Derecho Comercial Internacional Capítulo 3 Examen de Ingeniero en Negocios Internacionales Caso Inglés 2010
En respuesta, el tío le aseguró a su sobrino: "Recibirás los 5.000 dólares que te prometí". Sin embargo, mi tío continuó explicando que trabajó muy duro para acumular este dinero y pagarlo". Tú puedes encargarte del dinero, cuanto antes sea el momento, mejor será para mí".
Dos años después, mi tío murió sin pagar. Sitway, el administrador del patrimonio del tío, se negó a pagar los 5.000 dólares y presentó una demanda para recuperar el dinero. (El demandante es Hammer, no el sobrino. La razón es que el sobrino transfirió sus derechos sobre la herencia a Hammer algún tiempo antes de que comenzara la demanda. Por lo tanto, el derecho de Hammer a una compensación depende enteramente de si el sobrino tiene un reclamo contractual válido contra el tío.)
El tribunal de primera instancia dictaminó que la promesa del tío de pagar $5,000 no estaba respaldada por la contraprestación por parte del sobrino y falló a favor del acusado. El demandante apeló.
Sentencia: *Sentencia, fallando a favor del demandante. El sobrino tiene derecho legal a fumar y beber en Nueva York. Por lo tanto, abandonar estos productos en un momento determinado obviamente no le haría ningún favor. Por lo tanto, la parte del sobrino se equivoca al argumentar que la promesa del tío no estaba respaldada por un precio (al igual que la herencia es impugnable), y el tío/promitente no recibió ningún beneficio de las acciones del sobrino. Esto puede ser correcto, pero el el hecho no importa. El concepto de contraprestación es sólo un requisito de que el prometido sufra un daño para poder cumplir la promesa)
Comentario: Debido a que el Tribunal Superior rechazó la defensa planteada por el patrimonio del tío, enfatizó dos. principios de consideración. En primer lugar, si el prometido sufre un daño al renunciar a sus derechos legales, entonces ha proporcionado una contraprestación incluso si también recibe un beneficio concomitante. Por ello, el sobrino plantea la posibilidad de renunciar a algunos de sus derechos, por ejemplo el derecho a fumar, aunque también podría beneficiarse de esa paciencia. En segundo lugar, si el prometido resulta perjudicado, hay consideración. No es necesario que el promitente también se beneficie.