Una ley puede no ser efectiva, pero definitivamente lo será.
(1) La ratificación es un tipo de comportamiento de subsidio implementado por el titular del derecho de ratificación para hacer efectivas las acciones de otras personas de validez incierta. La ratificación es un acto jurídico civil unilateral que surte efectos cuando se completa la manifestación de la intención. Su función es suplir la falta de requisitos legales para los actos cuya validez es indeterminada. ¿Quién es el sujeto del derecho de ratificación? Varía según los diferentes tipos de comportamiento. Si no hay derecho de disposición, el derecho de ratificación pertenece a la persona que tiene el derecho de disposición; si no hay derecho de agencia, el derecho de ratificación pertenece a la persona (es decir, el principal en el caso de compromiso de deuda); , el derecho de ratificación corresponde al acreedor; el derecho de ratificación es el acto de ratificación de una persona con capacidad limitada para la conducta civil. El derecho de ratificación debe realizarse mediante la manifestación de la intención de las partes ante la contraparte del acto cuya validez aún no está determinada. Si se completa la ratificación, se complementarán los requisitos para la efectividad de la ley que se determine, salvo que el titular del derecho de ratificación declare expresamente que la ley que se determine tendrá carácter retroactivo. (2) El derecho de recordatorio se refiere al derecho de la contraparte a informar los hechos e instar al ratificador a implementar la ratificación dentro de un cierto período de tiempo. El apartado 2 del artículo 47 de la Ley de Contratos establece que la contraparte podrá instar al representante legal a ratificar el contrato en el plazo de un mes. Si el representante legal no expresa su opinión, se tendrá por denegada la ratificación. Antes de la ratificación del contrato, la contraparte de buena fe tiene derecho a revocar el contrato. La revocación se efectuará mediante notificación. El artículo 8, párrafo 2, establece que la parte correspondiente podrá instar al mandante a ratificar dentro de algunos meses. Si el mandante no hace declaración, se entenderá como negativa a ratificar. Antes de que el contrato sea reconocido obligatoriamente, la contraparte de buena fe tiene derecho a revocar el contrato. La revocación se efectuará mediante notificación. Según la normativa, cuando la contraparte insta al titular del derecho de ratificación a ejercer el derecho de ratificación, se puede conceder un plazo de ratificación de un mes. Si no ratifican dentro de este plazo, se considerará que han rechazado la ratificación. (3) El derecho de revocación se refiere al derecho de la contraparte de un acto cuya validez es indeterminada a revocar su manifestación de intención. El derecho de revocación y el derecho de citación son derechos de la contraparte, y la diferencia entre ellos radica principalmente en las distintas expectativas respecto de actos cuya validez aún está por determinar. El ejercicio por parte de la contraparte del poder de citación es expresar la expectativa de que la persona con derechos de ratificación ratificará el acto y lo hará efectivo, mientras que el ejercicio del derecho de revocación indica que la contraparte no desea que el acto sea efectivo. Los requisitos legales del derecho de revocación son: (1) El derecho de revocación debe ocurrir antes de que se ratifique el derecho de ratificación. Una vez ejercido el derecho de ratificación, el efecto indeterminado se hará efectivo y la contraparte no podrá ejercer el derecho de revocación. revocación. (2) La manifestación de la intención de rescindir debe hacerse expresamente. (3) La contraparte debe ser de buena fe, es decir, no hay culpa en la falta de elementos eficaces para un acto cuya validez no está determinada. Si sabes que otro actor carece de capacidad, no tienes derecho a cancelarlo.