Capítulo 1 de las notas de la conferencia de autoestudio "Introducción al derecho económico internacional" de 2017.
Sección 1 El surgimiento y desarrollo del derecho económico internacional
El derecho económico internacional se refiere a diversas normas jurídicas que ajustan las relaciones económicas internacionales Un término general para diversas normas jurídicas; regulaciones.
El derecho económico internacional en un sentido amplio es una manifestación de la voluntad coordinada o voluntad personal de las clases dominantes de varios países en los intercambios económicos internacionales. Para mantener el orden económico internacional en varios períodos históricos, se han formulado ciertas normas vinculantes u obligatorias de comportamiento económico internacional, a saber, el derecho económico internacional. Es una herramienta importante para consolidar el orden económico internacional existente, y también es un medio importante para promover la transformación del antiguo orden económico internacional y el establecimiento de un nuevo orden económico internacional.
Relaciones económicas internacionales: En primer lugar, las relaciones económicas internacionales se refieren a diversas relaciones que surgen de los intercambios económicos entre gobiernos, organizaciones internacionales, o entre gobiernos y organizaciones internacionales, sus sujetos se limitan al derecho internacional público, los países, las organizaciones internacionales y; otras entidades con personalidad independiente. Por otro lado, las relaciones económicas internacionales no sólo incluyen el contenido anterior, sino que también incluyen diversas relaciones que surgen de los intercambios económicos entre personas pertenecientes a diferentes países, entre personas jurídicas, entre personas físicas y personas jurídicas, y entre personas físicas y gobiernos extranjeros u organizaciones internacionales. , sus sujetos no se limitan a países, organizaciones internacionales y otras entidades con personalidad independiente en el derecho internacional público, sino que también incluyen a personas u organizaciones con personalidad independiente en el derecho internacional civil y comercial y en el derecho internacional privado, es decir, las personas naturales (naturales). personas) y personas pertenecientes a diferentes países. Diversos tipos de personas jurídicas. En vista de los hechos históricos, la segunda opinión anterior es aceptable.
Orden económico internacional: es decir, las relaciones económicas internacionales en los intercambios económicos internacionales tienden a formar un patrón, estructura o modelo relativamente estable en cada etapa histórica específica.
1. La etapa embrionaria del derecho económico internacional (aproximadamente varios siglos a.C. hasta el siglo XVI d.C.)
Incluyendo:
① Rodas. En BC, hubo intercambios económicos internacionales y actividades comerciales internacionales a lo largo del Mar Mediterráneo. Los empresarios de varios países han ido formando gradualmente diversos hábitos y sistemas para manejar los negocios internacionales. Algunos han sido absorbidos por las leyes de los países pertinentes y estipulados como pautas escritas para el manejo de negocios relacionados con el extranjero (2) Otros han sido citados por varios tribunales comerciales como; la base para resolver disputas comerciales internacionales, y gradualmente formar jurisprudencia vinculante o derecho consuetudinario. Se puede decir que estas leyes comerciales o leyes comerciales consuetudinarias son esencialmente la primera germinación del derecho económico internacional.
Las costumbres comerciales acumuladas a lo largo de años de práctica son a menudo citadas y aplicadas por los tribunales comerciales en varios lugares al juzgar casos, y gradualmente se codifican en un código. Esta es la legendaria "Ley de Rhode".
②El “derecho público de todas las naciones” en el derecho romano. El derecho romano se puede dividir en "derecho civil" y "derecho civil". El derecho civil es el derecho utilizado específicamente para regular el comercio y otras relaciones entre ciudadanos romanos y ciudadanos no romanos, y entre ciudadanos no romanos. Las disposiciones del derecho romano sobre transacciones comerciales internacionales se introdujeron gradualmente en el continente de Europa occidental en la antigüedad y luego tuvieron un gran impacto en muchas partes del mundo.
El Derecho de Rodas en algunos registros indirectos, el Derecho de Naciones en el derecho romano y los códigos de derecho comercial consuetudinario internacional compilados por personas en la Edad Media (como el "Consalado Maritime Law", el "Amalfi Law" " , "Ley de Pisa", "Ley Oleran", "Ley Visby", "Ley Hanseática" y otros códigos comerciales marítimos populares en la costa mediterránea del siglo XIII al XVI), 65436.000000005 Son los componentes de la economía internacional en ciernes del derecho. y sus adaptaciones
(3) Código de Comercio Internacional Medieval. En el período 10-15, muchas ciudades-estado autónomas europeas tenían su propia legislación que no podía satisfacer las necesidades de los negocios frecuentes. Debemos hacer todo lo posible para eliminar las diferencias legales en diferentes lugares y adherirnos al mismo código de conducta, formando así gradualmente otro código de conducta independiente de las leyes de la ciudad o el país anfitrión. Entre ellos, influyó el Código Marítimo del Consalado, redactado hacia el siglo XIII.
Reglamento Comercial “Liga Hanseática”.
La Liga Hanseática fue una alianza comercial y política compuesta por ciudades y países nórdicos, principalmente del norte de Alemania, de los siglos XIV al XVII. Su propósito es proteger sus propios intereses comerciales y a los ciudadanos involucrados en el comercio, y * * * lidiar con "enemigos comerciales" fuera de la alianza.
En segundo lugar, la etapa de desarrollo del derecho económico internacional.
Después del siglo XVII, el mercado mundial capitalista fue tomando forma gradualmente. En consecuencia, los tratados internacionales, las prácticas internacionales y la legislación interna utilizadas para ajustar las relaciones económicas internacionales aparecieron en gran número y se volvieron cada vez más completos.
(1) Tratados comerciales internacionales bilaterales. Se puede diferenciar ampliamente entre igualdad y desigualdad. Si ambas partes son países con soberanía completamente independiente y fuerza nacional aproximadamente igual, ambas partes son completamente voluntarias al firmar el contrato y los términos son mutuamente beneficiosos, este es un tratado de igualdad. Por otro lado, si existe una enorme disparidad de poder nacional entre los dos partidos. La soberanía de una de las partes no es completamente independiente y se ve obligada a firmar tratados porque sucumbe a diversas amenazas y violencias. Si los términos son unilaterales y preferenciales, es un tratado desigual.
Las cláusulas preferenciales económicas unilaterales y diversas convenciones o prácticas internacionales en diversos tratados desiguales que impregnan el espíritu de la ley de la selva también fueron una parte importante del derecho económico internacional en ese momento.
(2) Práctica internacional moderna. Con los tratados comerciales internacionales bilaterales coexisten muchas prácticas internacionales utilizadas para ajustar las relaciones económicas internacionales. Estas prácticas están impregnadas de fuertes colores de colonialismo, imperialismo y hegemonismo. Esta era una "ley maligna" utilizada por los poderosos para mantener el orden económico internacional en ese momento.
Las relaciones de derecho económico internacional durante este período no se encontraban en un estado de completa "anarquía", sino en un estado de mal gobierno; no era una era en la que la ley de la jungla no estaba "restringida por ninguna ley", sino una era; en el que la ley de la selva era "legal" en sí misma.
(3) Además de los tratados y acuerdos comerciales bilaterales, también surgieron posteriormente convenios comerciales internacionales multilaterales. Como el Convenio de París para la Protección de la Propiedad Industrial, el Convenio de Berna para la Protección de las Obras Literarias y Artísticas, el Acuerdo de Madrid sobre el Registro Internacional de Marcas, etc.
(4) Acuerdos internacionales multilaterales sobre productos especiales. En el comercio internacional, para evitar pérdidas mutuas, los países con intereses en conflicto recurren a feroces "guerras comerciales" para alcanzar acuerdos internacionales multilaterales sobre algunos productos básicos especiales e implementar compromisos internacionales sobre sus cuotas de producción, precios de venta, cuotas de exportación, restricciones a las importaciones y aranceles. tarifas, etc. Control y moderación. Se trata de un acuerdo de cártel internacional sobre productos especiales. Como el Convenio Internacional del Azúcar, el Convenio Internacional del Estaño, el Convenio Internacional del Trigo, el Convenio Internacional del Caucho, etc.
(5) Práctica empresarial internacional moderna. Para reducir y evitar malentendidos y disputas y mejorar la eficiencia de las actividades comerciales internacionales, algunas organizaciones internacionales o grupos académicos han resumido y organizado algunas prácticas comunes en las actividades comerciales, formulado y publicado varias reglas comerciales para que las partes comerciales en varios países elijan libremente. . Una vez adoptado, se convierte en un código de conducta económica vinculante para ambas partes del contrato.
En 1860, comerciantes de muchos países europeos y americanos formularon unas "Reglas de ajuste de avería promedio" unificadas en Port Glasgow, Inglaterra, generalmente denominadas "Reglas de Glasgow". Fue revisada dos veces en 1864 y 1877. y rebautizada como "Reglas York-Amberes".
1928 A partir de 1932, la Asociación de Derecho Internacional formuló las Reglas de Varsovia-Oxford, que unificaban las responsabilidades, gastos y riesgos de ambas partes en un contrato de compraventa CIF (coste + seguro + flete).
En 1933, la Cámara de Comercio Internacional publicó las "Prácticas y costumbres uniformes para créditos documentarios comerciales", que proporcionaban orientación y explicaciones unificadas para los métodos de pago de cartas de crédito más utilizados en la liquidación del comercio internacional.
En 1936, la Cámara de Comercio Internacional formuló los "Incoterms" para proporcionar una interpretación unificada de los nueve términos de precios más comunes en los contratos comerciales internacionales.
(6) Legislación comercial en los países modernos. Las regulaciones comerciales y marítimas de Francia promulgadas en 1673 y 1681 respectivamente, así como el Código de Comercio francés promulgado en 1807, fueron modificados y complementados sobre la base de las dos regulaciones anteriores.
Francia y Alemania adoptan un típico sistema dual de separación de asuntos civiles y comerciales en su legislación nacional. Suiza es un modelo legislativo típico que combina asuntos civiles y comerciales.
La legislación comercial de los Estados-nación modernos está mejorando gradualmente porque:
En primer lugar, las actividades comerciales a gran escala en los tiempos modernos siempre se han caracterizado por cruzar las fronteras de un país. en varios países se refiere principalmente y ha absorbido diversas prácticas establecidas en actividades comerciales internacionales;
En segundo lugar, dado que los países soberanos disfrutan de jurisdicción territorial y jurisdicción personal, las leyes y regulaciones comerciales de cada país también se aplican a los países extranjeros. -actividades comerciales relacionadas o actividades comerciales de empresarios nacionales, por lo tanto, el comportamiento comercial se ha convertido en una parte importante de las normas del derecho económico internacional.
En tercer lugar, el derecho económico internacional se encuentra en una etapa de transformación y renovación.
Tras el fin de la Segunda Guerra Mundial, el Tercer Mundo entró en el escenario político y económico internacional como una nueva fuerza independiente. Este y el primer y segundo mundo son interdependientes y cooperan entre sí, además de competir y luchar entre sí. Esto ha llevado a un importante punto de inflexión y a un nuevo patrón de relaciones económicas internacionales. El desarrollo del derecho económico internacional ha entrado gradualmente en un importante período de inflexión en el que se "elimina lo viejo y se reemplaza lo nuevo".
⑴Las instituciones de Bretton Woods y el Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio. En julio de 1944 se celebró la Conferencia Monetaria y Financiera de las Naciones Unidas en Bretton Woods, Estados Unidos. 45 países participantes firmaron el Acuerdo del Fondo Monetario Internacional y el Acuerdo del Banco Internacional de Reconstrucción y Desarrollo. Se establecieron formalmente las organizaciones correspondientes. Febrero de 1945. En octubre de 1947, 23 países firmaron el Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio en Ginebra e inmediatamente establecieron las organizaciones correspondientes. El objetivo principal de los dos primeros acuerdos es promover la cooperación internacional en aspectos monetarios y financieros en todo el mundo, promoviendo así la relativa estabilidad y liberalización de las relaciones monetarias y financieras internacionales. El objetivo del último acuerdo es promover la cooperación internacional en materia de aranceles y; comercio mundial, promoviendo así la liberalización del comercio internacional.
Aprovechando estos tres acuerdos como una oportunidad, comenzó a entrar en una importante etapa de ajuste de las principales relaciones económicas internacionales con los tratados comerciales internacionales multilaterales. Sus nuevas características son:
En primer lugar, aunque existen. Había tratados multilaterales o convenciones internacionales que regulaban las relaciones económicas internacionales, pero los objetos del ajuste son generalmente cuestiones relativamente menores, técnicas y especializadas, y el impacto en la vida económica de varios países y las relaciones económicas internacionales a menudo se limita a un pequeño vínculo o parte. ; los tres anteriores El objetivo de ajustar el acuerdo multilateral es a cuestiones importantes y clave que afectan a todo el sistema, como la moneda y las finanzas internacionales, las barreras arancelarias internacionales y los intercambios comerciales internacionales. Estas cuestiones afectan la vida económica general y fundamental de varios países. y las relaciones económicas internacionales.
En segundo lugar, muchos tratados comerciales bilaterales del pasado se referían simplemente a aranceles, comercio y cambio de divisas, con disposiciones generales y abstractas que carecían de medidas prácticas y concretas, y mucho menos de la liberalización de la circulación internacional de divisas y productos básicos. y la profundidad de sus disposiciones pertinentes son mucho menores que las de los tres acuerdos especiales multilaterales antes mencionados.
En tercer lugar, en el pasado, estos tratados comerciales bilaterales tenían disposiciones diferentes y su ámbito de aplicación se limitaba a las partes contratantes. Sin embargo, los tres acuerdos especiales multilaterales antes mencionados tienen una uniformidad y universalidad internacionales mucho más amplias.
En esencia y en su conjunto, los tres acuerdos especiales multilaterales mencionados anteriormente son una continuación del viejo orden económico internacional de la vieja era y no se puede considerar que tengan un significado trascendental. Porque:
En primer lugar, a mediados de la década de 1940, los países que participaban en la Conferencia de las Partes de los acuerdos multilaterales antes mencionados eran principalmente países desarrollados occidentales. Los contenidos relevantes del acuerdo reflejan principalmente los intereses y demandas de los países desarrollados occidentales liderados por Estados Unidos; la gran mayoría de los países del tercer mundo todavía se encuentran en estatus colonial o semicolonial y no hay representantes presentes. Sus intereses y deseos no se reflejan ni se respetan adecuadamente en estos acuerdos.
Por ejemplo, el Fondo Monetario Internacional es una organización intergubernamental basada en países, pero excluye el principio de "un país, un voto" y adopta un "sistema de votación ponderado" similar a una sociedad anónima. Con base en el mismo principio también se aprueban los derechos de voto de los directores nacionales y directores ejecutivos en los órganos de autoridad de la organización.
Otro ejemplo es el Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT), que exige que todas las partes contratantes apliquen la reciprocidad incondicionalmente y reduzcan significativamente los aranceles bajo la condición de completa reciprocidad. Este principio se aplica incondicionalmente y sin distinción a los países desarrollados y en desarrollo, lo que es obviamente injusto y a menudo conduce a la pérdida de mercados internos, daños a las industrias nacionales y una contracción del comercio exterior en los países en desarrollo.
En segundo lugar, en las décadas de 1940 y 1950, el antiguo sistema colonial todavía gobernaba el mundo. Después de la década de 1960, muchas colonias y semicolonias lucharon por la independencia política, pero a cambio, a menudo se vieron obligadas a firmar contratos y aceptaron conservar los intereses creados y el trato preferencial del país soberano original, manteniendo así un estatus económicamente subordinado y vasallo. El sistema de distribución de la riqueza mundial básicamente conserva su antigua apariencia. La brecha entre ricos y pobres es enorme, y los países ricos continúan explotando a los países pobres, haciendo así que los países ricos sean más ricos y los países pobres, más pobres.