¿Cuál es la diferencia entre una fianza de 30 días y una fianza de 37 días?
Por supuesto, en la etapa de arresto posterior a la detención penal por seguridad pública, y en las etapas posteriores de fiscalía y tribunal, también existe la posibilidad de quedar en libertad bajo fianza en espera de juicio, pero la proporción es muy pequeña.
(2018) Ley de Procedimiento Penal
Artículo 34: El sospechoso de un delito tiene derecho a confiar un defensor desde el primer día del interrogatorio o de las medidas coercitivas adoptadas por el organismo de investigación. Durante la investigación, sólo se puede confiar la defensa a abogados. El acusado tiene derecho a confiar un defensor en cualquier momento.
Artículo 91 El plazo máximo de detención penal durante la etapa de investigación es de treinta y siete días. Si el órgano de seguridad pública considera necesario arrestar a una persona detenida, deberá someter el asunto a la Fiscalía Popular para su revisión y aprobación dentro de los tres días siguientes a la detención. En circunstancias especiales, el plazo de aprobación podrá ampliarse de uno a cuatro días.
Para los principales sospechosos que cometen delitos con frecuencia, cometen delitos repetidamente o conspiran para cometer delitos, el tiempo de revisión y aprobación puede ampliarse a 30 días.
La Fiscalía Popular tomará la decisión de aprobar o desaprobar la detención dentro de los siete días siguientes a la recepción de la carta de aprobación del órgano de seguridad pública. Si la Fiscalía Popular no aprueba el arresto, el órgano de seguridad pública liberará a la persona inmediatamente después de recibir la notificación y notificará inmediatamente a la Fiscalía Popular para su ejecución. Quienes necesiten continuar la investigación y cumplir las condiciones para la libertad bajo fianza en espera de juicio o vigilancia residencial serán puestos en libertad bajo fianza en espera de juicio o puestos bajo vigilancia residencial de conformidad con la ley.