Red de Respuestas Legales - Derecho empresarial - La diferencia entre garantía general y garantía de responsabilidad solidaria: una fórmula sencilla

La diferencia entre garantía general y garantía de responsabilidad solidaria: una fórmula sencilla

1. La responsabilidad de garantía general exige que cuando el deudor incumple la deuda, el garante comienza a asumir la responsabilidad de garantía. Es decir, si el acreedor exige que el garante asuma la responsabilidad antes de que se haya escuchado o arbitrado la disputa contractual principal y la propiedad del deudor no haya sido ejecutada de acuerdo con la ley, el garante tiene derecho a negarse.

2. La garantía de responsabilidad solidaria se refiere a una garantía en la que el garante y el deudor responden solidariamente de la deuda principal. Las garantías solidarias siguen teniendo el carácter subordinado de las garantías generales. Las garantías solidarias aún requieren la constitución y existencia de la deuda principal como condición necesaria para su existencia. Las garantías solidarias no son complementarias. El garante solidario y el deudor asumen responsabilidad solidaria, y el acreedor puede exigir primero al garante que cumpla sus obligaciones de garantía, independientemente de si los bienes del deudor principal pueden liquidarse.

3. Según la Ley de Garantías, existen dos tipos de garantías otorgadas por el garante: garantía general y garantía de responsabilidad solidaria. El artículo 17 de la "Ley de Garantías" estipula: "Si las partes convienen en el contrato de garantía que cuando el deudor incumple sus deudas, el fiador asumirá la responsabilidad de la garantía, se trata de una garantía general". La garantía no ha juzgado ni arbitrado la disputa sobre el contrato principal, del deudor. Antes de que la propiedad sea ejecutada conforme a la ley, puede negarse a asumir la responsabilidad de garantía frente al acreedor. Entre las formas en que el garante asume la garantía, el riesgo de garantía general. es el más pequeño, y se otorga al garante el derecho de defensa y el derecho de reembolso de segundo orden.

4. La garantía de responsabilidad solidaria es una responsabilidad importante del garante. No existe diferencia entre la responsabilidad del deudor y la del garante. Mientras el deudor no cumpla con la deuda dentro de la fecha de vencimiento, el acreedor puede exigir al deudor o al garante que cumpla la deuda, o puede exigir al deudor que comparta la deuda. El fiador no podrá negarse a cumplir la obligación de garantía por el hecho de que el acreedor no haya exigido al deudor el cumplimiento previo de la deuda. Por lo tanto, se recomienda que el garante aclare si se trata de una "garantía general" o una "garantía de responsabilidad solidaria" en el contrato de garantía para evitar pérdidas innecesarias.