Contenido del mecanismo de solución de diferencias de la OMC
Contenido del mecanismo de solución de diferencias de la OMC: El Acuerdo ESD utiliza un sistema equilibrado que combina jurisdicción y consultas diplomáticas. El ESD tuvo en cuenta la práctica de consultas plenas del GATT de 1947 y también consideró la importancia y necesidad de utilizar la justicia para resolver disputas. El ESD alienta a todas las partes a resolver las controversias mediante consultas amistosas a través de canales diplomáticos. Al aplicar medios judiciales para resolver disputas, también se garantiza que se haga en el marco de la política y la diplomacia. El ESD estableció el Órgano de Solución de Diferencias (OSD) para supervisar el funcionamiento eficaz y fluido del mecanismo de solución de diferencias. Se trata de una innovación de la OMC y se puede decir que es la piedra angular del mecanismo de solución de diferencias. El OSD está compuesto por 135 miembros. En realidad es un equipo de dos personas y dos marcas junto con el Consejo General. Está dirigido por la Secretaría General. El presidente del OSD no suele ser la misma persona que el presidente del Consejo General. El presidente del OSD adopta un sistema rotativo, en el que los representantes de los países desarrollados y en desarrollo se turnan para desempeñar sus funciones cada año. Esta agencia es responsable de la implementación de las disposiciones de solución de disputas del ESD y los acuerdos relevantes. Tiene el poder de establecer grupos de expertos y examinar cuánto tiempo tarda el país adjudicado en implementar los laudos y recomendaciones a través del informe del panel de expertos. y el informe del órgano de apelación, y autorizar la suspensión de concesiones y otras obligaciones en virtud del acuerdo aplicable (es decir, la imposición de represalias). A petición de una parte en la disputa, el OSD puede establecer un panel de expertos (Panel) para pronunciarse sobre un determinado acto ilegal cometido por un Estado miembro, realizar tareas específicas y disolverse una vez completada la tarea. El grupo de expertos suele estar formado por 3 o 5 personas independientes. La Secretaría mantiene una lista de los miembros del panel disponibles y es responsable de nombrarlos. El grupo de expertos formulará un informe del grupo de expertos dentro del tiempo especificado sobre la base del mandato asignado y lo presentará a la reunión del OSD para su aprobación. El OSD estableció un Órgano de Apelación permanente (Órgano de Apelación), que es una innovación en el mecanismo de solución de diferencias de la OMC. El Órgano Permanente de Apelación tiene 7 miembros con un mandato de 4 años, y un determinado caso será revisado por 3 de ellos. El Órgano de Apelación tiene su propio personal y su Secretaría es institucionalmente diferente de la Secretaría de la OMC. El objetivo principal del Órgano de Apelación es garantizar la armonía de la jurisprudencia y es responsable de tramitar las apelaciones de las partes en las diferencias contra los informes del panel de expertos, pero las apelaciones se limitan a las cuestiones jurídicas pertinentes del informe del panel de expertos y las interpretaciones jurídicas detalladas por el experto. panel. El Órgano de Apelación puede mantener, modificar o revocar las constataciones y conclusiones jurídicas del grupo especial, y una vez que el OSD adopta el informe del Órgano de Apelación, las partes en la diferencia deben aceptarlo incondicionalmente.