¿Existe un límite superior para la compensación 2n?
2n La disposición legal de compensación es: si el empleador viola las disposiciones legales para rescindir o rescindir el contrato de trabajo, deberá pagar una compensación al empleado al doble del estándar de compensación económica correspondiente. Las normas de compensación económica que establece la ley son: se pagará un mes de salario por cada año completo de permanencia del empleado en la unidad; si la jornada de trabajo es superior a seis meses pero inferior a un año, se computará como uno; año si la jornada de trabajo es inferior a seis meses, se computará como un año, el empleador pagará medio mes de salario al trabajador si el salario mensual del trabajador es superior al triple del salario mensual medio de los empleados locales; anunciado por el gobierno popular del municipio o ciudad distrital donde está ubicado el empleador, el empleador deberá pagar una compensación económica. La norma es tres veces el salario mensual promedio de los empleados, y el período máximo de compensación económica no excederá los 12 años.
Objetividad jurídica:
Artículo 87 de la “Ley de Contrato de Trabajo” Si el empleador viola las disposiciones de esta ley al rescindir o rescindir el contrato de trabajo, deberá cumplir con el artículo 47 de esta ley se pagará a los trabajadores el doble de la norma de compensación económica prescrita. Artículo 47 La compensación económica se pagará en función del número de años que el trabajador haya trabajado en la unidad y un mes de salario por cada año completo. Si el período es superior a seis meses e inferior a un año, se computará como un año; si es inferior a seis meses, se pagará al trabajador la compensación económica de medio mes de salario. Si el salario mensual del empleado es tres veces mayor que el salario mensual promedio local de los empleados anunciado por el gobierno popular del municipio o ciudad distrital donde está ubicado el empleador, el estándar de compensación económica pagada al empleado será tres veces el salario promedio del empleado. salario mensual. El período máximo de compensación económica no podrá exceder de 12 años. El salario mensual a que se refiere este artículo se refiere al salario promedio del trabajador en los doce meses anteriores a la extinción o extinción del contrato de trabajo.