¿Cuál es la relación entre el Acuerdo sobre los ADPIC y los cuatro importantes convenios internacionales sobre propiedad intelectual?
La Ronda Uruguay de negociaciones comerciales que concluyó en 1994 dio como resultado el Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (ADPIC). El acuerdo final de esta ronda de negociaciones decidió establecer la Organización Mundial del Comercio (OMC) y formuló las reglas correspondientes. Es decir, los miembros de la OMC deben respetar todos los acuerdos, incluido el Acuerdo sobre los ADPIC, y al mismo tiempo simplificar el mecanismo de solución de disputas comerciales entre los estados miembros. Desde junio de 54 a octubre de 2002, la OMC tiene 144 miembros y su volumen comercial representa más del 90 por ciento del volumen comercial mundial. Más de 30 países están negociando para unirse.
El Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio exige que todos los miembros de la OMC proporcionen una protección mínima para una amplia gama de derechos de propiedad intelectual, incluidos derechos de autor, patentes, marcas registradas, diseños industriales, indicaciones geográficas y sistemas integrados. diseños de circuitos e información no divulgada. De esta manera, el Acuerdo sobre los ADPIC cubre casi todos los acuerdos internacionales de propiedad intelectual existentes, como el Convenio de París de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual y el Convenio de Nepal, y añade algunas obligaciones nuevas, como indicaciones geográficas, patentes, secretos comerciales y obligaciones gubernamentales en la aplicación de la ley. derechos de propiedad intelectual.
El Consejo de los ADPIC, al que asisten representantes de todos los estados miembros, es responsable de gestionar los asuntos relacionados con el Acuerdo sobre los ADPIC. De conformidad con el mandato del propio Acuerdo y los requisitos de la Conferencia Ministerial bienal de la OMC, el Consejo de los ADPIC examina la implementación de todos los aspectos del Acuerdo sobre los ADPIC.
En el proceso de implementación del Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio, las cuestiones más controvertidas son las siguientes:
Si los objetivos estipulados en el artículo 7, a saber, "conocimiento ", se puede lograr. Los derechos de propiedad deberían facilitar la transferencia de tecnología", especialmente a los miembros en desarrollo de la OMC.
Puede haber una contradicción entre el artículo 8 del Acuerdo sobre los ADPIC y otras disposiciones del Acuerdo. El artículo 8 permite a los miembros tomar las medidas necesarias para proteger la salud pública y prevenir el abuso de los derechos de propiedad intelectual en el marco del Acuerdo sobre los ADPIC; otros artículos estipulan la obligación de proporcionar protección mediante patente a los medicamentos y las condiciones para la concesión de licencias obligatorias (artículo 31). y excepciones en materia de patentes. Alcance (Artículo 30), etc.
lArtículo 39 del acuerdo, relativo a la protección de los datos experimentales frente al "uso comercial desleal".
La racionalidad del artículo 23 del Acuerdo que proporciona protección adicional a las indicaciones geográficas de vinos y bebidas espirituosas.
lEl alcance de la protección de patentes para invenciones biológicamente relacionadas, como microorganismos (Artículo 27.3 (b) del Acuerdo) y variedades de plantas, es consistente con otras convenciones internacionales, como el Convenio sobre la Diversidad Biológica.
lLos costos que muchos países en desarrollo y países menos desarrollados entre los estados miembros deben pagar para cumplir con sus obligaciones bajo el Acuerdo sobre los ADPIC con respecto a la gestión y aplicación de los derechos de propiedad intelectual.
El Acuerdo ADPIC entró en vigor entre junio de 1995 y 1 de octubre. Los países desarrollados entre los miembros de la OMC deberían implementar todas las disposiciones del acuerdo dentro de un año después de que el acuerdo entre en vigor; los países en desarrollo y los países con economías en transición deberían implementarlo antes de enero de 2000 si los países en desarrollo amplían el alcance de la protección de patentes a nuevas y actuales; Los sectores no protegidos, como el farmacéutico, pueden recibir un período de transición adicional de cinco años. El acuerdo también estipulaba que los países menos desarrollados debían implementar el Acuerdo sobre los ADPIC antes de 2006, pero la Declaración de la Conferencia Ministerial de Doha sobre el Acuerdo sobre los ADPIC y la Salud Pública amplió el período de transición para la protección farmacéutica en 65.438+00 años.
Cuando hay un conflicto entre la interpretación del Acuerdo sobre los ADPIC y la legislación interna de un país que implementa el acuerdo, los estados miembros pueden presentar el caso al Consejo de Solución de Diferencias (OSD) de la OMC para su resolución. Hasta la fecha, se han iniciado 24 casos relacionados con el Acuerdo sobre los ADPIC bajo el mecanismo de solución de diferencias, incluidos 23 casos presentados por países desarrollados miembros y 1 caso presentado por Brasil, 16 relacionados con disputas entre países desarrollados y 7 relacionados con disputas entre países desarrollados y países en desarrollo; Disputas entre Brasil y Estados Unidos. De los 24 casos mencionados, 10 se resolvieron mediante negociaciones entre las dos partes, 7 fueron juzgados por un panel de expertos establecido según los procedimientos y los 7 restantes aún están pendientes.