¿El fiscal de primer nivel es un cuadro a nivel departamental?
Obligaciones de los fiscales:
1. Respetar estrictamente la constitución y las leyes;
2. Manejar los asuntos de manera imparcial y no doblar la ley para beneficio personal;
3. Proteger los derechos litigantes de las partes y otros participantes en el litigio de conformidad con la ley;
4. Salvaguardar los intereses nacionales, los intereses sociales y salvaguardar los derechos e intereses legítimos de las personas. y organizaciones;
5. Guardar los secretos de Estado y de trabajo fiscal, y guardar los secretos comerciales y la intimidad personal conocidos en el desempeño de sus funciones;
6. de conformidad con la ley;
7. Interpretar la ley manejando los casos de acuerdo con la ley, mejorar el concepto de estado de derecho y promover la construcción de una sociedad de estado de derecho;
8. Las demás obligaciones que establezca la ley.
Además de desempeñar funciones de fiscalía, el fiscal general, el fiscal general adjunto y los miembros del comité de fiscalía también desempeñarán funciones acordes con sus funciones.
Base jurídica: Artículo 7 de las “Disposiciones Provisionales sobre el Grado de los Fiscales de la República Popular China”.
Los fiscales implementan los siguientes niveles de preparación laboral:
(1) Fiscalía Popular Suprema:
Procurador General: Fiscal Jefe;
Fiscal General Adjunto: Fiscal de Primera Clase a Fiscal de Segunda Clase;
Miembros del Comité de Fiscalía: Fiscal de Segunda Clase a Fiscal Superior de Segunda Clase;
Fiscal: Fiscal Superior de Primera Clase a Nivel de Fiscal Superior 4;
Fiscal Adjunto: Fiscal Nivel 1 a Fiscal Nivel 3.
(2) Fiscalías Populares de provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central:
Procurador General: Fiscal General de segundo nivel;
Suplente Fiscal General: Fiscal General de primer nivel a Fiscal general de tercer nivel;
Miembros del Comité de Fiscalía: Fiscal superior de segundo nivel a Fiscal superior de cuarto nivel;
Fiscales: de segundo nivel fiscal superior de primer nivel a fiscal de segundo nivel;
Fiscales adjuntos: fiscales del primer nivel al cuarto nivel.
(3) Fiscalías Populares provinciales y autónomas, prefecturas autónomas y Fiscalías Populares municipales a nivel provincial:
Fiscales generales: fiscales superiores de primer nivel a fiscales superiores de tercer nivel ;
Fiscal General Adjunto: Fiscal General Superior de Nivel 2 a Nivel 4;
Miembros del Comité Procuratorial: Fiscal Superior de Nivel 3 a Fiscal de Nivel 1;
Fiscal: Fiscal Superior Nivel 3 a Fiscal Nivel 3;
Fiscal Adjunto: Fiscal Nivel 2 a Nivel 5.
(4) Fiscalías Populares de condados, ciudades, condados autónomos y distritos municipales:
Procurador General: fiscales superiores de tercer a cuarto nivel;
Procurador General Adjunto: Del fiscal superior de cuarto nivel al fiscal de primer nivel;
Miembros del Comité de Enjuiciamiento: del fiscal superior de cuarto nivel al fiscal superior de segundo nivel;
Fiscales: desde cuatro fiscales superiores hasta el fiscal de cuarto nivel Fiscales;
Fiscales adjuntos: fiscales del tercer nivel al quinto nivel.