Base legal para la no convención
Base jurídica: Artículo 247 de la “Interpretación del Tribunal Supremo Popular sobre la Aplicación de la Ley de Procedimiento Civil de la República Popular China”. Si una parte presenta otra demanda durante el curso del litigio o después de que la sentencia entre en vigor, constituye una demanda duplicada: (1) La última demanda es la misma que la demanda anterior (2) El objeto de esta última demanda es el; igual que el tema de la demanda anterior; (3) ) Las reclamaciones en la última demanda son las mismas que las de la demanda anterior, o las reclamaciones en la última demanda niegan sustancialmente la sentencia de la demanda anterior. Si una parte interpusiere demanda reiteradamente, se declarará no admitida la causa; si hubiere sido admitida, se desestimará la causa, salvo disposición en contrario de la ley o de la interpretación judicial;