Red de Respuestas Legales - Derecho empresarial - ¿Cuál es el significado del principio de no discriminación de la OMC? El principio de no discriminación es el primer principio básico de la OMC y su sistema jurídico, y también es la norma más básica en las relaciones comerciales internacionales modernas. Es una extensión del principio de igualdad soberana nacional en las relaciones comerciales internacionales. El principio de trato no discriminatorio es uno de los principios más básicos de la OMC. También conocido como principio de no discriminación, este principio busca limitar los factores inherentes a las estrategias de poder económico y al sistema multilateral de comercio que discriminan a los productores extranjeros. El principio de no discriminación establece que un miembro no discriminará a otros miembros al imponer determinadas restricciones o prohibiciones. Afirma que se trata de un trato no discriminatorio si un miembro no adopta restricciones o prohibiciones que tampoco se apliquen a ningún otro país. Por el contrario, si un miembro adopta ciertas medidas restrictivas o prohibitivas basándose en ciertas razones (como circunstancias especiales) estipuladas en la convención o tratado, y esas medidas restrictivas o prohibitivas también se aplican a todos los demás países, también es consistente con el principio de trato no discriminatorio. Para garantizar la estabilidad y eficacia del orden económico y comercial internacional, desde su establecimiento, el Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio se ha comprometido a formar relaciones y sistemas comerciales internacionales multilaterales y no discriminatorios mediante la implementación de acuerdos más favorecidos. trato nacional y trato nacional y otras disposiciones. El principio de trato no discriminatorio tiene una amplia aplicación. Además de las preferencias arancelarias, los productos importados también reciben un trato no menos favorable que los productos nacionales en términos de restricciones cuantitativas, restricciones de cuotas de importación, subsidios, empresas comerciales estatales e impuestos internos. Además, el principio de no discriminación también se aplica a la valoración en aduana, la marca de origen, los procedimientos de importación y exportación, la publicación e implementación de regulaciones comerciales, etc. El Acuerdo de la Ronda Uruguay amplió aún más el ámbito de aplicación del principio de no discriminación. En primer lugar, todos los acuerdos sobre medidas de salvaguardia, inspecciones previas al envío y obstáculos técnicos al comercio contienen disposiciones sobre el principio de no discriminación. En segundo lugar, los acuerdos relacionados con el comercio de bienes (como el Acuerdo sobre Medidas en materia de Inversiones relacionadas con el Comercio y el Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio) también estipulan el principio de no discriminación. Por último, el principio de no discriminación es la norma más básica en el ámbito del comercio de servicios. Las excepciones al principio de no discriminación incluyen principalmente las medidas antidumping, las medidas compensatorias, la asistencia gubernamental para el desarrollo económico, las restricciones a la balanza de pagos, etc.

¿Cuál es el significado del principio de no discriminación de la OMC? El principio de no discriminación es el primer principio básico de la OMC y su sistema jurídico, y también es la norma más básica en las relaciones comerciales internacionales modernas. Es una extensión del principio de igualdad soberana nacional en las relaciones comerciales internacionales. El principio de trato no discriminatorio es uno de los principios más básicos de la OMC. También conocido como principio de no discriminación, este principio busca limitar los factores inherentes a las estrategias de poder económico y al sistema multilateral de comercio que discriminan a los productores extranjeros. El principio de no discriminación establece que un miembro no discriminará a otros miembros al imponer determinadas restricciones o prohibiciones. Afirma que se trata de un trato no discriminatorio si un miembro no adopta restricciones o prohibiciones que tampoco se apliquen a ningún otro país. Por el contrario, si un miembro adopta ciertas medidas restrictivas o prohibitivas basándose en ciertas razones (como circunstancias especiales) estipuladas en la convención o tratado, y esas medidas restrictivas o prohibitivas también se aplican a todos los demás países, también es consistente con el principio de trato no discriminatorio. Para garantizar la estabilidad y eficacia del orden económico y comercial internacional, desde su establecimiento, el Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio se ha comprometido a formar relaciones y sistemas comerciales internacionales multilaterales y no discriminatorios mediante la implementación de acuerdos más favorecidos. trato nacional y trato nacional y otras disposiciones. El principio de trato no discriminatorio tiene una amplia aplicación. Además de las preferencias arancelarias, los productos importados también reciben un trato no menos favorable que los productos nacionales en términos de restricciones cuantitativas, restricciones de cuotas de importación, subsidios, empresas comerciales estatales e impuestos internos. Además, el principio de no discriminación también se aplica a la valoración en aduana, la marca de origen, los procedimientos de importación y exportación, la publicación e implementación de regulaciones comerciales, etc. El Acuerdo de la Ronda Uruguay amplió aún más el ámbito de aplicación del principio de no discriminación. En primer lugar, todos los acuerdos sobre medidas de salvaguardia, inspecciones previas al envío y obstáculos técnicos al comercio contienen disposiciones sobre el principio de no discriminación. En segundo lugar, los acuerdos relacionados con el comercio de bienes (como el Acuerdo sobre Medidas en materia de Inversiones relacionadas con el Comercio y el Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio) también estipulan el principio de no discriminación. Por último, el principio de no discriminación es la norma más básica en el ámbito del comercio de servicios. Las excepciones al principio de no discriminación incluyen principalmente las medidas antidumping, las medidas compensatorias, la asistencia gubernamental para el desarrollo económico, las restricciones a la balanza de pagos, etc.