Reglamento de prevención de epidemias animales de Shanghai
Los gobiernos populares de los municipios y ciudades y las oficinas subdistritales llevarán a cabo trabajos de prevención de enfermedades animales en sus respectivas regiones de acuerdo con los requisitos de los gobiernos populares del distrito y del condado.
Los departamentos administrativos pertinentes del gobierno deberán, de acuerdo con sus respectivas responsabilidades, coordinar el trabajo relacionado con la prevención de epidemias animales. Artículo 5 Las agencias municipales, de distrito y de condado de supervisión de la salud animal y las agencias de prevención y control de enfermedades animales implementarán la supervisión de la prevención de epidemias animales y la prevención y cuarentena de enfermedades animales, respectivamente, según lo estipulado en la "Ley de Prevención de Epidemias Animales de la República Popular China".
Las organizaciones municipales de prevención de epidemias animales son responsables del trabajo diario de prevención de epidemias animales en sus respectivas jurisdicciones. Artículo 6 Los gobiernos populares de todos los niveles incorporarán la labor de prevención de epidemias animales en los planes nacionales de desarrollo económico y social y garantizarán los fondos necesarios para la prevención de epidemias animales. Artículo 7 Esta ciudad apoya a las instituciones de seguros en la realización de negocios de seguros contra enfermedades animales y alienta a las granjas de animales y a los agricultores a participar en seguros contra enfermedades animales.
Las instituciones de seguros implementarán medidas de seguro para la industria de cría de animales de acuerdo con la póliza de seguro agrícola de la ciudad y compensarán rápidamente a las granjas de animales y a los criadores por pérdidas dentro del alcance del seguro de acuerdo con el contrato de seguro. Capítulo 2 Prevención de enfermedades animales Artículo 8 Los departamentos administrativos de ganadería y veterinaria municipales, distritales y de condado formularán planes de implementación para la prevención de enfermedades animales dentro de sus respectivas regiones administrativas con base en el plan de prevención de enfermedades animales de la ciudad. Artículo 9 Esta ciudad podrá implementar la inmunización obligatoria contra enfermedades animales que no estén incluidas en el catálogo de enfermedades de inmunización obligatoria prescritas por el estado pero que pongan en grave peligro la industria ganadera y la salud humana. Las enfermedades y áreas que implican la inmunización obligatoria serán propuestas por el departamento administrativo municipal de ganadería y veterinaria, y serán organizadas e implementadas después de la aprobación del Gobierno Popular Municipal.
La inmunización obligatoria es organizada e implementada por la agencia de prevención y control de enfermedades animales y supervisada por la agencia de supervisión de la salud animal. Artículo 10 La agencia municipal de prevención y control de enfermedades animales será responsable, de acuerdo con el plan de prevención de epidemias animales, de ordenar y organizar unificadamente el suministro de productos biológicos necesarios para la inmunización obligatoria y las reservas adecuadas de medicamentos, productos biológicos y otros. materiales relacionados necesarios para la prevención, control y erradicación de enfermedades animales y establecer sistemas de gestión correspondientes para asegurar el suministro oportuno de materiales de prevención de epidemias animales. Artículo 11 Las granjas de cría de animales implementarán la inmunización obligatoria de acuerdo con las regulaciones pertinentes sobre prevención y control de enfermedades animales y las unidades y las personas que críen animales en libertad aceptarán y cooperarán con las agencias de prevención y control de enfermedades animales en la implementación de la inmunización obligatoria.
Las granjas de cría de animales deben establecer sus propios sistemas de prevención de epidemias animales, establecer archivos de prevención y control de enfermedades animales y estar equipadas con veterinarios y técnicos profesionales. Las organizaciones municipales de prevención de epidemias animales deben establecer prevención de enfermedades animales en libertad y; archivos de control. Artículo 12 Durante el transporte de animales, no se sacrificarán, venderán ni abandonarán animales enfermos, moribundos o muertos, y no se descartarán ni esparcirán en el camino lechos y excrementos de animales. Artículo 13 Está prohibido vender animales y productos animales que no tengan certificados de cuarentena, no sean consistentes con los productos reales y no sean consistentes con los sellos de inspección y marcas de cuarentena pertinentes.
Está prohibido sacrificar y vender cerdos, bovinos, ovinos, perros y otros animales que no lleven signos de inmunidad de acuerdo con la normativa nacional. Artículo 14 Las grandes granjas de cría de animales, mataderos y otros lugares deben tener capacidades de tratamiento inofensivo y establecer las correspondientes instalaciones de tratamiento inofensivo.
Producción y operación, diagnóstico y tratamiento animal, investigación y educación científica y otras unidades que no tienen la capacidad de realizar un tratamiento inofensivo. , los animales, productos animales y artículos relacionados que requieran un tratamiento inofensivo deben enviarse a sitios de tratamiento inofensivos designados y confiarse a su procesamiento.
Los sitios de tratamiento inofensivos en esta ciudad son planificados por el Gobierno Popular Municipal. Capítulo 3 Control y erradicación de enfermedades epidémicas animales Artículo 15 El Departamento Administrativo Municipal de Ganadería y Veterinaria deberá, de acuerdo con el sistema nacional de gestión de epidemias animales, gestionar de manera uniforme la información epidémica animal de la ciudad y divulgar la información epidémica animal de la ciudad de acuerdo con el autorización del Departamento Administrativo de Ganadería y Veterinaria del Consejo de Estado. Artículo 16 Los gobiernos populares municipales y de distrito/condado formularán planes de respuesta de emergencia para epidemias animales importantes basados en las condiciones reales de la región, los presentarán al departamento de gestión veterinaria y de cría de animales del siguiente nivel superior para su presentación y establecerán un plan de emergencia. Equipo de reserva para la prevención de epidemias animales. El equipo de reserva de emergencia para la prevención de epidemias animales está compuesto por personal de departamentos administrativos como ganadería y medicina veterinaria, salud y seguridad pública y expertos pertinentes. Realiza periódicamente capacitación técnica y simulacros sobre el control de emergencia de las principales epidemias animales.
Los departamentos administrativos de ganadería y veterinaria municipales, distritales y de condado formularán planes de implementación respectivamente basados en los principales planes de emergencia para enfermedades animales formulados por el gobierno popular al mismo nivel y en función de diferentes enfermedades animales y sus características epidémicas. y grado de daño. Artículo 17: Unidades dedicadas a la producción y explotación de animales y productos animales, diagnóstico y tratamiento animal, investigación y educación científica, etc. , debe establecer un sistema estadístico y de registro epidémico e informar periódicamente a la agencia de prevención y control de enfermedades animales de la ciudad, distrito o condado local si se descubre que un grupo de animales está muerto o infectado con la enfermedad, o animales o productos animales sospechosos de tenerla; Si está infectado, debe informarse a la ciudad, distrito o condado local de manera oportuna. Informe de la agencia de control y prevención de enfermedades animales del condado. Otras unidades e individuos que descubran animales o productos animales que estén infectados o que se sospeche que están infectados deberán informar a la agencia de prevención y control de enfermedades animales municipal, de distrito o de condado.
Los organismos de prevención y control de enfermedades animales vigilarán las epidemias animales de conformidad con la ley. Las unidades y las personas que crían y operan animales y producen y operan productos animales cooperarán y no se negarán ni obstruirán.