Red de Respuestas Legales - Derecho empresarial - Una pequeña pregunta, ¿cuál es la base legal para que las escuelas protejan a los estudiantes? Artículo 37 Serán responsables los administradores de hoteles, centros comerciales, bancos, estaciones, lugares de entretenimiento y otros lugares públicos o los organizadores de actividades masivas que incumplan sus obligaciones de garantía de seguridad y causen daños a terceros. Responsabilidad. Si el comportamiento de un tercero causa daño a otros, el tercero asumirá la responsabilidad extracontractual; si el administrador u organizador no cumple con sus obligaciones de garantía de seguridad, asumirá la responsabilidad suplementaria correspondiente; Artículo 38 Si una persona sin capacidad para conducta civil sufre daños personales mientras estudia o vive en un jardín de infantes, escuela u otra institución educativa, el jardín de infantes, la escuela u otra institución educativa asumirá la responsabilidad, sin embargo, si se puede demostrar que el educativo. Se han cumplido las responsabilidades de gestión, el jardín de infancia, la escuela u otra institución educativa no serán responsables. Artículo 39 Si una persona con capacidad limitada para la conducta civil sufre lesiones personales mientras estudia y vive en una escuela u otra institución educativa, y la escuela u otra institución educativa no cumple con sus responsabilidades de gestión educativa, él asumirá la responsabilidad. Artículo 40 Si una persona sin capacidad para la conducta civil o una persona con capacidad limitada para la conducta civil es perjudicada personalmente por alguien que no sea un jardín de infantes, una escuela u otra institución educativa mientras estudia o vive, el autor del daño será responsable del daño causado por el jardín de infantes, la escuela; u otra institución educativa Si una institución no cumple con sus responsabilidades de gestión, asumirá las responsabilidades complementarias correspondientes.

Una pequeña pregunta, ¿cuál es la base legal para que las escuelas protejan a los estudiantes? Artículo 37 Serán responsables los administradores de hoteles, centros comerciales, bancos, estaciones, lugares de entretenimiento y otros lugares públicos o los organizadores de actividades masivas que incumplan sus obligaciones de garantía de seguridad y causen daños a terceros. Responsabilidad. Si el comportamiento de un tercero causa daño a otros, el tercero asumirá la responsabilidad extracontractual; si el administrador u organizador no cumple con sus obligaciones de garantía de seguridad, asumirá la responsabilidad suplementaria correspondiente; Artículo 38 Si una persona sin capacidad para conducta civil sufre daños personales mientras estudia o vive en un jardín de infantes, escuela u otra institución educativa, el jardín de infantes, la escuela u otra institución educativa asumirá la responsabilidad, sin embargo, si se puede demostrar que el educativo. Se han cumplido las responsabilidades de gestión, el jardín de infancia, la escuela u otra institución educativa no serán responsables. Artículo 39 Si una persona con capacidad limitada para la conducta civil sufre lesiones personales mientras estudia y vive en una escuela u otra institución educativa, y la escuela u otra institución educativa no cumple con sus responsabilidades de gestión educativa, él asumirá la responsabilidad. Artículo 40 Si una persona sin capacidad para la conducta civil o una persona con capacidad limitada para la conducta civil es perjudicada personalmente por alguien que no sea un jardín de infantes, una escuela u otra institución educativa mientras estudia o vive, el autor del daño será responsable del daño causado por el jardín de infantes, la escuela; u otra institución educativa Si una institución no cumple con sus responsabilidades de gestión, asumirá las responsabilidades complementarias correspondientes.