Red de Respuestas Legales - Derecho empresarial - ¿Cuáles son los contenidos de "sistema de inmunización" y "sistema de medicación" en la "Ley de prevención de epidemias animales de la República Popular China" y las "Medidas para la revisión de las condiciones de prevención de epidemias animales"? Capítulo 2 Prevención de enfermedades animales Artículo 12 El departamento administrativo veterinario del Consejo de Estado llevará a cabo una evaluación de riesgos sobre enfermedades animales y formulará las correspondientes medidas de prevención y control de enfermedades animales basadas en los resultados de la evaluación. De acuerdo con las epidemias animales nacionales y extranjeras y la necesidad de proteger la producción acuícola y la salud humana, el departamento administrativo veterinario del Consejo de Estado formula y publica especificaciones técnicas para la prevención y el control de enfermedades animales de manera oportuna. Artículo 13 El Estado aplica la inmunización obligatoria contra las enfermedades animales que ponen en grave peligro la producción ganadera y la salud humana. El departamento administrativo veterinario del Consejo de Estado determinará los tipos y áreas de enfermedades animales sujetas a inmunización obligatoria y formulará un plan nacional de inmunización obligatoria para enfermedades animales junto con los departamentos pertinentes del Consejo de Estado. Los departamentos administrativos veterinarios de los gobiernos populares de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central formularán planes de vacunación obligatoria para sus respectivas regiones administrativas de conformidad con el plan nacional de vacunación obligatoria para las enfermedades animales y basándose en la prevalencia de las enfermedades animales; enfermedades en sus respectivas regiones administrativas, podrán aumentar los tipos de enfermedades animales sujetas a inmunización obligatoria y se implementará después de la aprobación del gobierno popular al mismo nivel y la presentación ante el departamento administrativo veterinario del Consejo de Estado. Artículo 14 El departamento administrativo veterinario del gobierno popular local a nivel de condado o superior organizará la implementación del plan de vacunación obligatoria contra enfermedades animales. Los gobiernos populares de los municipios y las oficinas de los subdistritos de las ciudades deben organizar unidades y personas que críen animales dentro de su jurisdicción para llevar a cabo el trabajo de inmunización obligatoria. Las unidades y las personas que crían animales deberán cumplir con sus obligaciones de inmunización obligatoria contra las enfermedades animales de conformidad con la ley y realizar un buen trabajo en materia de inmunización obligatoria de conformidad con los requisitos de las autoridades veterinarias competentes. Los animales sujetos a vacunación obligatoria deberán establecer expedientes de vacunación de acuerdo con los reglamentos del departamento administrativo veterinario del Consejo de Estado, agregar la identificación del ganado y las aves de corral e implementar la gestión de trazabilidad. Artículo 15 Los gobiernos populares a nivel de condado o superior establecerán y mejorarán redes de seguimiento de epidemias animales y fortalecerán el seguimiento de epidemias animales. El departamento administrativo veterinario del Consejo de Estado formulará un plan nacional de vigilancia de epidemias animales. Los departamentos administrativos veterinarios de los gobiernos populares de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central formularán planes de seguimiento de epidemias animales para sus respectivas regiones administrativas sobre la base del plan nacional de seguimiento de epidemias animales. Las agencias de prevención y control de enfermedades animales deberán monitorear la aparición y prevalencia de enfermedades animales de acuerdo con las disposiciones del departamento administrativo veterinario del Consejo de Estado de las unidades dedicadas a la cría, sacrificio, operación, aislamiento, transporte y producción y operación de productos animales; procesamiento, almacenamiento y otras actividades y los particulares no podrán negarlas ni obstaculizarlas. Artículo 16 El departamento administrativo veterinario del Consejo de Estado y el departamento administrativo veterinario del gobierno popular de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central emitirán con prontitud advertencias epidémicas animales basadas en predicciones de la aparición y tendencias epidémicas de las epidemias animales. . Después de recibir una alerta temprana de una epidemia animal, los gobiernos populares locales en todos los niveles deben tomar las medidas de prevención y control correspondientes. Artículo 17 Las unidades y personas que se dediquen a la cría, sacrificio, operación, aislamiento, transporte, producción, operación, procesamiento y almacenamiento de animales de animales deberán, de conformidad con esta Ley y los reglamentos del departamento administrativo veterinario del Consejo de Estado, llevar Realizar labores de inmunización, desinfección y prevención de otras enfermedades animales. Artículo 18 Los animales y mascotas reproductores y lecheros deberán cumplir con las normas sanitarias prescritas por el departamento administrativo veterinario del Consejo de Estado. Los animales reproductores y lecheros deben ser examinados periódicamente por los organismos de prevención y control de enfermedades animales; si no superan la prueba, serán tratados de conformidad con las normas del departamento veterinario del Consejo de Estado; Artículo 19 Las granjas de cría de animales (comunidades de cría) y los lugares de aislamiento, los lugares de sacrificio y procesamiento de animales y los lugares para el tratamiento inofensivo de animales y productos animales deberán cumplir las siguientes condiciones de prevención de epidemias animales: (1) Lugares y áreas residenciales, fuentes de agua potable , escuelas, Distancia de hospitales y otros lugares públicos. Cumplir con los estándares estipulados por la autoridad veterinaria del Consejo de Estado (2) El área de producción está cerrada y aislada, y el diseño de ingeniería y el flujo del proceso cumplen con los requisitos para la prevención de epidemias animales (3) Hay instalaciones correspondientes para los inofensivos; equipo de tratamiento de aguas residuales, aguas residuales, animales muertos y productos animales infectados e instalaciones de limpieza y desinfección (4) contar con técnicos de prevención de epidemias animales para atenderlos (5) tener un sistema sólido de prevención de epidemias animales (6) cumplir con otras medidas de prevención de epidemias animales; condiciones estipuladas por las autoridades veterinarias del Consejo de Estado. Artículo 20 Para establecer granjas de cría de animales (comunidades de cría) y sitios de aislamiento, sitios de sacrificio y procesamiento de animales y sitios de tratamiento inofensivo para animales y productos animales, se debe presentar una solicitud al departamento veterinario del gobierno popular local en o por encima del condado. nivel y se deben adjuntar los materiales pertinentes. El departamento administrativo veterinario que acepte la solicitud realizará un examen de conformidad con esta Ley y la "Ley de Licencias Administrativas de la República Popular China". Si el solicitante aprueba el examen, se le expedirá un certificado de condición de prevención de epidemias animales; si no lo aprueba, se le notificará y se le explicarán los motivos; Si se requiere registro industrial y comercial, el solicitante deberá solicitar el registro ante el departamento administrativo industrial y comercial con un certificado de condiciones de prevención de epidemias animales. El certificado de condiciones de prevención de epidemias animales deberá indicar el nombre del solicitante, la dirección del sitio (fábrica) y otros asuntos. Los mercados que operen animales y productos animales deberán cumplir con las condiciones de prevención de epidemias animales estipuladas por el departamento administrativo veterinario del Consejo de Estado y aceptar la supervisión e inspección de las agencias de supervisión de la salud animal. Artículo 21 Vehículos, revestimientos, embalajes, contenedores, etc. para animales y productos animales. Cumplir con las condiciones de prevención de epidemias animales estipuladas por las autoridades veterinarias del Consejo de Estado. Los animales infectados y sus excrementos, los productos animales infectados, los cadáveres de animales muertos o desconocidos, los excrementos de animales, los materiales de cama, los materiales de embalaje, los contenedores y otros contaminantes en los vehículos deben eliminarse de acuerdo con las normas del departamento administrativo veterinario del Consejo de Estado. y no debe deshacerse de él como desee. Artículo 22 La recolección, conservación y transporte de materiales patógenos animales o microorganismos patógenos, así como la investigación, enseñanza, ensayo y diagnóstico de microorganismos patógenos y otras actividades deben cumplir con las normas nacionales sobre el manejo de laboratorios de microorganismos patógenos. Artículo 23 Las personas que padezcan enfermedades infecciosas zoonóticas no participarán directamente en el diagnóstico y tratamiento de animales, ni en la cría, sacrificio, operación, aislamiento y transporte de animales susceptibles.

¿Cuáles son los contenidos de "sistema de inmunización" y "sistema de medicación" en la "Ley de prevención de epidemias animales de la República Popular China" y las "Medidas para la revisión de las condiciones de prevención de epidemias animales"? Capítulo 2 Prevención de enfermedades animales Artículo 12 El departamento administrativo veterinario del Consejo de Estado llevará a cabo una evaluación de riesgos sobre enfermedades animales y formulará las correspondientes medidas de prevención y control de enfermedades animales basadas en los resultados de la evaluación. De acuerdo con las epidemias animales nacionales y extranjeras y la necesidad de proteger la producción acuícola y la salud humana, el departamento administrativo veterinario del Consejo de Estado formula y publica especificaciones técnicas para la prevención y el control de enfermedades animales de manera oportuna. Artículo 13 El Estado aplica la inmunización obligatoria contra las enfermedades animales que ponen en grave peligro la producción ganadera y la salud humana. El departamento administrativo veterinario del Consejo de Estado determinará los tipos y áreas de enfermedades animales sujetas a inmunización obligatoria y formulará un plan nacional de inmunización obligatoria para enfermedades animales junto con los departamentos pertinentes del Consejo de Estado. Los departamentos administrativos veterinarios de los gobiernos populares de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central formularán planes de vacunación obligatoria para sus respectivas regiones administrativas de conformidad con el plan nacional de vacunación obligatoria para las enfermedades animales y basándose en la prevalencia de las enfermedades animales; enfermedades en sus respectivas regiones administrativas, podrán aumentar los tipos de enfermedades animales sujetas a inmunización obligatoria y se implementará después de la aprobación del gobierno popular al mismo nivel y la presentación ante el departamento administrativo veterinario del Consejo de Estado. Artículo 14 El departamento administrativo veterinario del gobierno popular local a nivel de condado o superior organizará la implementación del plan de vacunación obligatoria contra enfermedades animales. Los gobiernos populares de los municipios y las oficinas de los subdistritos de las ciudades deben organizar unidades y personas que críen animales dentro de su jurisdicción para llevar a cabo el trabajo de inmunización obligatoria. Las unidades y las personas que crían animales deberán cumplir con sus obligaciones de inmunización obligatoria contra las enfermedades animales de conformidad con la ley y realizar un buen trabajo en materia de inmunización obligatoria de conformidad con los requisitos de las autoridades veterinarias competentes. Los animales sujetos a vacunación obligatoria deberán establecer expedientes de vacunación de acuerdo con los reglamentos del departamento administrativo veterinario del Consejo de Estado, agregar la identificación del ganado y las aves de corral e implementar la gestión de trazabilidad. Artículo 15 Los gobiernos populares a nivel de condado o superior establecerán y mejorarán redes de seguimiento de epidemias animales y fortalecerán el seguimiento de epidemias animales. El departamento administrativo veterinario del Consejo de Estado formulará un plan nacional de vigilancia de epidemias animales. Los departamentos administrativos veterinarios de los gobiernos populares de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central formularán planes de seguimiento de epidemias animales para sus respectivas regiones administrativas sobre la base del plan nacional de seguimiento de epidemias animales. Las agencias de prevención y control de enfermedades animales deberán monitorear la aparición y prevalencia de enfermedades animales de acuerdo con las disposiciones del departamento administrativo veterinario del Consejo de Estado de las unidades dedicadas a la cría, sacrificio, operación, aislamiento, transporte y producción y operación de productos animales; procesamiento, almacenamiento y otras actividades y los particulares no podrán negarlas ni obstaculizarlas. Artículo 16 El departamento administrativo veterinario del Consejo de Estado y el departamento administrativo veterinario del gobierno popular de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central emitirán con prontitud advertencias epidémicas animales basadas en predicciones de la aparición y tendencias epidémicas de las epidemias animales. . Después de recibir una alerta temprana de una epidemia animal, los gobiernos populares locales en todos los niveles deben tomar las medidas de prevención y control correspondientes. Artículo 17 Las unidades y personas que se dediquen a la cría, sacrificio, operación, aislamiento, transporte, producción, operación, procesamiento y almacenamiento de animales de animales deberán, de conformidad con esta Ley y los reglamentos del departamento administrativo veterinario del Consejo de Estado, llevar Realizar labores de inmunización, desinfección y prevención de otras enfermedades animales. Artículo 18 Los animales y mascotas reproductores y lecheros deberán cumplir con las normas sanitarias prescritas por el departamento administrativo veterinario del Consejo de Estado. Los animales reproductores y lecheros deben ser examinados periódicamente por los organismos de prevención y control de enfermedades animales; si no superan la prueba, serán tratados de conformidad con las normas del departamento veterinario del Consejo de Estado; Artículo 19 Las granjas de cría de animales (comunidades de cría) y los lugares de aislamiento, los lugares de sacrificio y procesamiento de animales y los lugares para el tratamiento inofensivo de animales y productos animales deberán cumplir las siguientes condiciones de prevención de epidemias animales: (1) Lugares y áreas residenciales, fuentes de agua potable , escuelas, Distancia de hospitales y otros lugares públicos. Cumplir con los estándares estipulados por la autoridad veterinaria del Consejo de Estado (2) El área de producción está cerrada y aislada, y el diseño de ingeniería y el flujo del proceso cumplen con los requisitos para la prevención de epidemias animales (3) Hay instalaciones correspondientes para los inofensivos; equipo de tratamiento de aguas residuales, aguas residuales, animales muertos y productos animales infectados e instalaciones de limpieza y desinfección (4) contar con técnicos de prevención de epidemias animales para atenderlos (5) tener un sistema sólido de prevención de epidemias animales (6) cumplir con otras medidas de prevención de epidemias animales; condiciones estipuladas por las autoridades veterinarias del Consejo de Estado. Artículo 20 Para establecer granjas de cría de animales (comunidades de cría) y sitios de aislamiento, sitios de sacrificio y procesamiento de animales y sitios de tratamiento inofensivo para animales y productos animales, se debe presentar una solicitud al departamento veterinario del gobierno popular local en o por encima del condado. nivel y se deben adjuntar los materiales pertinentes. El departamento administrativo veterinario que acepte la solicitud realizará un examen de conformidad con esta Ley y la "Ley de Licencias Administrativas de la República Popular China". Si el solicitante aprueba el examen, se le expedirá un certificado de condición de prevención de epidemias animales; si no lo aprueba, se le notificará y se le explicarán los motivos; Si se requiere registro industrial y comercial, el solicitante deberá solicitar el registro ante el departamento administrativo industrial y comercial con un certificado de condiciones de prevención de epidemias animales. El certificado de condiciones de prevención de epidemias animales deberá indicar el nombre del solicitante, la dirección del sitio (fábrica) y otros asuntos. Los mercados que operen animales y productos animales deberán cumplir con las condiciones de prevención de epidemias animales estipuladas por el departamento administrativo veterinario del Consejo de Estado y aceptar la supervisión e inspección de las agencias de supervisión de la salud animal. Artículo 21 Vehículos, revestimientos, embalajes, contenedores, etc. para animales y productos animales. Cumplir con las condiciones de prevención de epidemias animales estipuladas por las autoridades veterinarias del Consejo de Estado. Los animales infectados y sus excrementos, los productos animales infectados, los cadáveres de animales muertos o desconocidos, los excrementos de animales, los materiales de cama, los materiales de embalaje, los contenedores y otros contaminantes en los vehículos deben eliminarse de acuerdo con las normas del departamento administrativo veterinario del Consejo de Estado. y no debe deshacerse de él como desee. Artículo 22 La recolección, conservación y transporte de materiales patógenos animales o microorganismos patógenos, así como la investigación, enseñanza, ensayo y diagnóstico de microorganismos patógenos y otras actividades deben cumplir con las normas nacionales sobre el manejo de laboratorios de microorganismos patógenos. Artículo 23 Las personas que padezcan enfermedades infecciosas zoonóticas no participarán directamente en el diagnóstico y tratamiento de animales, ni en la cría, sacrificio, operación, aislamiento y transporte de animales susceptibles.

La lista de enfermedades infecciosas zoonóticas la formula y publica el departamento administrativo veterinario del Consejo de Estado en colaboración con el departamento administrativo de salud del Consejo de Estado. Artículo 24 El Estado implementa la gestión regional de las epidemias animales y establece gradualmente áreas sin epidemias animales prescritas. Las áreas libres de epidemias animales deberán cumplir con las normas estipuladas por el departamento administrativo veterinario del Consejo de Estado y ser anunciadas después de pasar la inspección del departamento administrativo veterinario del Consejo de Estado. El término "área sin enfermedades animales prescritas", tal como se utiliza en esta Ley, se refiere a un área que tiene barreras naturales o medidas artificiales, no ha tenido una o varias enfermedades animales prescritas dentro de un período determinado y ha pasado la inspección de aceptación. Artículo 25 Está prohibido sacrificar, operar y transportar los siguientes animales y producir, operar, procesar, almacenar y transportar los siguientes productos animales: (1) Bloquear áreas epidémicas relacionadas con la aparición de enfermedades animales (2) Susceptibilidad a la infección en áreas epidémicas; (3) Aquellos que no han sido puestos en cuarentena o no han pasado la cuarentena de acuerdo con la ley (4) Aquellos que están infectados o se sospecha que están infectados (5) Aquellos que mueren o la causa de; se desconoce la muerte; (6) Otros que no cumplen con las normas pertinentes de prevención de epidemias animales del departamento veterinario del Consejo de Estado.