¿Una persona que viole las regulaciones derribará a toda la familia?
Artículo 3 del "Reglamento del Tribunal Supremo Popular sobre la restricción del alto consumo de las personas sujetas a ejecución" Si la persona sujeta a ejecución es una persona física, después de haber sido restringida del alto consumo, no podrá realizar en los siguientes actos de pago de gastos con su propiedad:
(1) Al tomar transporte, elija cabinas de segunda clase o superior en aviones, trenes y barcos;
(2) En hoteles, hoteles, discotecas y campos de golf con estrellas o superiores y otros lugares de alto consumo;
(3) Compra de bienes inmuebles o viviendas de nueva construcción, ampliadas o decoradas de alta gama;
(4) Arrendar edificios de oficinas, hoteles, apartamentos y otros lugares de trabajo de alta gama;
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(5) Comprar vehículos no esenciales
(6) Viajes y vacaciones
(7) Los niños asisten a escuelas privadas con tarifas elevadas
(8) Pagar primas elevadas para adquirir seguros y productos financieros;
(9) Otras conductas de alto consumo que no son necesarias para la vida y el trabajo.
Después de que el sujeto de ejecución pertenezca a una unidad y esté restringido de alto consumo, el sujeto de ejecución y su representante legal, responsable principal y personas directamente responsables de afectar el desempeño de la deuda tienen prohibido utilizar la propiedad de la unidad para aplicar lo dispuesto en el apartado 1 de este artículo.
"Varias disposiciones del Tribunal Supremo Popular sobre la publicación de información sobre la lista de personas deshonestas sujetas a ejecución"
Artículo 1: La persona sujeta a ejecución incumple las obligaciones especificado en el documento legal vigente y concurra cualquiera de las siguientes circunstancias: , el tribunal popular los incluirá en la lista de personas deshonestas sujetas a ejecución y les impondrá sanciones crediticias de conformidad con la ley: (1) Negarse a cumplir las obligaciones especificado en documentos legales efectivos a pesar de tener la capacidad de realizar; (2) Obstruir u obstruir o cometer delitos mediante la falsificación de pruebas, violencia o amenazas (3) evadir la ejecución mediante litigios falsos, arbitraje falso u ocultación o transferencia de propiedad; (4) violar el sistema de informes de propiedad; (5) violar las órdenes de restricción de consumo; (6) negarse a cumplir sin razones justificables el acuerdo de conciliación.
Artículo 2 Si la persona sujeta a ejecución se encuentra en las circunstancias especificadas en los incisos 2 a 6 del artículo 1 de este Reglamento, el período de estar incluido en la lista de personas sujetas a ejecución sin confianza será de dos años. Si el sujeto de ejecución obstruye o se resiste a la ejecución mediante violencia o amenazas, o si las circunstancias son graves o ha cometido múltiples abusos de confianza, la prórroga podrá ampliarse de uno a tres años. Si la persona sujeta a ejecución cumple activamente las obligaciones especificadas en el documento legal vigente o corrige activamente el comportamiento no confiable, el tribunal popular puede decidir eliminar la información no confiable por adelantado.