14.Capítulo 5 Agencia
(1) Concepto de agencia
1. Concepto
Agencia significa permitir que otros actúen dentro del alcance de la "autoridad de agencia". "Un sistema que realiza "independientemente" actos jurídicos y se hace soportar "directa" o "indirectamente" los efectos jurídicos (derechos y obligaciones civiles) generados por dichos actos jurídicos. "Directo" supone agencia directa (Artículo 162 del Código Civil); "indirecto" es un agente indirecto (Artículos 925 y 926 del Código Civil)
2. 1) Los actos jurídicos son realizados "independientemente" por el agente;
②El núcleo de la agencia es el "poder de agencia". Los efectos de los actos jurídicos realizados por un agente dentro del ámbito de la autoridad de la agencia serán soportados directa o indirectamente por el mandante;
(3) Se llama agente a la persona que realiza actos jurídicos en nombre de otros; el agente toma el lugar y asume la responsabilidad jurídica. La persona cuyo acto es eficaz se llama mandante (el mandante es la contraparte que expresa o acepta la expresión de la intención, llamada tercera persona (la contraparte);
3. Función
①La capacidad civil de una persona sin capacidad para conducta civil o de una persona con capacidad limitada para conducta civil se “complementa” a través de un representante legal;
②La capacidad de conducta civil de una persona con plena capacidad civil puede "ampliarse" a través de la agencia.
4. Limitaciones al ámbito de aplicación
①La agencia solo está relacionada con los actos jurídicos y es una extensión del sistema de actos jurídicos;
(3) Cuasi -los actos jurídicos (intenciones informativas, pensamientos informantes e indulgencia) se pueden aplicar a los agentes por analogía;
(4) Algunos actos jurídicos no permiten la agencia. El párrafo 2 del artículo 161 del "Código Civil" estipula: "De conformidad con la ley, el acuerdo de las partes o la naturaleza del acto jurídico civil, ningún agente podrá realizar actos jurídicos civiles por sí mismo". p>
★Nota Especial: Actos jurídicos civiles que no permiten la agencia (admisibilidad de la agencia):
Ley
Artículo 161, apartado 2, del Código Civil. estipula: “De conformidad con la ley, las partes. Según la naturaleza del contrato o acto jurídico civil, todo acto jurídico civil que deba ser realizado por la propia persona no podrá ser representado por mandatario”
<. p>2. Tipos de actos jurídicos que no pueden representarse.(1) Según la ley, los actos jurídicos civiles que deban ser realizados por la propia persona no podrán ser representados por mandatario.
(1) No debe expresarse la intención de contraer matrimonio (artículo 1049 del Código Civil). No se permite representación en caso de divorcio (artículo 1076 del Código Civil).
No hay excepciones a la agencia de representación en caso de divorcio: el artículo 8 de la "Interpretación de la Ley de Matrimonio (3)" estipula: "El cónyuge de una persona sin capacidad para la conducta civil abusa o abandona el derecho personal derechos o derechos de propiedad de la persona sin capacidad para conducta civil, y otros. La persona con calificaciones de tutela puede cambiar la relación de tutela de acuerdo con procedimientos especiales si el tutor cambiado presenta una demanda de divorcio en nombre de la parte sin capacidad civil, del pueblo; el tribunal lo aceptará "
(2) El acto jurídico de adopción no será tramitado por mandatario. (Artículo 1105 del Código Civil; artículo 4 de las Medidas de Registro de Adopción).
(3) El testamento no podrá ser representado por mandatario (artículos 1137 a 1139 del Código Civil). Es importante señalar que el agente en el testamento de un sustituto es un "mensajero", no un agente.
(2) Según acuerdo de las partes, los actos jurídicos civiles que deban ser realizados por la propia persona no podrán ser representados por mandatario.
(3) Según la naturaleza del acto jurídico civil, los actos jurídicos civiles que deban ser realizados por la propia persona no podrán ser representados por mandatario.
(1) Otros comportamientos de estatus (otros comportamientos de estatus distintos del matrimonio, el divorcio y la adopción que no están permitidos por la ley, como la "tutela acordada" estipulada en el artículo 30 del "Código Civil");
②Acciones judiciales civiles relacionadas con derechos o intereses de la personalidad. Por ejemplo: donación de órganos vivos y órganos cadavéricos.
3. Efecto jurídico
Para los actos jurídicos que no pueden representarse, las acciones del mandatario no producirán el efecto jurídico del mandato, ni éste se producirá mediante la ratificación del mandante (el mandante). La validez sólo puede ser reimplementada por el mandante (en persona).
(2) Tipos de agencia
①Agencia principal (el poder de agencia se genera por el comportamiento autorizado del principal).
Agencia jurídica (la facultad de agencia se genera por ley).
(2) Agencia directa (el agente realiza actos jurídicos en nombre del mandante).
Agencia indirecta (el agente realiza actos jurídicos en nombre propio para su propio cálculo dentro del ámbito de la autoridad de agencia).
(3) Autoridad de agencia (el agente actúa dentro del alcance de la autoridad de agencia).
Agencia no autorizada (comportamiento de agencia realizado por un agente sin agente, incluyendo "agencia no autorizada en sentido estricto" y "agencia aparente").
(4) Este agente (elijo un agente o creo directamente un agente de acuerdo con las disposiciones legales).
Multiagencia (el agente elige a otros como "agente del principal" para realizar acciones dentro de la autoridad de su agencia).
⑤Agente independiente (el derecho de agencia pertenece a una sola persona).
* * *Un mismo mandatario (el poder de mandatario lo comparten varias personas* *, y el poder de mandatario lo hacen * * * iguales) El artículo 166 del Código Civil estipula: “Si varios Las personas son el mismo agente, la otra parte tendrá derecho de agencia, salvo acuerdo en contrario de las partes.
”
(3) Características de las agencias
1. Estructura básica de la agencia
El agente (incluido el agente directo y el agente indirecto, el agente autorizado y el agente no autorizado) debe formar una estructura tripartita, que involucra a tres partes, resultando en tres relaciones jurídicas. Sin esta estructura, la agencia no puede establecerse
(1) La relación interna del mandante, es decir, la autorización entre el mandante. y el agente. El núcleo de la relación o estatus legal es la generación de agencia principal o agencia legal.
(2) La relación externa del agente, es decir, el agente hace o acepta de forma independiente expresiones de intención al contratar. en actividades jurídicas con un tercero.
(3) Relación de atribución de efecto jurídico, es decir, el efecto del acto jurídico independiente de un agente se atribuye directa o indirectamente al mandante, y el acto jurídico directa o indirectamente. vincula al mandante y al tercero
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2. Características de la agencia directa
(1) "En nombre", el agente debe realizar actos jurídicos "en el acto". nombre del mandante" (indicar a la otra parte que la persona de la transacción es el mandante) ).
(2) Los actos jurídicos realizados por el agente se "atribuyen directamente" al agente. Artículo 162 del el Código Civil estipula: "El mandatario lo realiza en nombre del mandante en el ámbito de sus facultades de representación". El acto jurídico civil será oponible al mandante. ”
3. Características de la agencia indirecta explícita
El artículo 925 del Código Civil establece: “El fiduciario, dentro del ámbito de la autorización del mandante, actuará en nombre propio y con un tercero.” Si un contrato es celebrado por un tercero y el tercero tiene conocimiento de la relación de agencia entre el fiduciario y el mandante cuando se celebra el contrato, el contrato vinculará directamente al mandante y al tercero; sin embargo, a menos que exista evidencia definitiva que demuestre que el contrato sólo obliga al fiduciario y al tercero. ”
4. Características de la agencia indirecta anónima (artículo 926 del Código Civil)
Cuando el fiduciario celebra un contrato con un tercero en nombre propio, si el tercero lo hace. no lo sé En la relación de agencia entre el fiduciario y el mandante, en principio, el contrato vincula directamente al fiduciario y al tercero. Sin embargo, existen excepciones (el mandante ejerce el derecho de interferir o el tercero elige al mandante). el contrato vincula directamente al mandante y al tercero
(4) La diferencia entre un agente y un mensajero, un agente y un representante
1. enviado
2. La diferencia entre un representante y un representante
2. La creación y eliminación de los derechos de agencia
(1) La creación y eliminación de los derechos legales. agencia
1. Producción
(1) Representación legal, de conformidad con lo dispuesto en la ley. El artículo 23 de la Ley Civil establece: “El tutor de una persona sin capacidad. para conductas civiles o con capacidad limitada para conductas civiles es su representante legal. "
(2) El contenido de la facultad de representación jurídica también está determinado por la ley. El apartado 2 del artículo 163 del Código Civil establece: "El agente jurídico ejercerá la facultad de representación de conformidad con la ley. ”
Eliminación
Según el artículo 175 del Código Civil, la representación jurídica se extinguirá en cualquiera de las siguientes circunstancias:
(1) Principal Obtención o restaurar la plena capacidad para la conducta civil;
(2) El agente pierde la capacidad para la conducta civil;
③El agente o el mandante muere;
(4) ) Otras situaciones previstas por la ley;
(2) Generación y destrucción de poder
1 Generación de poder
El poder de representación proviene de. el mandante El acto de autorización es unilateral, independiente y sin causa. ① El acto de autorización es un acto jurídico unilateral entre el mandante y la contraparte, surte efectos cuando llega a la contraparte. la otra parte lo entiende. El fiduciario de la intención de autorización puede ser el agente ("autorización interna") o la contraparte de la transacción del principal ("autorización interna" "Autorización externa").
2 Independencia. El poder no surge de la relación básica en sí (contrato de agencia, contrato de trabajo, sociedad, relación marido-mujer), sino de la autorización que es "independiente" de la relación básica. relación, no existe autorización de agencia.
③La validez del comportamiento de autorización no se ve afectada por la relación básica, incluso si la relación básica no está establecida, es inválida, vencida o revocada, no afectará la validez. del acto de autorización.
★Nota especial: ¿Para qué sirve la relación básica?
1 Es diferente del acto de autorización. acto de autorización del principal, no de la relación básica en sí. A esto se le llama independencia de la conducta autorizada
2 Respuestas La función de la relación básica es que sólo a través de la relación básica surge una obligación (la obligación). para realizar conducta de agencia) se fijará para el mandante; sin embargo, el acto de autorización no tiene tal efecto
2. La forma de otorgamiento
① se refiere a la autorización expresa. la expresión clara del poder por escrito o verbalmente.
② Facultad implícita: Se refiere a la expresión de la intención de inferir que el mandatario ha sido autorizado con base en las acciones específicas realizadas por el mandante, tales. como la "autorización de cargo" prevista en el artículo 170 del Código Civil (asignación de tareas laborales correspondientes o disposición de cargos correspondientes. Responsabilidades, es decir, otorgamiento de la autoridad correspondiente).
El artículo 170, párrafo 1, del Código Civil establece: “Los actos jurídicos civiles realizados por una persona que realiza las tareas de una persona jurídica o de una organización sin personalidad jurídica en nombre de una persona jurídica o de una sociedad sin personalidad jurídica entidad estará dentro del ámbito de sus competencias y las materias surtirán efecto sobre personas jurídicas o entidades sin personalidad jurídica.”
El artículo 170, párrafo 2, del Código Civil estipula: “La persona jurídica o sin personalidad jurídica”. La organización no restringirá a las personas que realizan tareas laborales frente a sus contrapartes de buena fe. "Alcance de los poderes".
3. Cancelación del poder
(1) Principios
<. p>El artículo 173 del Código Civil estipula que en una de las siguientes circunstancias, la agencia termina:①El período de agencia expira o la transacción de agencia se completa;
②El principal. cancela la agencia o el agente abandona la agencia;
(3) Agencia La persona pierde capacidad para conducta civil;
(4) El agente o mandante fallece;
⑤Se da por terminada la persona jurídica u organización no incorporada que actúa como agente o principal.
(2) Excepciones
El artículo 174, párrafo 1, del Código Civil establece que después de la muerte del mandante, si se produce una de las siguientes circunstancias, el acto de agencia realizado por el agente será Válido:
(1) El agente no sabe ni debe saber que el mandante ha muerto;
(2) Un agente reconocido por el heredero;
(2) Un agente reconocido por el heredero; p>
(3) La autorización establece claramente que el poder de la agencia terminará cuando se complete la transacción de la agencia;
(4) La agencia se ha implementado antes de la muerte del principal y continúa actuando en beneficio de los herederos del mandante.
El artículo 174, apartado 2, del Código Civil establece que si la persona jurídica o la entidad sin personalidad jurídica como sujeto extingue, se aplicarán mutatis mutandis las disposiciones del artículo 174, apartado 1, del Código Civil.
(3) Abuso del derecho de agencia
1. Agencia propia
(1) Ley
Artículo 168 del Código Civil La El primer párrafo estipula: "El mandatario no podrá realizar actos jurídicos civiles consigo mismo en nombre del mandante, salvo con el consentimiento o ratificación del mandante."
(2) Contenido normativo
(1) Principio: La autoagencia es un "agente no autorizado", y la efectividad de la agencia autorizada sólo puede ocurrir con el consentimiento previo del mandante o la ratificación posterior.
②Excepción: Son agentes autorizados los siguientes tres tipos de agentes autónomos:
(a) Autoagentes permitidos por leyes especiales (como los "corredores" según lo estipulado en el artículo 956 del Código Civil) "Derecho de intervención");
(b) El agente jurídico ejerce la autoagencia para obtener beneficios puros para el mandante
Únicamente actúa como agente del mandante; para cumplir la deuda.
2. Representación de ambas partes
(1) Ley
El artículo 168, apartado 2, del Código Civil establece: “El agente no actuará en en nombre del mandante, otras personas que actúen como mandatarios realicen simultáneamente actos jurídicos civiles, salvo consentimiento o ratificación del mandante."
(2) Contenido de la especificación
La agencia del mandante. ambas partes están "sin autoridad". "Agencia", la eficacia de la agencia autorizada sólo puede ocurrir cuando "ambos mandantes" lo acuerdan previamente o lo ratifican posteriormente (no basta con que una sola parte sea ratificada por el agente).
3. El agente se confabula maliciosamente con la contraparte.
(1) Ley
El artículo 164, párrafo segundo, del Código Civil estipula: “Si un agente se confabula maliciosamente con la contraparte para dañar los derechos e intereses legítimos del mandante, el agente y la contraparte serán La contraparte asumirá la responsabilidad solidaria”.
(2) Contenido de la especificación
(1) Los actos jurídicos realizados por el agente no son válidos.
(2) El agente y la contraparte serán solidariamente responsables de las pérdidas causadas por el principal.
Tres. Agencia múltiple (Artículo 169 del Código Civil)
Como se muestra en la figura anterior, supongamos: A (principal), C (agente), B (corresponsal). Si la Parte C elige a Ding como agente de la Parte A en su propio nombre (esta situación se denomina "agencia compuesta indirecta"), o la Parte C elige a Ding como agente de la Parte A en nombre de la Parte A (esta situación se denomina "agente compuesto directo" ), entonces Ding Fang es un agente compuesto. Las siguientes cuestiones deben tenerse en cuenta en las agencias complejas:
1. El Partido C tiene derecho a volver a nombrar. De lo contrario, D es un agente sin autoridad (C debería ser responsable de las acciones de D).
(1) Si la Parte C es el representante legal, la Parte C siempre tiene derecho a ser reelegido.
(2) Si la Parte C es un agente encomendado, en principio la Parte C no tiene derecho a retirarse, pero en las tres situaciones siguientes, la Parte C tiene derecho a retirarse:
( 1) Consentimiento previo de A;
(2) Ratificación posterior;
(3) En caso de emergencia, para salvaguardar los intereses del cliente A, es necesario confiar a otra persona para que actúe como agente (por ejemplo, debido a razones especiales como una enfermedad aguda o una interrupción de la comunicación, el agente encargado no puede manejar los asuntos de la agencia en persona, no puede comunicarse con el cliente a tiempo, no puede confiar a otros a actuar como agente en tiempo y forma, causando pérdidas o ampliando las pérdidas a los intereses del cliente, es una "situación de emergencia").
Ding es el agente de la Parte A, no el agente de la Parte C. "El agente compuesto es el agente del principal, no el agente del agente". >①El efecto jurídico del contrato firmado entre la Parte D y la Parte B en nombre de la Parte A correrá a cargo de la Parte A;
(2) La Parte C no se retira de la relación de agencia y sigue siendo el agente de la Parte A, y la Parte D tiene la obligación de Aceptar instrucciones duales de la Parte A y la Parte C;
③El alcance de la agencia de D está limitado por la agencia de C.
3. Si el comportamiento de doble agencia de Ding causa pérdidas a la Parte A (o a la Parte B):
(1) Responsabilidad de Ding. Ding asume la responsabilidad por la culpa y Ding no tiene culpa ni responsabilidad. Además, si se trata de una encomienda gratuita, Ding no será considerado responsable si no ha cometido dolo o negligencia grave (artículo 929 del Código Civil).
(2) La parte C también asumirá la responsabilidad por culpa. Si la Parte C tiene culpa en la selección o las instrucciones de la Parte D, será responsable de la culpa de la Parte A (artículo 923 del Código Civil). Si Ding también tiene culpa, la Parte C y la Parte D serán responsables ante la Parte A en proporción.
(3) Responsabilidad por los daños causados a la Parte A por delegación poco clara. En este punto, C debe tener la culpa y asumir la responsabilidad. ¿Dónde está Ding? Ding no tiene la culpa y no tiene responsabilidad; Ding también tiene la culpa por no conocer la encomienda, y Ding y C tienen una responsabilidad solidaria.
(4) Todos son "responsabilidad por culpa".
En cuarto lugar, agencia sin autoridad en sentido estricto
★Artículo 171 del Código Civil:
① El apartado 1 del artículo 171 del Código Civil estipula: " Si el actor no tiene autoridad de agencia, excede la autoridad de agencia o rescinde la autoridad de agencia, pero aun así realiza el acto de agencia, no será efectivo contra el principal sin la ratificación del principal. ”
② El artículo 171 del Código Civil establece en su apartado 2: "La contraparte podrá solicitar del mandante que la ratifique dentro de los treinta días siguientes a la fecha de recepción de la notificación. Si el mandante no hace una declaración, se considerará que ha se hayan negado a ratificarlo antes de que se ratifique el acto realizado por el actor, la contraparte de buena fe tendrá derecho a revocarlo. La revocación se hará mediante notificación.”
( 3) El artículo 171, párrafo 3, del Código Civil estipula: “Si el acto cometido por el actor no ha sido ratificado, la contraparte tendrá derecho a pedir al actor que cumpla la deuda o que, de buena fe. compensar el daño sufrido por el actor. Sin embargo, el alcance de la indemnización no excederá de los beneficios que la contraparte pueda obtener cuando el agente ratifica el acto "
④"Código Civil", párrafo 4 del artículo 171. estipula: “Si la contraparte sabe o debe saber que el actor no tiene autoridad para actuar, la contraparte y el actor serán responsables según sus respectivas faltas”.
1. en sentido estricto y características
(1) Concepto
La agencia no autorizada en sentido estricto se refiere a la situación en la que el actor no tiene derechos de agencia y realiza actos jurídicos en nombre de otros. , que no constituye agencia aparente.
(2) Características
① El actor carece de poder de agencia (expresión: nunca tuvo poder de agencia, lo excedió y el poder de agencia ha sido terminado).
(2) Además de la falta de agencia, el comportamiento del agente impotente es consistente con otras características de agencia (formar una estructura tripartita). Cabe señalar que la "suplantación de identidad" (actos jurídicos realizados en nombre de otros) no constituye una estructura tripartita y no es un organismo sin autoridad.
(3) Además de la falta de derecho de agencia, no existe otra causa de nulidad del acto jurídico. Si existen otras razones inválidas (como violación de las normas imperativas de la ley y del orden público y las buenas costumbres), se trata de un "agente inválido" y no de un "agente no autorizado en sentido estricto"
2. Actos jurídicos realizados por un agente sin autoridad en el sentido estricto de eficacia.
(1)Aprobación
(1) Un "contrato" celebrado sin el derecho a actuar como agente tiene una validez incierta.
Los "actos jurídicos unilaterales" sin autoridad de agencia no son válidos; sin embargo, existen excepciones. Según la jurisprudencia, las siguientes tres situaciones tienen validez indeterminada debido a "actos jurídicos unilaterales" sin derecho a actuar:
(a) La contraparte del agente no ha expresado ninguna objeción al derecho de agencia reclamado por el agente;
(b) La contraparte del acto de agencia acepta el acto de agencia sin autoridad;
(3) El acto de agencia sin autoridad es un agente pasivo que acepta la expresión de la intención.
(2) Si el acto jurídico es incierto por falta de autoridad para actuar como agente, el mandante gozará del "derecho de ratificación".
(1) Si el mandante ratifica el acto, éste tendrá el efecto de ser agente sin autoridad cuando surta efecto la ratificación, y el acto jurídico será eficaz para el mandante (perteneciente al mandante) desde la fecha de su constitución.
(b) Aprobación significa aceptación, efectiva cuando se entrega o se da a conocer al destinatario. El destinatario puede ser un agente o una contraparte no autorizados.
(c) La aprobación deberá hacerse de forma expresa o implícita o por simple silencio (cuando el principal tenga un acuerdo con la contraparte).
(d) Si el mandante se niega a ratificar o se considera que se niega a ratificar, el acto jurídico cuya validez es indeterminada no será oponible al mandante (y no será soportado por el mandante).
(3) Si la acción legal es incierta por falta de autoridad para actuar como agente, la contraparte tiene derecho a "demostrar".
La insistencia de la contraparte tiene dos efectos:
(1) El mandante deberá ratificar el recordatorio dentro de los treinta días siguientes a la fecha de recepción del recordatorio. Si el recordatorio no es ratificado dentro del plazo, se considerará que lo ha hecho. se han negado a ratificar;
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(b) Una vez instada la contraparte (no se sabe si el mandante la ha ratificado), todas las manifestaciones de intención previas hechas por el mandante a la agente no autorizado será inválido, y el acto jurídico volverá a un estado de validez indeterminada. A partir de entonces, el mandante sólo podrá expresar su intención de aprobar o rechazar la aprobación.
(2) Cancelación
Si el acto jurídico es incierto por falta de autoridad para actuar como agente, la “contraparte de buena fe” tiene derecho a cancelarlo.
(a) Período previsto. El derecho de revocación se ejercerá antes de que la ratificación entre en vigor. Después de que la ratificación entre en vigor, el derecho de revocación se extinguirá;
(b) Método de revocación. La cancelación puede ejercerse mediante litigio o mediante notificación fuera del litigio (pero no mediante anuncio);
(c) Una vez revocado un acto jurídico cuya validez es indeterminada, se considerará contrario al interesado. El agente es ineficaz (la identificación no puede atribuirse al mandante).
(3) Negativa a aprobar
Si se produce un acto jurídico de validez incierta por falta de autoridad para actuar como mandatario, y el mandante no lo ratifica o se niega al ratificarlo, el mandante no será responsable. Según lo dispuesto en los apartados 2 y 3 del artículo 171 del Código Civil, los remedios que la contraparte tiene derecho a adoptar varían en función de la buena o mala fe de ésta.
(1) Una contraparte de buena fe tiene derecho a solicitar al agente no autorizado que cumpla con sus deudas o a solicitar al agente no autorizado que compense el daño sufrido, pero el alcance de la compensación no excederá lo que la contraparte puede obtener cuando los intereses del agente sean ratificados (es decir, no excederá el alcance del "ejecución de intereses"
② Las pérdidas sufridas por la contraparte maliciosa (la contraparte lo sabe o debería saberlo); el agente no tiene autoridad para actuar) serán asumidos por la contraparte y el agente según sus respectivas Las faltas serán soportadas por separado.
★Suplantación de identidad y agencia ultra vires:
La realización de actos jurídicos en nombre de otro se denomina suplantación de identidad. La suplantación de identidad no constituye una agencia no autorizada. El derecho civil de nuestro país no prevé la suplantación de identidad. Según la opinión general, el efecto jurídico del impostor es diferente porque la contraparte "presta atención" a las características (identidad) del impostor.
(1) Si la contraparte no presta atención a las características (identidad) del impostor (también conocido como titular del nombre), el efecto del acto jurídico pertenece al impostor o al impostor, que es decir, el nombre no tiene un significado significativo, el impostor es válido y efectivo entre el impostor y la contraparte
② Si la otra parte nota las características (identidad) del "impostor", la analogía de Se aplica la regla de "agencia no autorizada". Es decir:
(a) Si el "impostor" lo aprueba, el impostor es válido entre el "impostor" y la parte correspondiente desde el principio;
(b) Si el impostor Si la persona se niega a ratificar al impostor, el impostor será ineficaz contra el impostor; la contraparte de buena fe tendrá derecho a exigir al "impostor" que asuma la responsabilidad de un agente no autorizado (es decir, el artículo 171, párrafo 3, de la Ley). el Código Civil).
5. Agencia aparente (Artículo 172 del Código Civil)
1. El concepto de agencia aparente
Se refiere al sistema del agente en el que un La contraparte inocente y de buena fe tiene razones para creer que un agente tiene agencia debido al surgimiento de derechos, aunque él o ella no tenga agencia. Para proteger la confianza razonable de la contraparte de buena fe, la contraparte de buena fe tiene derecho a reclamar que el agente sin autoridad tiene derechos de agencia.
2. Elementos de agencia aparente (4)
① Sin derecho de agencia. Cuando un agente celebra un contrato con una contraparte en nombre del mandante, no tiene poder de representación.
(2) La aparición de derechos (existen hechos y razones para hacer creer a la contraparte que el agente tiene derechos de agencia). Incluyendo, entre otros:
(1) El agente posee una carta de presentación del principal o un contrato en blanco con el sello oficial del principal;
(b) Una persona jurídica o organización no incorporada Hay restricciones en el alcance de la autoridad de su personal, pero la otra parte no conoce estas restricciones;
(c) Una persona sin poder celebra un contrato en nombre de la mandante, y el mandante lo sabe sin negarlo.
(3) La contraparte es amable y no tiene culpa. La llamada buena fe significa que la contraparte "no sabe" que el agente no tiene poder de agencia. La llamada no culpa significa que la contraparte ha cumplido con su deber razonable de diligencia en la transacción.
(4) La formación de la apariencia de los derechos puede atribuirse al mandante. Cabe señalar que en las siguientes circunstancias, la formación de derechos aparentes no puede atribuirse al mandante, ni se establece la agencia aparente:
(1) El actor falsifica el sello oficial, contrato o contrato de otra persona. poder notarial, etcétera. , realizar actos jurídicos civiles en nombre de otra persona;
(2) Se pierde o le roban el sello oficial, contrato o poder del mandante, o se ha terminado la relación profesional específica con el actor, y el principal ha sido La otra parte deberá conocer el método de anuncio o notificación.
3. La validez del contrato celebrado por un agente aparente
(1) La contraparte tiene derecho a alegar que el agente aparente tiene el efecto de ser un agente sin poder. , es decir, la contraparte tiene derecho a reclamar que el agente no tiene autoridad. El acto jurídico realizado pertenece directamente al principal (es eficaz para el principal). Al mismo tiempo, el mandante tiene derecho a reclamar una compensación al agente sin autorización [Artículo 13 de la Interpretación de la Ley de Contratos (2)].
(2) La contraparte tiene derecho a elegir.
La contraparte puede reclamar la validez de la agencia autorizada, o ejercer el derecho de rescindir el contrato con el principal antes de que entre en vigor la ratificación del principal (en agencia aparente, la contraparte debe ser una contraparte de buena fe. Según la interpretación del sistema, según el "Derecho Civil", el párrafo 2 del artículo 171 del Código estipula que la contraparte tiene derecho a rescindir el contrato).
Agencia indirecta de los verbos intransitivos (Artículos 925 y 926 del Código Civil)
1. Agencia directa e indirecta (Artículo 925 del Código Civil)
(1) Ejemplo
La parte A (primo) confía a la parte B la compra de un Vacheron Constantin.
Reloj Constantino. Para completar la encomienda de la Parte A, la Parte B celebró un contrato de venta con la Parte C en su propio nombre el 1 de febrero de 2065438, estipulando: "El precio es 700.000 yuanes y la Parte C entregará el reloj el 1 de julio de 2005.
(2) Características
① La Parte B firma un contrato con la Parte C en su propio nombre dentro del alcance de la autoridad de la agencia
② Cálculo de la Parte A ( el efecto legal del contrato de compraventa es definitivo. Propiedad indirecta de la Parte A);
(3) Al celebrar el contrato, la Parte C conoce al agente de la Parte B
(3) Validez legal
1 Principio A. "Reposición automática", el contrato de compraventa entre B y C vincula directamente a A y C. La parte A es la compradora y la Parte C es la vendedora
2 A menos que. hay evidencia definitiva de que este contrato es solo para la Parte B y la Parte C tiene obligaciones vinculantes. Por ejemplo, la Parte B y la Parte C acuerdan: "¡Si algo sucede, la Parte C solo reconocerá a la Parte B!". "Entonces, el contrato sólo puede obligar a la Parte B y a la Parte C. La Parte B es la compradora y la Parte C es la vendedora.
2. Agencia indirecta anónima (artículo 926 del Código Civil)
( 1) Ejemplo
La parte A (primo) confía a la parte B la compra de un reloj Vacheron Constantin
Para completar la encomienda de la parte A, la parte B. Él celebró. un contrato de venta con el Partido C en su propio nombre, que estipula: "El precio es de 700.000 yuanes y el Partido C entregará el reloj el 1 de julio de 2005.
(2) Características
① La Parte B firma un contrato con la Parte C en su propio nombre dentro del alcance de la autoridad de la agencia
② Cálculo de la Parte A ( contrato de compraventa El efecto jurídico generado finalmente pertenece indirectamente a la Parte A);
(3) Al celebrar el contrato, la Parte C no conocía al agente de la Parte B.
(3) Efecto jurídico
1 Principio. Según la "naturaleza relativa del contrato", este contrato de venta sólo es vinculante para la Parte B y la Parte C.
(a) Sólo la Parte B tiene derecho a exigir a la Parte C que entregue el reloj c; Sólo se puede exigir a la Parte B que pague un precio.
(B) Cuando la Parte C entrega el reloj a la Parte B, la Parte B obtiene la propiedad del reloj y luego la Parte B transfiere la propiedad a la Parte A de acuerdo con el contrato de encomienda. Para garantizar que la Parte A obtenga la propiedad del reloj, la Parte A y la Parte B pueden acordar un "cambio de posesión predeterminado", es decir, la Parte A acuerda que "cuando la Parte C entregue el reloj a la Parte B, la Parte A adquiere la propiedad, pero la Parte A establece la posesión indirecta con base en el contrato de encomienda."
2 Excepciones. En las dos circunstancias excepcionales siguientes (el principal A ejerce el derecho a intervenir o el tercero C ejerce la opción de volver a seleccionar a A como contraparte del contrato), se rompe la relatividad del contrato y el contrato de compraventa vincula directamente Parte A y Parte C. p>
★Derecho del mandante a intervenir y derecho del tercero a elegir (en agencia indirecta anónima):
Derecho a intervenir
Derecho del director A a intervenir (también conocido como reemplazo activo del director A). En el ejemplo dado en la tabla anterior, suponiendo que la Parte C no entregó el reloj a la Parte B el 1 de julio de 2065438, es decir, "por razones de terceros, el fideicomisario no cumplió con sus obligaciones con el principal", La Parte B debe informar a la Parte A la Divulgación de la Parte C. Después de la divulgación:
(1) A puede ejercer el derecho de interferencia (sustitución activa), es decir, A puede ejercer los derechos contractuales de los que disfruta B. contra C, y C puede hacer valer su defensa contra B contra A ..
(2) Resistencia al derecho a interferir (excepciones al derecho a interferir). Si la Parte C y la Parte B supieran que la Parte B era el agente de la Parte A cuando celebraron este contrato, no lo habrían celebrado y la Parte A no tendría derecho a interferir.
2.Opción [Cálculo]
Elección de terceros. En el ejemplo de la tabla anterior, se supone que la Parte C entregó el reloj, pero la Parte A no pagó el precio a la Parte B. Por lo tanto, la Parte B no pagó el precio a la Parte C el 1 de octubre de 2015, es decir, es decir, "el fideicomisario no cumplió con la obligación por razones del principal como "Obligaciones de tres personas", la Parte B revelará el cliente A a la Parte C. Después de la divulgación, para proteger la "libertad de elegir la contraparte" de la Parte C. del contrato". El derecho a elegir es el derecho a formar, por lo que una vez elegido no se puede cambiar.
Si la Parte C reelige a la Parte A como parte del contrato:
①El contrato de compraventa entre la Parte B y la Parte C vincula directamente a la Parte A y la Parte C.
(2) Cuando la Parte C reclama reclamaciones contractuales contra la Parte A, la Parte A puede hacer valer la defensa de la Parte A contra la Parte B y la defensa de la Parte B contra la Parte C.