Una pregunta sobre relaciones jurídicas, ¡pídale a un experto que la responda! ! ! ¿Por qué b?
Relación 2 2. Relación jurídica vertical (subordinada) y relación jurídica horizontal (igual). Según el diferente estatus de los sujetos jurídicos en las relaciones jurídicas, se pueden dividir en relaciones jurídicas verticales (subordinadas) y relaciones jurídicas horizontales (de igualdad de derechos). La relación jurídica vertical (subordinada) se refiere a la relación de poder-obediencia que se establece entre sujetos jurídicos desiguales (llamada "relación de poder especial" en el derecho antiguo). Sus características son: (1) Los sujetos jurídicos se encuentran en una situación desigual. Por ejemplo, padres e hijos en la relación parental, superiores y subordinados en la relación administrativa, tienen diferentes estatutos jurídicos, como dirigir y ser dirigido, mandar y obedecer, y supervisión y ser supervisado. (2) Los derechos y obligaciones entre sujetos jurídicos son obligatorios y no pueden transferirse ni abandonarse a voluntad. En cambio, las relaciones jurídicas horizontales se refieren a derechos y obligaciones entre sujetos jurídicos con iguales derechos. Sus características son que el estatus de los sujetos jurídicos es igual y el contenido de los derechos y obligaciones tiene cierto grado de arbitrariedad, como las relaciones de propiedad civil, la relación entre la fuente del litigio civil y el demandado, etc.
Relación 3 3. Relaciones jurídicas unidireccionales (unilaterales), relaciones jurídicas bidireccionales (bilaterales) y relaciones jurídicas multidireccionales (multilaterales). Según el número de sujetos jurídicos y si sus derechos y obligaciones son consistentes, las relaciones jurídicas se pueden dividir en relaciones jurídicas unidireccionales, relaciones jurídicas bidireccionales y relaciones jurídicas multidireccionales. La llamada relación jurídica unidireccional (unilateral) significa que el obligante solo disfruta de los derechos y el deudor solo cumple las obligaciones. No existe una relación antagónica entre los dos (como una relación de donación incondicional). La relación jurídica unidireccional es el elemento más básico del sistema de relaciones jurídicas. De hecho, todas las relaciones jurídicas pueden dividirse en derechos y obligaciones unidireccionales. Una relación jurídica bidireccional (bilateral) se refiere a la existencia de dos relaciones unidireccionales inseparables de derechos y obligaciones entre sujetos jurídicos específicos, en las que los derechos de un sujeto corresponden a las obligaciones del otro sujeto, y viceversa. Por ejemplo, la relación jurídica de compra y venta incluye dos relaciones jurídicas unidireccionales interrelacionadas. La llamada relación jurídica multidireccional (multilateral), también conocida como "relación jurídica compuesta" o "relación jurídica compuesta", es un complejo de tres o más relaciones jurídicas relacionadas, incluidas relaciones jurídicas unidireccionales y bidireccionales. . Por ejemplo, la relación de transferencia de personal en derecho administrativo incluye al menos tres relaciones jurídicas, a saber, la relación entre la unidad que transfiere y la unidad que transfiere, y la relación entre la unidad que transfiere y la unidad que transfiere. Estos tres tipos de relaciones están interrelacionadas y condicionadas entre sí, y ninguna puede existir sin la otra.
Relación 4. Relación jurídica primaria (relación jurídica primaria) y relación jurídica secundaria (relación jurídica secundaria). Según las diferentes funciones y estatus de las relaciones jurídicas relevantes, se pueden dividir en relaciones jurídicas primarias (relaciones jurídicas primarias) y relaciones jurídicas secundarias (relaciones jurídicas subordinadas). La relación jurídica primaria (relación jurídica sujeta) es una relación jurídica en la que las personas confían para establecerse y existir de forma independiente y no depende de otras relaciones jurídicas ni ocupa una posición dominante en las relaciones jurídicas multidireccionales. La relación jurídica resultante en una posición subordinada es una relación jurídica secundaria o una relación jurídica subordinada. Todas las relaciones jurídicas relevantes se dividen en relaciones primarias y secundarias. Por ejemplo, en la relación jurídica regulatoria y la relación jurídica protectora, la relación jurídica regulatoria es una relación jurídica primaria (relación jurídica primaria), y la relación jurídica protectora es una relación jurídica secundaria (relación jurídica secundaria en la relación jurídica entre); una entidad y un programa, la entidad La relación jurídica es la relación jurídica primaria (relación jurídica primaria), la relación jurídica procesal es la relación jurídica secundaria (relación jurídica secundaria), y así sucesivamente.
Según las diferentes funciones y estatus de las relaciones jurídicas relevantes, se pueden dividir en relaciones jurídicas primarias (relaciones jurídicas primarias) y relaciones jurídicas secundarias (relaciones jurídicas subordinadas). La relación jurídica primaria (relación jurídica sujeta) es una relación jurídica establecida de conformidad con la ley entre personas, existe independientemente de otras relaciones jurídicas o desempeña un papel dominante en las relaciones jurídicas multidireccionales. La relación jurídica resultante en una posición subordinada es una relación jurídica secundaria o una relación jurídica subordinada. Todas las relaciones jurídicas relevantes se dividen en relaciones primarias y secundarias. Por ejemplo, en la relación jurídica regulatoria y la relación jurídica protectora, la relación jurídica regulatoria es una relación jurídica primaria (relación jurídica primaria), y la relación jurídica protectora es una relación jurídica secundaria (relación jurídica secundaria en la relación jurídica entre); una entidad y un programa, la entidad La relación jurídica es la relación jurídica primaria (relación jurídica primaria), la relación jurídica procesal es la relación jurídica secundaria (relación jurídica secundaria), y así sucesivamente.