¿Se requieren dos ascensores por encima del piso 12?
Normativa sobre división de pisos residenciales:
Primero, edificios residenciales de poca altura, de una a tres plantas;
Segundo, edificios residenciales de varios pisos con de cuatro a seis pisos;
Edificios residenciales de gran altura de tres, siete a nueve pisos;
Edificios residenciales de gran altura de cuatro, diez a treinta pisos.
En resumen, el número de ascensores en edificios residenciales de gran altura con 12 plantas o más no debe ser inferior a 2.
Base legal:
Artículos 3, 1 y 6 del "Código de Diseño de Edificios Residenciales"
Edificios residenciales de siete pisos o más, o el más alto Nivel de población Las residencias con una altura superior a 16 m en la planta baja interior deben estar equipadas con ascensor.
Nota: ① Si el piso medio del alojamiento tiene entrada y salida por el terreno exterior, el número de pisos deberá calcularse a partir de ese piso.
(2) El residencial; El piso de entrada se ubica en el edificio público en la planta baja del edificio, en la plataforma de cubierta, si existe un paso de evacuación, el número de pisos se calculará a partir de ese piso;
(3) El El piso superior es un departamento dúplex de dos pisos y la parte tipo loft no se cuenta.
Artículos 3, 1 y 7
Para edificios residenciales de gran altura, de doce pisos o más, cada edificio deberá tener no menos de dos ascensores.
Artículos 3, 1 y 8
Los ascensores residenciales tipo torre y tipo pasillo deberán disponerse en grupos. Cuando en una vivienda modular exista un solo ascensor por unidad, éstos se conectarán mediante pasillos de conexión en los pisos correspondientes.
Artículos 3, 1 y 9
La profundidad del vestíbulo de ascensores no será inferior a la profundidad de la cabina más grande entre varios ascensores.