De los cuatro principales delincuentes, dos han contratado abogados. ¿Los otros dos no pueden contratar abogados?
Otros no necesitan un abogado; depende del sospechoso. Contratar a un abogado puede proteger mejor los derechos e intereses legítimos de los sospechosos de delitos.
El artículo 35 de la “Ley de Procedimiento Penal”, el deber del defensor es aportar materiales y dictámenes sobre si el sospechoso o imputado es inocente, tiene un delito menor o tiene su responsabilidad penal reducida o eximidos con base en los hechos y las opiniones y salvaguardar los derechos de litigio y otros derechos e intereses legítimos de los sospechosos y acusados de delitos.