Anexos 1 al 19 del Convenio de la OACI sobre Aviación Civil Internacional
Anexo 1
Convenio sobre Aviación Civil Internacional
Emisión de licencias de personal
Siempre que los viajes aéreos sean inseparables de los pilotos y otros La tripulación aérea y el personal de tierra, sus calificaciones, habilidades y capacitación seguirán siendo fundamentales para operaciones eficientes y seguras. La capacitación y concesión de licencias adecuadas al personal también infunde confianza en los países, haciendo que las calificaciones y licencias del personal sean reconocidas y aceptadas internacionalmente, y crea una mayor confianza en la aviación entre los pasajeros.
Anexo 2
Convenio sobre Aviación Civil Internacional
Reglamento de aviación
Los viajes aéreos deben ser seguros y eficientes. Esto requiere, entre otras cosas, un conjunto de normas de aviación reconocidas internacionalmente. Estas reglas formuladas por la OACI constan de principios generales, reglas de vuelo visual y reglas de vuelo por instrumentos, y se enumeran en el Anexo 2. Se aplican sin excepción en alta mar, y también se aplican a los territorios de los países sobrevolados, siempre que no entren en conflicto con las normas de esos países. El capitán es responsable de cumplir con estas normas de aviación.
Anexo 3
Convenio sobre Aviación Civil Internacional
Servicios Meteorológicos de la Aviación Internacional
Los pilotos deben comprender las condiciones meteorológicas de la ruta de vuelo y aeropuerto de destino.
El objetivo de los servicios meteorológicos descritos en el Anexo 3 es promover la seguridad, eficiencia y regularidad de la navegación aérea. Esto se logra proporcionando la información meteorológica necesaria a los operadores, tripulaciones de vuelo, unidades de servicios de tránsito aéreo, unidades de búsqueda y rescate, autoridades aeroportuarias y otras partes interesadas de la aviación. Los vínculos estrechos entre los proveedores y los usuarios de información meteorológica son cruciales.
Anexo 4
Convenio sobre Aviación Civil Internacional
Cartas Aeronáuticas
Por su propia naturaleza, la comunidad de la aviación no tiene en cuenta las cuestiones geográficas. o fronteras políticas. No se sabe nada, por lo que se requiere el uso de mapas diferentes a los utilizados por el transporte terrestre. Para el funcionamiento seguro de las operaciones aéreas, es importante proporcionar información de navegación verdadera, completa y autorizada en todo momento, y las cartas pueden servir como un medio conveniente para proporcionar esta información de una manera fácilmente administrada, comprimida y coordinada. A menudo se dice que una imagen vale más que mil palabras, pero los diagramas más complejos de hoy en día son mucho más que eso.
Las cartas aéreas no sólo pueden proporcionar los datos bidimensionales comunes en la mayoría de los mapas, sino que también describen sistemas de servicios de tránsito aéreo tridimensionales. La mayoría de los países de la OACI producen cartas y muchos sectores de la industria de la aviación hacen referencia a ellas para la planificación, así como para el control del tráfico aéreo y la navegación. Si las cartas no están estandarizadas a nivel mundial, será difícil para los pilotos y otros usuarios de cartas encontrar e interpretar de manera efectiva datos de navegación importantes. Las cartas de navegación basadas en estándares reconocidos de la OACI promueven el flujo seguro y eficiente del tráfico aéreo.
Anexo 5
Convenio sobre Aviación Civil Internacional
Unidades de medida utilizadas en operaciones aéreas y terrestres
Unidades de medida utilizadas en operaciones internacionales La aviación puede volver a la propia OACI. En la Conferencia de Aviación Civil Internacional de 1944 en Chicago, los participantes reconocieron la importancia de un sistema de medición idéntico y aprobaron una resolución llamando a todos los países a utilizar el sistema métrico como estándar internacional básico.
Anexo 6
Convenio sobre Aviación Civil Internacional
Explotación de aeronaves
Parte 1 - Transporte aéreo comercial internacional - Aeronaves de ala fija .
Parte 2-Aviación General Internacional-Aviones de ala fija.
Tercera Parte - Negocios Internacionales - Helicópteros.
En resumen, la esencia del Anexo 6 es que las operaciones de las aeronaves dedicadas al transporte aéreo internacional deben estar lo más estandarizadas posible para garantizar el mayor grado de seguridad y eficiencia.
Anexo 8
Convenio sobre Aviación Civil Internacional
Aeronavegabilidad de las aeronaves
Por razones de seguridad, el diseño, construcción y operación de las aeronaves deben cumplir con los requisitos de aeronavegabilidad pertinentes del país de matrícula de la aeronave. Por lo tanto, se expide un certificado de aeronavegabilidad a una aeronave que la declara apta para volar.
Anexo 9
Convenio sobre Aviación Civil Internacional
Procedimientos Simplificados
Las Normas y Prácticas Recomendadas para Procedimientos Simplificados se derivan del Convenio de Chicago Convención Muchos términos. El artículo 37 del Convenio exige que la OACI desarrolle y revise periódicamente normas internacionales y prácticas y procedimientos recomendados para los procedimientos aduaneros y de inmigración.
El artículo 22 del Convenio exige que todos los Estados contratantes adopten todas las medidas viables para facilitar y acelerar la navegación aérea entre los territorios de los Estados contratantes, en particular al hacer cumplir las leyes de inmigración, cuarentena, aduanas y despacho, para evitar ataques. en aviones, Retrasos innecesarios para la tripulación, pasajeros y carga. El artículo 23 del Convenio estipula que cada Estado Contratante se compromete a establecer procedimientos aduaneros y de inmigración relacionados con la navegación internacional de conformidad con las medidas establecidas o recomendadas por este Convenio, en la medida que lo considere factible.
Anexo 10
Convenio sobre Aviación Civil Internacional
Telecomunicaciones Aeronáuticas
(Volumen 1, 2, 3, 4 y 5)
Los tres elementos más complejos y básicos de la aviación civil internacional son las comunicaciones aeronáuticas, la navegación y la vigilancia. El anexo 10 del Convenio cubre estos elementos.
El Anexo 10 se divide en cinco volúmenes:
Tomo 1 - Equipos de RadioNavegación.
Volumen 2 - Programas de Comunicación (incluidos programas con estado PANS).
Tomo 3 - Sistemas de Comunicación.
Parte 1 - Sistemas de Comunicaciones de Datos Digitales.
Parte 2 - Sistemas de Comunicación por Voz.
Volumen 4 - Radares de Vigilancia y Sistemas para Evitar Colisiones.
Volumen 5 - Uso del Espectro Radioeléctrico Aeronáutico.
Este anexo consta de cinco volúmenes y contiene normas y métodos recomendados (SARPS), procedimientos de servicios de navegación (PAN) y material de orientación relacionado con las comunicaciones aeronáuticas, los sistemas de navegación y vigilancia.
Anexo 11
Convenio sobre Aviación Civil Internacional
Servicios de tránsito aéreo
El control del tráfico aéreo era casi desconocido en 1944. Hoy en día, los servicios de control del tráfico aéreo, información de vuelo y alerta (también conocidos como servicios de tráfico aéreo) desempeñan un papel importante en las indispensables instalaciones de apoyo en tierra que garantizan el funcionamiento seguro y eficiente del tráfico aéreo en todo el mundo. El Anexo 11 del Convenio de Chicago define los servicios de tránsito aéreo y establece normas y métodos recomendados globales aplicables a la prestación de estos servicios.
Anexo 12
Convenio sobre Aviación Civil Internacional
Búsqueda y salvamento
Los servicios de búsqueda y salvamento se organizan para rescatar a aquellos que claramente están en apuros. Personas que necesitan ayuda. Debido a la necesidad de encontrar y rescatar rápidamente a los supervivientes de accidentes aéreos, el Anexo 12 de la OACI - Búsqueda y salvamento (SAR) contiene un conjunto de normas y métodos recomendados acordados internacionalmente.
Anexo 13
Convenio sobre Aviación Civil Internacional
Investigación de accidentes de aviación y síntomas de accidente
La causa del accidente de aviación o gravedad Se debe identificar el accidente para evitar que vuelva a ocurrir. La mejor manera de descubrir la causa es mediante una investigación adecuada. Para enfatizar este punto, el Anexo 13 establece que el propósito de la investigación de accidentes o síntomas de accidentes es la prevención.
Anexo 14
Convenio sobre Aviación Civil Internacional
Aeródromo
Volumen 1 - Diseño y operación de aeropuertos.
Tomo 2 - Helipuerto.
Una característica distintiva del Anexo 14 es la amplia gama de temas que cubre. Abarca desde la planificación de aeródromos y helipuertos hasta los aspectos prácticos, como los tiempos de conmutación de la energía auxiliar; desde la ingeniería civil hasta el diseño de iluminación y desde el suministro de equipos complejos de rescate y extinción de incendios hasta mantener los aeropuertos libres de aves; El impacto de estos numerosos problemas en los accesorios se ve exacerbado por la industria rápidamente cambiante que los aeropuertos deben soportar. Los nuevos tipos de aeronaves, el aumento de las operaciones de aeronaves, las operaciones en condiciones de baja visibilidad y los avances tecnológicos en el equipo aeroportuario han hecho del Anexo 14 uno de los que cambian más rápidamente.
En 1990, después de 39 revisiones, el Anexo se dividió en dos volúmenes, el primero cubría el diseño y operación de aeropuertos, y el segundo cubría el diseño de helipuertos.
Anexo 15
Convenio sobre Aviación Civil Internacional
Servicio de Información Aeronáutica
El Servicio de Información Aeronáutica (AIS) es la herramienta menos importante para apoyar la aviación civil internacional. Una de las funciones menos conocidas pero más importantes. El objetivo de los servicios de información aeronáutica es garantizar el flujo de información necesario para la seguridad, regularidad y eficiencia de la aviación internacional.
Anexo 16
Convenio sobre Aviación Civil Internacional
Protección del Medio Ambiente (Volumen I y II)
Anexo 16 (Primero y Volumen II) ) trata de proteger el medio ambiente del ruido de los aviones y de las emisiones de los motores de los aviones, dos cuestiones que recibieron poca atención cuando se firmó el Convenio de Chicago.
Anexo 17
Convenio sobre Aviación Civil Internacional
Seguridad - Protección de la aviación civil internacional contra interferencias ilícitas
Crimen violento en los últimos tiempos Década de 1960 El espectacular aumento afectó gravemente a la seguridad de la aviación civil, lo que llevó a la OACI a convocar un período extraordinario de sesiones de la Asamblea General en junio de 1970. Una de las resoluciones de la reunión fue solicitar que se incluyeran disposiciones en los anexos existentes o nuevos del Convenio de Chicago, especialmente aquellos que tratan de la interferencia ilícita, especialmente el secuestro ilícito de aeronaves. Con base en el trabajo del Comité de Navegación, el Comité de Transporte Aéreo y el Comité de Interferencia Ilícita, el Consejo adoptó las Normas y Prácticas Recomendadas sobre Seguridad, No. 1974, el 22 de marzo, y las designó Anexo 17 - Seguridad.
Este Anexo proporciona la base para el programa de seguridad de la aviación civil de la OACI y busca prevenir interferencias ilegales con la aviación civil y sus instalaciones. Las medidas adoptadas por la OACI para prevenir y combatir la interferencia ilícita con la aviación civil en todo el mundo son fundamentales para el futuro de la aviación civil y de la comunidad internacional en general.
Anexo 18
Convenio sobre Aviación Civil Internacional
Transporte aéreo seguro de mercancías peligrosas
Entre las mercancías transportadas por diversos modos de transporte En el mundo hay Más de la mitad son materiales peligrosos: explosivos, corrosivos, inflamables, tóxicos e incluso materiales radiactivos. Estos materiales peligrosos son importantes para las necesidades y procesos de muchas industrias, empresas, atención médica e investigación en todo el mundo.
Anexo 19
Convenio sobre Aviación Civil Internacional
Gestión de la seguridad