12368 Consulta en línea sobre divulgación de información sobre el proceso de prueba
Base jurídica: Artículo 136 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Al conocer de un caso civil, el tribunal popular notificará a las partes y a otros participantes en el litigio tres días antes de la audiencia. Si la audiencia se celebra en público, se anunciarán los nombres de las partes, la causa del caso, la hora y el lugar de la audiencia.
Artículo 148 de la Ley de Procedimiento Civil: Los tribunales populares pronunciarán públicamente sentencias en los casos que se conozcan en público o no. Si la sentencia se pronuncia en un tribunal, la sentencia se notificará dentro de los diez días; si la sentencia se pronuncia en forma programada, se emitirá una sentencia por escrito inmediatamente después de que se pronuncie la sentencia; Al dictar sentencia, se debe informar a las partes de su derecho a apelar, del plazo para apelar y del tribunal de apelación. Cuando se anuncia una sentencia de divorcio, se debe informar a las partes que no podrán volver a casarse antes de que la sentencia entre en vigor legalmente.