Red de Respuestas Legales - Derecho empresarial - La junta general de accionistas de una sociedad cotizada podrá revisar y aprobar la constitución de garantías para objetos de garantía cuya relación activo-pasivo supere el 100%.

La junta general de accionistas de una sociedad cotizada podrá revisar y aprobar la constitución de garantías para objetos de garantía cuya relación activo-pasivo supere el 100%.

(1) Las garantías externas proporcionadas por las sociedades cotizadas deben ser revisadas por el consejo de administración o la junta de accionistas.

(2) Los estatutos de una empresa que cotiza en bolsa deben aclarar la autoridad de la junta de accionistas y del consejo de administración para aprobar garantías externas, así como el sistema de responsabilidad por violaciones de la autoridad de aprobación y procedimientos de revisión.

(3) Las garantías externas que deben ser aprobadas por la asamblea de accionistas deben ser revisadas y aprobadas por el directorio antes de ser sometidas a la aprobación de la asamblea de accionistas. Las garantías externas que deben ser aprobadas por la junta general de accionistas incluyen, entre otras, las siguientes situaciones:

① Cualquier garantía proporcionada después de que las garantías externas totales de una empresa que cotiza en bolsa y sus filiales controladoras superen el 50% del los últimos activos netos auditados;

(2) Garantías otorgadas para objetos de garantía cuya relación activo-pasivo supere el 70%;

(3) Una garantía única con un monto superior al 10% del los últimos activos netos auditados;

④ Garantías otorgadas a los accionistas, controladores reales y sus partes relacionadas.

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