¿Qué impacto tiene la “Ley de Ciberseguridad de la República Popular China” en los operadores de redes?
Artículo 41
Los operadores de red deben seguir los principios de legalidad, equidad y necesidad al recopilar y utilizar información personal.
Divulgar los principios de recopilación y reglas de uso, establecer claramente el propósito, método y alcance de la recopilación y uso de la información, y aceptarlo por parte del recopilador.
Los operadores de red no recopilarán información personal ajena a los servicios que prestan, no recopilarán ni utilizarán información personal en violación de las disposiciones de las leyes, reglamentos administrativos y los acuerdos entre las partes, y manejarán la información almacenada de acuerdo con las disposiciones de leyes, reglamentos administrativos y los acuerdos con los usuarios.
Artículo 42
Los operadores de red no filtrarán, alterarán ni destruirán la información personal que recopilen; no proporcionarán información personal a otros sin el consentimiento de la persona que se recopila. Sin embargo, el individuo específico no puede identificarse y no puede recuperarse a menos que se procese.
Artículo 46
Cualquier persona u organización será responsable del uso que haga de Internet y no creará ninguna organización para cometer fraude, enseñar métodos delictivos, producir o vender artículos prohibidos. , artículos controlados u otros delitos ilegales El sitio web o grupo de comunicación de la actividad no utilizará Internet para publicar información relacionada con la comisión de fraude, la fabricación o venta de artículos prohibidos, artículos controlados y otras actividades ilegales y criminales.
Artículo 47
Los operadores de redes deberán fortalecer la gestión de la información difundida por los usuarios. Si se descubre información cuya divulgación o difusión está prohibida por leyes o reglamentos administrativos, se debe detener la difusión inmediatamente, se deben tomar medidas para eliminarla y otras medidas para evitar la difusión de información, se deben mantener los registros pertinentes y se deben presentar informes. a las autoridades competentes pertinentes.
Artículo 49
Los operadores de red establecerán un sistema de informes y quejas sobre la seguridad de la información de la red, publicarán información como métodos de presentación de informes y quejas, y aceptarán y manejarán de inmediato las quejas y quejas relacionadas con la seguridad de la información de la red. informes. Los operadores de redes cooperarán con la supervisión e inspecciones realizadas por los departamentos de ciberseguridad e informatización y los departamentos pertinentes de conformidad con la ley.