Análisis legal: Los cuadros civiles que hayan recibido méritos de primera clase o superiores pueden ser promovidos a otros niveles con anticipación o se pueden mejorar sus niveles laborales (profesionales y técnicos). Si los hijos de mártires que hayan obtenido méritos de primera clase son voluntarios y cumplen las condiciones para el servicio militar obligatorio, se les dará prioridad para ser aprobados para el servicio activo en las mismas condiciones. Los hijos de mártires que cumplan los requisitos del examen para la función pública tendrán prioridad para ser contratados como funcionarios públicos en las mismas condiciones. Al mismo tiempo, los hijos de los mártires que reciben educación preescolar y educación obligatoria recibirán un trato preferencial de conformidad con las normas nacionales pertinentes; aquellos que reciben educación preescolar en jardines de infancia públicos estarán exentos de tasas de enseñanza. Los hijos de mártires que soliciten ingresar a escuelas secundarias regulares, escuelas secundarias vocacionales y estudiantes de posgrado en colegios y universidades tendrán prioridad en la admisión en las mismas condiciones que aquellos que soliciten títulos universitarios y universitarios en colegios y universidades ordinarios podrán ver sus puntajes reducidos; de acuerdo con las regulaciones nacionales pertinentes; aquellos que estudien en escuelas públicas estarán exentos de matrícula y tasas diversas y disfrutarán de diversas políticas de financiación estipuladas por el estado.
Base jurídica: El artículo 11 del "Reglamento sobre la recomendación de los mártires" estipula que el Estado establece un sistema para la recomendación de los mártires. El estándar para el oro de encomio de mártir es 30 veces el ingreso disponible per cápita de los residentes urbanos en el año anterior a la muerte del mártir. En tiempos de guerra, se pueden elevar apropiadamente los estándares para elogiar a los mártires que sacrificaron sus vidas en la guerra. Los fondos de encomio de los mártires serán entregados a los padres, dependientes, cónyuges e hijos de los mártires por el departamento de asuntos de veteranos del gobierno popular a nivel del condado donde los sobrevivientes de los mártires tienen su residencia permanente registrada si no hay padres; dependientes, cónyuges o hijos, se distribuirán a los hermanos menores de 18 años y a los hermanos mayores de 18 años que no tengan fuente de ingresos y hayan sido sostenidos por mártires durante su vida.
Consejos
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