¿Tiene 17 capacidad de conducta civil?
¿Es 1.17 un actor completamente civilizado?
Se considera jurídicamente persona con plena capacidad de conducta civil a la persona que tiene más de 17 años y depende de sus propios ingresos como principal medio de subsistencia. Quienes no tienen ingresos o cuyos ingresos no constituyen su principal fuente de sustento son personas con capacidad limitada de conducta civil.
El Código Civil de mi país establece que es mayor de edad una persona física que ha cumplido 18 años. Los adultos son personas con plena capacidad para la conducta civil y pueden realizar de forma independiente actos jurídicos civiles. Los menores de 16 años que dependen de sus propios ingresos laborales como principal fuente de subsistencia se consideran personas con plena capacidad de conducta civil. Según la interpretación del Tribunal Popular Supremo, las personas físicas mayores de 16 años y menores de 18 pueden considerarse personas con plena capacidad de conducta civil que dependen de sus propios ingresos laborales como principal fuente de sustento y pueden para mantener el nivel de vida general de la población local.
2. Responsabilidades Legales de los Adultos
Son mayores de edad las personas físicas mayores de 18 años. Los adultos son personas con plena capacidad para la conducta civil y pueden realizar de forma independiente actos jurídicos civiles. Los menores de 16 años que dependen de sus propios ingresos laborales como principal fuente de subsistencia se consideran personas con plena capacidad de conducta civil. Los ciudadanos mayores de 16 años y menores de 18 años, que puedan obtener ingresos de sus propios ingresos laborales y mantener el nivel de vida general de la población local, pueden considerarse personas con plena capacidad de conducta civil cuya principal fuente de ingresos el sustento es su propio ingreso laboral. Si el autor tiene menos de 18 años en el momento de la infracción, pero tiene más de 18 años en el momento de la demanda y tiene capacidad económica, asumirá la responsabilidad civil si el autor no tiene capacidad económica, el tutor original; asumirá la responsabilidad civil. Por lo tanto, quien se considera que tiene plena capacidad para la conducta civil asumirá la responsabilidad civil de sus actos de conformidad con la ley.
3. Respecto a la división por edades de la responsabilidad legal.
Las personas físicas mayores de 18 años son adultos con plena capacidad para la conducta civil y pueden realizar de forma independiente actividades civiles.
Se consideran personas con plena capacidad de conducta civil los menores de edad mayores de 16 años que dependen de sus propios ingresos laborales como principal fuente de subsistencia.
Los menores de ocho años (incluidos los de ocho años) y los adultos que no puedan identificar plenamente su propio comportamiento son personas con capacidad limitada para una conducta cívica. Están representados por un apoderado legal o aprobados o ratificados por un apoderado legal, pero pueden realizar de forma independiente actos jurídicos civiles que sean puramente lucrativos o que sean proporcionales a su edad e inteligencia.
Son personas sin capacidad para la conducta civil los menores de ocho años y los mayores de edad que no puedan identificar su propia conducta, actuando sus representantes legales como agentes para la realización de actos jurídicos civiles.
En resumen, los 16 años son un punto divisorio evidente en la legislación de nuestro país. Si tiene más de 16 años y ya puede obtener ingresos de su propio trabajo, entonces este joven de 16 años ya es una persona con plena capacidad de conducta civil. Si no has obtenido ingresos de tu propio trabajo, no eres una persona con plena capacidad civil.