Red de Respuestas Legales - Derecho empresarial - Una disposición de contenido establece que una oferta irrevocable puede retirarse.

Una disposición de contenido establece que una oferta irrevocable puede retirarse.

Análisis legal:

1. Consulta

La consulta, también conocida como consulta, se refiere a que una parte pregunta a la otra los términos de la transacción. Solo puede preguntar sobre el precio, pero también puede preguntar sobre uno o más términos de transacción, hasta que solicite una cotización a la otra parte, es decir, puede preguntar sobre todos los términos de transacción. En las transacciones reales, los compradores suelen tomar la iniciativa de preguntar.

2. Oferta

Una oferta también se llama oferta, y legalmente se llama "oferta". Es una propuesta de una parte (el oferente) a la otra parte. (el destinatario de la oferta) ciertas condiciones comerciales y está dispuesto a celebrar transacciones y contratos con la otra parte en base a estas condiciones.

3. Contraoferta

Una contraoferta, también conocida como contraoferta, es un indicio de que el destinatario no está totalmente de acuerdo con el contenido de la oferta y propone modificaciones o cambios. Una contraoferta no es sólo el rechazo de la oferta por parte del destinatario, sino también una nueva oferta realizada por el destinatario como oferente. La oferta de una de las partes es inválida después de la contraoferta de la otra parte. A menos que el oferente original esté de acuerdo, el destinatario no puede arrepentirse y aceptar la oferta original después de hacer una contraoferta.

4. Aceptación

Compromiso, legalmente llamado "aceptación", significa que el comprador o vendedor acepta las condiciones de transacción propuestas por la otra parte en la oferta (incluida la contraoferta). y está dispuesto a actuar en consecuencia. Llegar a un acuerdo y celebrar un contrato con la otra parte es un gesto positivo. Un trato se concluye cuando la oferta de una de las partes es aceptada por la otra y ambas partes deben cumplir con sus obligaciones contractuales.

Base jurídica:

Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías

Artículo 14(1) Propuesta a una o más personas específicas para la celebración de un contrato Una propuesta constituye una oferta si es clara y expresa la intención del oferente de quedar obligado por ella si es aceptada. Una propuesta es suficientemente segura si especifica los bienes y especifica explícita o implícitamente la cantidad y el precio, o cómo se determinarán la cantidad y el precio.

(2) La propuesta que no se hace a una o varias personas determinadas sólo puede considerarse como una invitación a tratar, salvo que quien hace la propuesta manifieste expresamente la intención contraria.

Artículo 15.1 La oferta surtirá efectos cuando llegue al destinatario.

(2) Una oferta, incluso si es irrevocable, puede retirarse si se notifica la revocación al destinatario antes o al mismo tiempo que se entrega la oferta al destinatario.

Artículo 16 (1) Antes de la celebración del contrato, la oferta puede ser revocada, pero la notificación de revocación de la oferta debe llegar al destinatario antes de que éste envíe una notificación de aceptación.

(2) Sin embargo, la oferta no podrá revocarse en las siguientes circunstancias:

(a) La oferta especifica un límite de tiempo para la aceptación o indica de otro modo que la oferta es irrevocable;

El destinatario tiene motivos para creer que la oferta es irrevocable y el destinatario ha confiado en la oferta.

Artículo 17 La oferta, aunque sea irrevocable, quedará terminada cuando se notifique al oferente su negativa.

Artículo 18 (1) La declaración del destinatario u otro comportamiento que indique que está de acuerdo con la oferta es una aceptación, y el silencio o la inacción no representan en sí mismos una aceptación.

(2) La aceptación de una oferta se hace efectiva cuando la notificación de consentimiento llega al oferente. Si la notificación de consentimiento no llega al oferente dentro del tiempo especificado por el oferente, dentro de un tiempo razonable si no se especifica ningún tiempo, la aceptación dejará de ser válida, pero se tendrán debidamente en cuenta las circunstancias de la transacción, incluidos los procedimientos de solicitud. por el método de comunicación utilizado por el oferente. Las tablas para el cabello a juego deben aceptarse inmediatamente a menos que las circunstancias indiquen lo contrario.

(3) Sin embargo, si de conformidad con la oferta o de conformidad con los usos y usos establecidos entre las partes, el destinatario podrá realizar ciertos actos sin previo aviso al oferente, tales como entregar un acto relacionado a bienes o al pago de precio se utiliza para expresar consentimiento, y el compromiso surtirá efectos cuando se realice el acto, pero el acto deberá realizarse dentro del plazo señalado en el párrafo anterior.

Artículo 19 (1) Una respuesta que acepta una oferta pero contiene adiciones, restricciones u otros cambios es un rechazo de la oferta y constituye una contraoferta.

(2) Sin embargo, una respuesta que indique la aceptación de una oferta seguirá constituyendo aceptación si las adiciones o condiciones diferentes contenidas en ella no cambian materialmente los términos de la oferta, a menos que el oferente pueda hacer objeciones al desacuerdo. oralmente o por escrito dentro de un período de tiempo específico y sin demoras indebidas. Si el oferente no formula tal objeción, los términos del contrato estarán sujetos a los cambios contenidos en los términos de la oferta y en el aviso de aceptación.

(3) Condiciones adicionales o diferentes relacionadas con el precio de la mercancía, la forma de pago, la calidad y cantidad de la mercancía, el lugar y tiempo de entrega, el alcance de la responsabilidad de una parte hacia la otra o la forma de resolución de disputas, etc. , se considera que cambia materialmente los términos de la oferta.