Reglas de Implementación del Reglamento sobre Gestión de Instalaciones Receptoras de Radiodifusión de Televisión Terrestre por Satélite (Revisión 2021)
Los departamentos administrativos de radio y televisión de los gobiernos populares locales en todos los niveles son los departamentos de gestión centralizada de las instalaciones locales de recepción terrestre de satélites y son responsables de la gestión de las instalaciones receptoras terrestres de satélites dentro de sus jurisdicciones junto con las locales. organismos de seguridad pública y organismos de seguridad nacional.
Las responsabilidades de los departamentos administrativos de radio y televisión son implementar la gestión centralizada de las instalaciones de recepción terrestre por satélite, aprobar el establecimiento de instalaciones de recepción terrestre por satélite y organizar inspecciones de la producción, ventas y uso de la recepción terrestre por satélite. las instalaciones son responsabilidad de los órganos de seguridad pública investigar y sancionar los actos ilegales que resisten o obstaculizan a los departamentos de gestión en el desempeño de sus funciones oficiales de conformidad con la ley, y ayudar a los departamentos de gestión en la realización de inspecciones técnicas de las instalaciones de recepción de satélites terrestres; La agencia de seguridad debe realizar inspecciones electrónicas de las instalaciones de recepción terrestre de satélites instaladas y utilizadas por unidades e individuos en función de las necesidades laborales, para prevenir, descubrir y combatir actividades que utilicen instalaciones de recepción terrestre de satélites para poner en peligro la seguridad nacional. Capítulo 2 Instalación de instalaciones de recepción terrestre de satélites Artículo 3 Las unidades que soliciten instalar instalaciones de recepción terrestre de satélites para recibir programas de televisión transmitidos por satélite deberán cumplir las siguientes condiciones:
(1) Tener una dirección de recepción y un contenido de recepción claros y alcance de audiencia;
(2) Tener equipo receptor que cumpla con los estándares nacionales;
(3) Tener personal de gestión calificado a tiempo completo;
(4) Tener Sistema de gestión de sonido. Artículo 4 Cualquier unidad podrá solicitar la instalación de instalaciones receptoras terrestres de satélite para recibir programas de televisión nacional transmitidos por satélite.
Las siguientes unidades y lugares pueden solicitar la instalación y el uso de instalaciones receptoras terrestres por satélite para recibir programas de televisión extranjeros transmitidos por satélite:
(1) Educación, investigación científica, noticias, finanzas , economía y comercio, partido y gobierno Agencias gubernamentales y otras instituciones de mayor nivel y mayor escala. , que es realmente necesario para el trabajo empresarial;
(2) Hoteles y restaurantes de gran escala y de alta gama que tienen necesidades reales de recibir programas de televisión extranjeros y tienen las condiciones para recibirlos;
(3) Exclusivamente para edificios de oficinas extranjeras y apartamentos donde trabajan o viven personas de Hong Kong, Macao y Taiwán;
(4) Otras situaciones en las que es realmente necesario establecer un terreno satélite Instalaciones receptoras para recibir programas de televisión extranjeros transmitidos por satélite.
Con la aprobación de la Administración Estatal de Radio y Televisión, las áreas que transmiten programas de televisión por satélite en el extranjero a través de redes de televisión por cable y otros métodos de transmisión ya no aceptarán solicitudes para establecer instalaciones receptoras terrestres de satélite para recibir televisión en el extranjero. programas. Artículo 5 Cualquier unidad que necesite establecer instalaciones de recepción terrestre por satélite para recibir programas de televisión nacionales deberá presentar una solicitud al departamento administrativo de radio y televisión del gobierno popular local a nivel de condado o superior y presentarla al departamento administrativo de radio y televisión. del gobierno popular local a nivel de ciudad distrital para su revisión y aprobación. Las unidades directamente bajo la jurisdicción de provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central pueden presentar directamente sus solicitudes a los departamentos administrativos de radio y televisión de los gobiernos populares de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central para su aprobación. Las unidades aprobadas adquirirán instalaciones de recepción terrestre de satélites basándose en los documentos de aprobación o certificados emitidos por la autoridad de aprobación. Una vez completada la instalación de las instalaciones de recepción terrestre de satélites, la autoridad de aprobación expedirá una "Licencia para recibir programas de televisión nacional transmitidos por satélite" (en adelante, la "Licencia") e informará de ello al departamento administrativo de radio y televisión de la gobierno popular de la provincia, región autónoma o municipio directamente dependiente del Gobierno Central para su presentación. El formato de este certificado lo formula uniformemente la Administración Estatal de Radio y Televisión, y cada provincia, región autónoma y municipio lo imprime por su cuenta.
Diversas escuelas y unidades educativas y docentes que instalan instalaciones receptoras terrestres por satélite para recibir programas de televisión educativos nacionales transmitidos por satélite también deben pasar por los procedimientos de aprobación de acuerdo con los procedimientos anteriores. Después de la aprobación, el departamento administrativo de educación local será responsable de la gestión y estará sujeto a la inspección y gestión de los departamentos administrativos de radio y televisión, las agencias de seguridad pública y las agencias de seguridad nacional.
Cualquier unidad que necesite establecer instalaciones de recepción terrestre de satélites para recibir programas de televisión extranjeros deberá presentar una solicitud al departamento administrativo de radio y televisión del gobierno popular local a nivel de condado o superior. El departamento administrativo de televisión del gobierno popular local firma un dictamen, se informará a la provincia, los departamentos administrativos de radio y televisión de los gobiernos populares de las regiones autónomas y los municipios directamente dependientes del Gobierno Central estarán sujetos a examen y aprobación. Las unidades aprobadas adquirirán instalaciones de recepción terrestre de satélites basándose en los documentos de aprobación o certificados emitidos por la autoridad de aprobación. Una vez completada la instalación de las instalaciones de recepción terrestre de satélites, el departamento administrativo de radio y televisión del gobierno popular de la provincia, región autónoma o municipio directamente dependiente del Gobierno Central expedirá una licencia para recibir transmisiones por satélite de programas de televisión extranjeros (en adelante denominado como licencia) y reportarlo a la Administración Estatal de Radio y Televisión para su archivo. Los departamentos administrativos de radio y televisión de los gobiernos populares de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del gobierno central informarán periódicamente la información de emisión de la "Licencia para recibir transmisiones por satélite de programas de televisión en el extranjero" a la agencia de seguridad nacional local. Esta licencia está impresa uniformemente por la Administración Estatal de Radio y Televisión. Artículo 6 La Administración Estatal de Radio y Televisión establecerá satélites de transmisión en vivo para brindar servicios públicos de radio y televisión.
En el área cubierta por el negocio de transmisión en vivo por satélite, si las personas necesitan instalar y utilizar sus propias instalaciones de recepción terrestre por satélite para transmisión en vivo para recibir programas de televisión nacionales, deben cumplir con los requisitos de la Administración Estatal de Radio y Televisión. Artículo 7 Cuando sea necesario, la Administración Estatal de Radio y Televisión podrá aprobar directamente el establecimiento de instalaciones receptoras terrestres de satélites y expedir las licencias correspondientes.