Según lo dispuesto en el Código Civil, ¿qué son los contratos nulos?
1. Según lo dispuesto en el Código Civil, ¿qué son los contratos nulos?
1. El contrato será nulo si se produce alguna de las siguientes circunstancias:
(1) La violación de disposiciones imperativas de leyes y reglamentos administrativos será nula.
(2) Si el actor se confabula maliciosamente con la contraparte para dañar los derechos e intereses legítimos de otros, será nulo.
(3) Es nulo si viola el orden público y las buenas costumbres.
2. No es válida la cláusula de exención del contrato que cause daños personales o materiales a la otra parte por culpa intencionada o grave.
3. Base jurídica: “Código Civil”
Artículo 153 La validez de los actos jurídicos civiles que violen las disposiciones imperativas y el orden público y las buenas costumbres. Son nulos los actos jurídicos civiles que violen las disposiciones imperativas de las leyes y reglamentos administrativos. Sin embargo, las disposiciones imperativas no invalidan los actos jurídicos civiles excepto aquellos.
Son nulas las acciones judiciales civiles que atenten contra el orden público y las buenas costumbres.
Artículo 154: Son nulos los actos jurídicos civiles en los que el actor se confabula maliciosamente con la contraparte para lesionar derechos e intereses legítimos de otros.
Artículo 155 El acto jurídico civil que es nulo o revocado es nulo desde el principio y no tiene fuerza jurídica vinculante desde el principio.
Efectividad de las cláusulas de exención de responsabilidad Las siguientes cláusulas de exención de responsabilidad de este contrato no son válidas:
(1) causar daños personales a la otra parte;
(2) causar Lesión intencional o grave Causar negligentemente daños a la propiedad de la otra parte.
2. ¿Cuáles son las características de un contrato inválido?
1.
La llamada ilegalidad se refiere a la violación de disposiciones imperativas de leyes, reglamentos administrativos e intereses sociales y públicos.
2, con incumplimiento.
Incumplimiento significa que después de celebrar un contrato inválido, las partes no cumplen con el contrato real y no asumen responsabilidad por el incumplimiento.
3. Un contrato nulo es nulo desde el principio.
Los contratos no válidos violan disposiciones legales y no son reconocidos ni protegidos por el Estado. Una vez que se confirme su nulidad, tendrá efectos retroactivos, de modo que el contrato no será jurídicamente vinculante desde la fecha de su celebración y no se convertirá en un contrato válido en el futuro.
Son nulos los contratos que violen las disposiciones imperativas de las leyes y normas administrativas del Código Civil, donde el actor se confabula maliciosamente con la contraparte, lesiona los derechos e intereses legítimos de otros y viola el orden público y las buenas costumbres. .