Regulaciones de Shanghai sobre la promoción de la transformación de los logros científicos y tecnológicos
El término “logros científicos y tecnológicos”, tal como se menciona en este Reglamento, se refiere a logros con valor práctico producidos a través de la investigación científica y el desarrollo tecnológico. Los logros científicos y tecnológicos relacionados con el trabajo se refieren a logros científicos y tecnológicos obtenidos al realizar tareas en instituciones de investigación y desarrollo, colegios y universidades y empresas, o al utilizar principalmente las condiciones materiales y técnicas de las unidades antes mencionadas.
El término "transformación de logros científicos y tecnológicos" tal como se menciona en este reglamento se refiere a la posterior prueba, desarrollo y transformación de logros científicos y tecnológicos con el fin de mejorar los niveles de productividad hasta la formación de nuevas tecnologías, nuevos procesos, nuevos materiales, nuevos productos y el desarrollo de nuevas industrias. Artículo 3 La transformación de los logros científicos y tecnológicos deberá respetar las leyes y reglamentos, respetar la innovación científica y tecnológica y las reglas del mercado, seguir los principios de "voluntariedad, beneficio mutuo, equidad y buena fe", salvaguardar los intereses nacionales y salvaguardar los derechos legítimos. e intereses de todas las partes involucradas. Artículo 4 Las unidades que hayan completado logros científicos y tecnológicos podrán decidir de forma independiente transferir, otorgar licencias o invertir en la transformación de logros científicos y tecnológicos. Excepto cuando se trata de secretos de estado y seguridad nacional, no se requiere aprobación ni presentación administrativa.
Las unidades que hayan alcanzado logros científicos y tecnológicos podrán acordar o estipular con el personal científico y tecnológico el método, monto y período de recompensas y remuneraciones por la transformación de los logros científicos y tecnológicos, e implementarlas de forma independiente, salvo que se establezca lo contrario. estipulado por el estado.
La transformación de logros científicos y tecnológicos a organizaciones o individuos extranjeros debe cumplir con las regulaciones nacionales pertinentes. Artículo 5 Cuando se transformen logros científicos y tecnológicos relacionados con el trabajo, la persona que completó los logros científicos y tecnológicos tendrá derecho a saber, podrá transformar los logros científicos y tecnológicos de acuerdo con el acuerdo con la unidad, y tendrá derecho recibir recompensas y remuneraciones de acuerdo con reglamentos o acuerdos.
Una vez que la persona que haya completado los logros científicos y tecnológicos haya completado los logros científicos y tecnológicos, deberá informar a su unidad y cooperar con las posteriores pruebas, desarrollo, aplicación y promoción de los logros científicos y tecnológicos. . Artículo 6 Los gobiernos populares municipales y distritales fortalecerán la gestión, orientación y coordinación de la transformación de los logros científicos y tecnológicos, formularán y mejorarán políticas y medidas pertinentes e incorporarán la transformación de los logros científicos y tecnológicos en los planes nacionales de desarrollo económico y social.
Esta ciudad establecerá un mecanismo de discusión y coordinación para promover la transformación de los logros científicos y tecnológicos, estudiar y coordinar los temas más importantes en la transformación de los logros científicos y tecnológicos, y formular e implementar metas y medidas para la transformación. de los logros científicos y tecnológicos. Artículo 7 El departamento municipal de ciencia y tecnología, de acuerdo con las responsabilidades prescritas por el Gobierno Popular Municipal, hará un buen trabajo en la promoción, coordinación y prestación de servicios para la transformación de los logros científicos y tecnológicos.
Los departamentos municipales de educación, desarrollo y reforma, información económica, comercio, finanzas, recursos humanos y seguridad social, auditoría, supervisión de activos estatales, impuestos, industria y comercio, propiedad intelectual y otros deben desempeñar sus funciones. deberes de acuerdo con la ley, fortalecer la cooperación y hacer un buen trabajo Transformación de los logros científicos y tecnológicos. Capítulo 2 Organización e Implementación Artículo 8 Las instituciones, colegios y universidades de investigación y desarrollo y otras instituciones establecidas por esta ciudad y el estado (en adelante, instituciones y colegios y universidades de investigación y desarrollo) fortalecerán la construcción de equipos profesionales para la transformación de logros científicos y tecnológicos, y podrá establecer o determinar instituciones especializadas responsables de las siguientes labores:
(1) Recibir informes de divulgación de información sobre logros científicos y tecnológicos;
(2) Analizar los valor de aplicación de los logros científicos y tecnológicos;
(3) Orientar o ayudar a quienes han logrado logros científicos y tecnológicos a llevar a cabo pruebas y desarrollo posteriores de logros científicos y tecnológicos;
( 4) Solicitar, gestionar y proteger los derechos de propiedad intelectual de los logros científicos y tecnológicos;
(5) Formular e implementar el plan de transformación de los logros científicos y tecnológicos;
(6) Otros trabajos relacionados con la transformación de los logros científicos y tecnológicos.
Las instituciones de I+D y los colegios y universidades pueden confiar a agencias de servicios profesionales independientes la implementación de la transformación de los logros científicos y tecnológicos.
Esta ciudad alienta a otras unidades que han completado logros científicos y tecnológicos a fortalecer la especialización y especialización de la transformación de los logros científicos y tecnológicos en sus propias unidades según sea necesario. Artículo 9 Las instituciones de investigación y desarrollo de educación superior determinarán el precio de la transferencia, concesión de licencias o contribución de capital de logros científicos y tecnológicos de conformidad con la ley mediante precios acordados, cotizaciones en el mercado de comercio de tecnología y subastas. Artículo 10 Las instituciones de investigación y desarrollo de educación superior podrán realizar inversiones de valoración en logros científicos y tecnológicos mediante los siguientes métodos:
(1) Valoración e inversión de logros científicos y tecnológicos en nombre de la unidad;
(2) Mediante la asignación de activos Transferir los logros científicos y tecnológicos a una persona jurídica separada establecida por la unidad responsable de la gestión de activos, y fijar el precio de los logros científicos y tecnológicos en nombre de la persona jurídica;
(3) Hacer contribuciones importantes a la realización y transformación de los logros científicos y tecnológicos relacionados con el trabajo. Si la unidad y el personal acuerdan de antemano la asignación de acciones o el índice de inversión resultante de la inversión basada en logros científicos y tecnológicos, los logros científicos y tecnológicos Los logros se invertirán en nombre de la unidad y del personal relevante. Artículo 11 Esta ciudad apoya a las empresas para aumentar la inversión en la transformación de los logros científicos y tecnológicos. Las empresas calificadas pueden disfrutar de deducciones antes de impuestos por gastos de investigación y desarrollo, depreciación acelerada de instrumentos y equipos e impuesto preferencial sobre la renta para empresas de alta tecnología de acuerdo con las regulaciones nacionales.
De acuerdo con las regulaciones pertinentes de esta ciudad, los fondos invertidos por empresas estatales en la transformación de los logros científicos y tecnológicos en esta ciudad se considerarán ganancias en la evaluación del desempeño operativo. Artículo 12 Los gobiernos populares municipales y distritales establecerán y mejorarán el mecanismo orientado al mercado para la innovación tecnológica, guiarán a las empresas para que realicen investigaciones científicas y desarrollo tecnológico basado en la demanda del mercado y apoyarán el desarrollo a largo plazo en la aplicación integrada de nuevas tecnologías; nuevos materiales, y nuevos procesos, Promover la industrialización de los principales logros científicos y tecnológicos.
Los departamentos gubernamentales pertinentes deben aprovechar plenamente el papel de liderazgo de las empresas en la selección de direcciones de investigación y desarrollo, la implementación de proyectos y la aplicación de resultados para proyectos de ciencia y tecnología aplicadas y otros proyectos de ciencia y tecnología relacionados establecidos con fondos fiscales.
Los proyectos de ciencia y tecnología con una clara orientación al mercado serán ejecutados de forma independiente por las empresas o conjuntamente con escuelas y universidades de I+D.