de la tasación y no se puede corregir ni dar una opinión. explicación razonable, no puede utilizarse como prueba.
Si las condiciones del experimento de investigación son obviamente diferentes de aquellas en el momento del delito, o si existen otras circunstancias que afecten las conclusiones científicas del experimento, los registros del experimento de investigación no se utilizarán como base para finalizar el caso.
1. Los materiales audiovisuales que no puedan confirmarse mediante revisión no se utilizarán como base para finalizar una decisión.
Los materiales audiovisuales que no puedan ser confirmados mediante inspección o tasación no se utilizarán como base para finalizar un caso.
2. Existen dudas sobre el momento, lugar y método de producción y adquisición de materiales audiovisuales, y no se pueden proporcionar las pruebas necesarias o una explicación razonable.
Tiene objeciones sobre el momento, lugar o método de producción u obtención de materiales audiovisuales y no puede dar una explicación razonable ni proporcionar las pruebas necesarias.
1. Si la autenticidad de los datos electrónicos no puede determinarse después de la revisión, no se utilizarán como base para finalizar el caso.
2. Los datos electrónicos que hayan sido manipulados, falsificados o cuya autenticidad no pueda determinarse no se utilizarán como base para finalizar un caso.
Si los datos electrónicos han sido manipulados o falsificados y no se puede determinar su autenticidad, o existen otras circunstancias que no pueden garantizar la autenticidad objetiva de los datos electrónicos, no se utilizarán como base para finalizar el caso.
3. Cualquier adición, eliminación o modificación de datos electrónicos que afecte la autenticidad de los datos electrónicos no se utilizará como base para finalizar la decisión.
4. No se utilizarán como base para finalizar la decisión otras circunstancias en las que no pueda garantizarse la autenticidad de los datos electrónicos.
5. Tener dudas sobre el momento, lugar y método de producción y obtención de datos electrónicos, y no poder aportar las pruebas necesarias o dar una explicación razonable.
6. Si no se recupera en un estado sellado y no se puede corregir o no se puede dar una explicación razonable, no se utilizará como base para finalizar el caso.
7. Si la transcripción o lista no está firmada o sellada por los investigadores, el titular de los datos electrónicos (proveedor) o el testigo, y no se puede complementar o corregir o no se puede dar una explicación razonable, no se utilizará como base para finalizar el caso.
8. Si el nombre, la categoría y el formato de los datos electrónicos no son claros y no pueden corregirse o explicarse razonablemente, no se utilizarán como base para finalizar la decisión.
9. Si existen otros defectos que no puedan corregirse o explicarse razonablemente, no se utilizarán como base para la decisión final.
1. Después de ser notificado por el Tribunal Popular, si los investigadores no comparecen ante el tribunal para explicar la situación y no se puede excluir la recopilación ilegal de pruebas, se deben excluir las pruebas pertinentes.
2. Las pruebas obtenidas por medios ilegales serán excluidas de conformidad con la ley y no se utilizarán como base para la tramitación de casos.
3. Los materiales de prueba que prueban la entrega, confesión y servicio meritorio del acusado no están sellados con el sello de la unidad que acepta la entrega, confesión, exposición, etc. , o si el destinatario no firma, no servirá de base para finalizar la decisión.
4. Si las huellas dactilares, manchas de sangre, pequeñas manchas, pelos y demás indicios dejados en el lugar del crimen que puedan tener relación con el delito no han sido identificados con las correspondientes muestras del imputado o víctima mediante huella dactilar. identificación, identificación por ADN, etc., no se utilizará como base para finalizar una decisión.
Si no se han identificado y tasado las fuentes de los elementos y herramientas involucradas en el caso, no se utilizarán como base para finalizar el caso.
5. Para los materiales de prueba provenientes del extranjero, el Tribunal Popular examinará la fuente, el proveedor, el momento de la provisión, el extractor y el momento de la extracción de los materiales. Después de la revisión, los hechos del caso pueden ser probados, cumplir con las disposiciones de la Ley de Procedimiento Penal y pueden usarse como prueba, excepto materiales cuyo alcance de uso esté claramente limitado por el proveedor o los tratados bilaterales firmados entre mis país y países relevantes; la fuente de los materiales es desconocida o su autenticidad no puede ser confirmada, no se utilizará como base para finalizar una decisión.
6. Las pruebas cuya veracidad no se haya demostrado mediante procedimientos de investigación judicial, como presentación, identificación y contrainterrogatorio, no se utilizarán como base para finalizar un caso, a menos que la ley disponga lo contrario. esta interpretación.
Las pruebas cuya veracidad no se haya demostrado mediante procedimientos de investigación judicial, como la presentación, la identificación y el contrainterrogatorio en el tribunal, no se utilizarán como base para finalizar un caso.
7. Las pruebas recopiladas mediante medidas técnicas de investigación pueden poner en peligro la seguridad personal del personal pertinente o pueden tener otras consecuencias graves. El tribunal popular llevará a cabo una investigación y verificación extrajudicial de acuerdo con su autoridad. Si no se verifica mediante procedimientos de investigación judicial, no servirá como base de la decisión final.
8. Las pruebas complementadas por la acusación y la defensa y obtenidas mediante investigación y verificación extrajudiciales no se utilizarán como base para demostrar la legalidad de la recopilación de pruebas sin verificación mediante procedimientos de investigación judicial como en -declaraciones judiciales y contrainterrogatorio.