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¿Cuál es el contenido del artículo 80 de la Ley de Procedimiento Penal de la República Popular China?

El artículo 80 de la "Ley de Procedimiento Penal" puede detener a delincuentes actuales o sospechosos importantes en cualquiera de las siguientes circunstancias:

(1) Prepararse para cometer un delito, cometer un delito o ser descubierto inmediatamente después de cometer un delito

(2) La víctima o los testigos en el lugar lo identificaron como el criminal

(3) Se encontraron pruebas del crimen a su alrededor o en su residencia

(4) Intentar suicidarse, escapar o escapar después de cometer un delito;

(5) Posiblemente destruir o fabricar pruebas o confabularse con otros;

(6) No decirlo se desconocen el verdadero nombre, dirección e identidad;

(7) Existe una seria sospecha de cometer delitos mientras se da a la fuga, cometer delitos varias veces o cometer delitos en grupos.

Datos ampliados

Artículo 73 La vigilancia domiciliaria se realizará en el domicilio del sospechoso o imputado de un delito, si no hubiere domicilio fijo, podrá realizarse en el domicilio designado; . Con la aprobación de la Fiscalía Popular de nivel superior o del órgano de seguridad pública, la pena de muerte podrá ejecutarse en una residencia designada por delitos sospechosos de poner en peligro la seguridad nacional, delitos terroristas o delitos de soborno particularmente graves. Sin embargo, no se llevará a cabo en lugares de detención o instalaciones especializadas en el tratamiento de casos.

Para la vigilancia residencial en un lugar designado, los miembros de la familia bajo vigilancia residencial deben ser notificados dentro de las 24 horas posteriores a la implementación de la vigilancia residencial, a menos que la notificación no sea posible.

Lo dispuesto en el artículo 33 de esta Ley se aplicará a los sospechosos e imputados de delitos que se encuentren bajo vigilancia domiciliaria y se les encomienden defensores.

La Fiscalía Popular supervisará la legalidad de la decisión y ejecución de la vigilancia domiciliaria en el lugar designado.

Artículo 74 La duración de la vigilancia domiciliaria en un lugar designado se reducirá a la de prisión de duración determinada. Si una persona es condenada a vigilancia pública, un día de vigilancia residencial se reducirá a un día de prisión; si es condenada a detención penal o prisión por período determinado, dos días de vigilancia residencial se reducirán a un día de prisión;

Artículo 75 Los sospechosos de delitos y acusados ​​bajo vigilancia residencial deberán cumplir con las siguientes disposiciones:

(1) No abandonarán el lugar de vigilancia residencial sin la aprobación del organismo encargado de hacer cumplir la ley;

(2) Sin la aprobación de la agencia de aplicación de la ley, no se le permite reunirse con otras personas ni comunicarse con otras personas; interferir con el testimonio de los testigos;

(5) No destruir ni falsificar pruebas; o confabularse con confesiones;

(6) Presentar pasaportes y otros documentos de entrada y salida, documentos de identidad y licencias de conducir a la agencia de aplicación de la ley para su conservación.

Si los presuntos delincuentes o imputados bajo vigilancia domiciliaria violan las disposiciones del párrafo anterior y las circunstancias son graves, podrán ser arrestados si el arresto es necesario, los presuntos delincuentes o imputados podrán ser detenidos previamente;

Artículo 76: Los organismos encargados de hacer cumplir la ley podrán utilizar vigilancia electrónica, inspecciones irregulares y otros métodos de vigilancia para supervisar a los sospechosos y acusados ​​de delitos que se encuentren bajo vigilancia residencial. Durante la investigación, se pueden monitorear las comunicaciones de los sospechosos de delitos bajo vigilancia residencial.

Artículo 77 Los tribunales populares, las fiscalías populares y los órganos de seguridad pública no pondrán en libertad bajo fianza a los sospechosos o acusados ​​de delitos en espera de juicio durante más de 12 meses, ni los pondrán bajo vigilancia domiciliaria durante más de seis meses.

Durante el período de libertad bajo fianza pendiente de juicio y vigilancia domiciliaria, no se interrumpirá la investigación, el procesamiento y el juicio del caso. Si se determina que no procede perseguir la responsabilidad penal, o si el período de la fianza pendiente de juicio o vigilancia domiciliaria ha expirado, la fianza pendiente de juicio o vigilancia domiciliaria se terminará oportunamente. Cuando se libere a una persona que se encuentra en libertad bajo fianza en espera de juicio o bajo vigilancia residencial, se notificará oportunamente a la persona que se encuentra en libertad bajo fianza a la espera de juicio o bajo vigilancia residencial y a las unidades pertinentes.

Artículo 78: La detención de sospechosos o imputados de delitos deberá ser aprobada por la Fiscalía Popular o decidida por el Tribunal Popular y ejecutada por los órganos de seguridad pública.

Artículo 79 Si existen pruebas que acrediten los hechos del delito y el sospechoso o imputado podrá ser condenado a pena de prisión de duración determinada o más, si la fianza en espera de juicio no basta para evitar los siguientes peligros sociales , será arrestado:

(a) Puede cometer nuevos delitos;

(2) Existe un peligro real de poner en peligro la seguridad nacional, la seguridad pública o el orden social;

(3) ) puede destruir o falsificar pruebas, interferir con el testimonio de un testigo o confabularse con una confesión;

(4) puede tomar represalias contra la víctima, el denunciante o el acusador;

(5) intento de suicidio o fuga.

Si existen pruebas que acrediten el hecho de un delito y la persona puede ser condenada a pena de prisión fija superior a diez años, o si existen pruebas que acrediten el hecho de un delito y la persona Podrá ser condenado a pena privativa de libertad superior a diez años, si hubiere delito intencional o se desconoce su identidad, será detenido.

Los sospechosos de delitos y acusados ​​que sean liberados bajo fianza en espera de juicio o bajo vigilancia residencial pueden ser arrestados si las circunstancias son graves.

Artículo 81: Cuando los órganos de seguridad pública detengan o arresten a personas en otros lugares, deberán notificarlo a los órganos de seguridad pública del lugar donde la persona sea detenida o arrestada, y a los órganos de seguridad pública del lugar donde se encuentre la persona. persona sea detenida o arrestada deberá cooperar.

Artículo 82 En cualquiera de las siguientes circunstancias, cualquier ciudadano podrá ser entregado inmediatamente al órgano de seguridad pública, a la Fiscalía Popular o al Tribunal Popular para su tratamiento:

(1) Un se está cometiendo un delito o siendo descubierto inmediatamente después de cometer un delito;

(2) ser buscado;

(3) escapar de prisión;

(4) Ser perseguido.

Artículo 83: Al detener a una persona, el órgano de seguridad pública deberá presentar un acta de detención. Después de ser detenido, el detenido será remitido inmediatamente a un centro de detención para su custodia y no excederá de veinticuatro horas.

A menos que la notificación sea imposible o la notificación de presuntos delitos que pongan en peligro la seguridad nacional o actividades terroristas pueda obstaculizar la investigación, los familiares del detenido deben ser notificados dentro de las 24 horas posteriores a la detención. Los familiares del detenido deberán ser notificados inmediatamente después de que desaparezcan las circunstancias que obstaculizaron la investigación.

Materiales de referencia:

China.com-Ley de Procedimiento Penal de la República Popular China