¿Qué medidas obligatorias pueden implementar los órganos de seguridad pública según la Ley de Procedimiento Penal?
2. Libertad bajo fianza en espera de juicio. La libertad bajo fianza en espera de juicio en un proceso penal se refiere a una medida coercitiva en la que los órganos judiciales ordenan a los sospechosos o acusados criminales no arrestados que proporcionen un garante o paguen un depósito para garantizar que no eludan ni obstaculicen la investigación, el procesamiento o el juicio, y que estén disponibles. en cualquier momento.
3. Vigilancia residencial. La vigilancia residencial se refiere a una medida coercitiva en la que las autoridades judiciales ordenan a los sospechosos o acusados de delitos no arrestados que no abandonen su residencia sin aprobación, o que no abandonen una residencia designada sin aprobación, y que supervisen y controlen su comportamiento de conformidad con la ley. Los objetos aplicables de la vigilancia domiciliaria son los mismos que los que se encuentran en libertad bajo fianza en espera de juicio. Cuando un sospechoso o acusado de un delito no puede encontrar un garante y no puede entregar un depósito, se adopta la vigilancia residencial. El período máximo de vigilancia residencial no excederá de 6 meses. Durante el período de vigilancia domiciliaria no se interrumpirá la investigación, el procesamiento y el juicio del caso.
4. Detención. La detención en procesos penales se refiere a las medidas obligatorias que la Fiscalía Popular y los órganos de seguridad pública toman para restringir temporalmente la libertad personal de los delincuentes actuales o de los principales sospechosos durante el proceso de investigación y en emergencias legales.
5. El arresto se refiere a una medida coercitiva adoptada por órganos judiciales para privar temporalmente a sospechosos o acusados de delitos de su libertad personal de conformidad con la ley a fin de evitar que obstruyan los procedimientos penales, eludan la investigación, el procesamiento o el juicio o causen daño social. Esta es la medida coercitiva más severa en un proceso penal.
Base jurídica: "Ley de Procedimiento Penal de la República Popular China"
Artículo 66 Los tribunales populares, las fiscalías populares y los órganos de seguridad pública podrán, según las circunstancias del caso, procesar a sospechosos y acusados de delitos Arresto, liberación bajo fianza en espera de juicio o vigilancia residencial.
Artículo 80 La detención de sospechosos o imputados de delitos deberá ser aprobada por la Fiscalía Popular o decidida por el Tribunal Popular, y será ejecutada por los órganos de seguridad pública.