21,75 días leyes y reglamentos
Salario por hora: ingreso salarial mensual ÷ (días pagados mensualmente × 8 horas).
El número de días pagados por mes = (365 días - 104 días) ÷ 65438 + 2 meses = 21,75 días.
Base legal: Aviso del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social sobre el promedio de jornada mensual de trabajo y conversión salarial de los empleados durante todo el año. Departamentos (Oficinas) de Trabajo y Seguridad Social de todas las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central:
De acuerdo con las "Medidas sobre feriados nacionales y aniversarios" (Orden del Consejo de Estado No. 513), las vacaciones para todos los ciudadanos se han aumentado de 10 a 11 días. En consecuencia, la jornada laboral mensual promedio anual de los empleados y el método de conversión salarial se ajustan de la siguiente manera:
1 Cálculo de la jornada laboral del sistema
Días hábiles anuales: 365 días - 104 días. (días de descanso) -11 días (feriados legales) = 250 días.
Días laborables estacionales: 250 días ÷ 4 trimestres = 62,5 días/trimestre.
Días laborables mensuales: 250 días ÷ 65438 + 2 meses = 20,83 días/mes.
Cálculo de jornada laboral: los días hábiles del mes, trimestre y año se multiplican por 8 horas diarias.
En segundo lugar, la conversión del salario diario al salario por hora
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 51 de la "Ley del Trabajo", el empleador deberá pagar el salario de conformidad con la ley sobre feriados, es decir, convertir los salarios diarios y los salarios por hora no excluyen los 11 feriados legales estipulados por el estado. En consecuencia, la conversión del salario diario y el salario por hora es:
Salario diario: ingreso salarial mensual ÷ número de días pagados por mes.
Salario por hora: ingreso salarial mensual ÷ (días pagados mensualmente × 8 horas).
El número de días pagados por mes = (365 días - 104 días) ÷ 65438 + 2 meses = 21,75 días.
3. El 17 de marzo de 2000, el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social emitió el "Aviso sobre la conversión del promedio de horas de trabajo mensuales y salarios de los empleados para el año" (Oficina de Trabajo y Seguridad Social [2000). ] No. 8) al mismo tiempo Abolición.