Una unidad sólo puede tener un sello oficial. ¿Qué ley lo estipula?
1. Medidas de Gestión de la Seguridad Pública de Sellos
Capítulo 1 Disposiciones Generales
Artículo 13
Las unidades que necesiten grabar sellos sólo podrán solicitar el grabado de sus propios sellos legales. sellos Sello de nombre.
Si fuera necesario grabar sobreimpresiones o sellos de acero, se procederá de conformidad con lo dispuesto en los artículos 7, 8, 9 y 10 de estas Medidas.
2. Con el fin de fortalecer la gestión de los sellos de seguridad social y prevenir y reprimir actividades ilegales y delictivas, estas medidas se formulan de conformidad con el "Reglamento sobre la Gestión de los Sellos de la Administración Nacional" del Consejo de Estado. Agencias y Empresas e Instituciones Públicas y Grupos Sociales” y normativa nacional pertinente.