Contenido específico de RcepEl "Acuerdo RCEP" consta de un preámbulo y 20 capítulos (que incluyen: disposiciones iniciales y definiciones generales, comercio de mercancías, reglas de origen, procedimientos aduaneros y facilitación del comercio, medidas sanitarias y Medidas fitosanitarias, normas, reglamentos técnicos y procedimientos de evaluación de la conformidad, remedios comerciales, comercio de servicios, movimiento temporal de personas físicas, inversión, propiedad intelectual, comercio electrónico, competencia, pequeñas y medianas empresas, cooperación económica y técnica, adquisiciones gubernamentales , términos generales y excepciones, e instituciones) y finalmente el Capítulo 1 de los Artículos) y los cuatro anexos del Cronograma de Compromisos de Acceso a los Mercados (que incluyen: Cronograma de Compromisos Arancelarios, Cronograma de Compromisos de Servicios Específicos, Cronograma de Compromisos de Retención de Inversiones y Medidas Disconformes, y Calendario de Compromisos Específicos de Movimiento Temporal de Personas Físicas). Capítulo 1 Términos iniciales y definiciones generales Este capítulo establece principalmente que el objetivo de las Partes de la RCEP es establecer un marco de asociación y cooperación económica moderno, integral, de alta calidad y mutuamente beneficioso para promover el crecimiento del comercio y la inversión regional y contribuir al desarrollo económico global. . contribuir. Este capítulo también define los términos comúnmente utilizados en los protocolos. Capítulo 2: Comercio de Bienes Este capítulo tiene como objetivo promover la realización de un alto nivel de liberalización comercial en la región y estipula compromisos relacionados con el comercio de bienes. Las disposiciones incluyen: un compromiso de otorgar trato nacional a bienes de otras partes contratantes de conformidad con el Artículo 3 del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio; acceso preferencial a los mercados mediante la implementación gradual de la liberalización arancelaria temporal de bienes específicos; de las subvenciones a las exportaciones agrícolas; y se eliminan por completo las restricciones cuantitativas, la gestión del proceso de concesión de licencias de importación y las medidas no arancelarias, como los derechos y procedimientos relacionados con la importación y la exportación. Capítulo 3 Reglas de Origen Este capítulo determina las reglas de origen para el tratamiento arancelario preferencial de la RCEP. Si bien garantiza la aplicación del principio de cambio sustancial, también destaca la viabilidad técnica, la facilitación del comercio y la facilidad para los negocios, lo que facilita que las empresas, especialmente las pequeñas y medianas empresas, comprendan y utilicen el Acuerdo RCEP. En la primera sección de este Capítulo, los Artículos 2 (Bienes de Origen) y 3 (Bienes Totalmente Obtenidos o Totalmente Producidos) y el Anexo 1 "Reglas de Origen Específicas por Producto" (PSR) establecen las condiciones para otorgar "origen" a los bienes. . estándar. El acuerdo también permite la consideración del contenido de valor de cualquier parte del RCEP al determinar si los bienes son elegibles para las preferencias arancelarias del RCEP e implementa reglas de acumulación de contenido de origen. La sección 2 estipula los procedimientos operativos de certificación pertinentes, incluidos procedimientos detallados para solicitar el certificado de origen RCEP, solicitar un trato arancelario preferencial y verificar el "origen" de las mercancías. Este capítulo tiene dos anexos: (1) Reglas de origen específicas para productos, que cubren aproximadamente 5,205 productos de seis dígitos; (2) Requisitos mínimos de información, que establecen la información requerida para un certificado de origen o declaración de origen. Capítulo 4 Procedimientos aduaneros y facilitación del comercio Este capítulo tiene como objetivo crear un entorno para promover las cadenas de suministro regionales garantizando la previsibilidad, coherencia y transparencia de las leyes y regulaciones aduaneras, promoviendo la gestión efectiva de los procedimientos aduaneros y el rápido despacho de mercancías. Este capítulo contiene disposiciones mejoradas que son superiores al nivel del Acuerdo sobre Facilitación del Comercio de la OMC, incluyendo: predeterminación de la clasificación arancelaria, origen y valoración en aduana, proporcionando a los operadores que cumplen condiciones específicas (operadores autorizados) procedimientos de importación, exportación y tránsito y medidas de conveniencia; relacionados con procedimientos, métodos de gestión de riesgos para la supervisión aduanera y auditorías posteriores al despacho, etc. Capítulo 5 Medidas Sanitarias y Fitosanitarias Este Capítulo proporciona el marco básico para la formulación, adopción e implementación de medidas sanitarias y fitosanitarias para proteger la vida o la salud humana, animal o vegetal, garantizando al mismo tiempo que las medidas anteriores no restrinjan el comercio en la medida de lo posible. y garantizar que la Parte Contratante no exista discriminación irrazonable en las medidas sanitarias y fitosanitarias implementadas por la otra parte en condiciones similares. Aunque las partes contratantes han declarado sus respectivos derechos y obligaciones en el Acuerdo sobre Medidas Sanitarias y Fitosanitarias de la OMC, el Acuerdo fortalece la implementación, el análisis de riesgos, la auditoría, la certificación, la inspección de importaciones y las disposiciones para medidas de emergencia. Capítulo 6 Normas, reglamentos técnicos y procedimientos de evaluación de la conformidad Este capítulo fortalece la implementación del Acuerdo de la OMC sobre Obstáculos Técnicos al Comercio por parte de las partes contratantes y reconoce el entendimiento alcanzado por las partes sobre normas, reglamentos técnicos y procedimientos de evaluación de la conformidad. Al mismo tiempo, promover que las partes contratantes reduzcan las barreras comerciales técnicas innecesarias en términos de reconocimiento de normas, reglamentos técnicos y procedimientos de evaluación de la conformidad, garantizar que las normas, reglamentos técnicos y procedimientos de evaluación de la conformidad cumplan con las disposiciones del Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos de la OMC. cooperar con el comercio y otros aspectos del intercambio de información. Capítulo 7 Remedios Comerciales Este capítulo incluye “medidas de salvaguardia” y “derechos antidumping y compensatorios”. En cuanto a las medidas de salvaguardia, el Acuerdo reafirma los derechos y obligaciones de todas las partes en virtud del Acuerdo sobre Salvaguardias de la OMC y establece un sistema de salvaguardia de transición para proporcionar alivio a todas las partes que hayan resultado perjudicadas por la implementación de las reducciones fiscales del acuerdo. En cuanto a los derechos antidumping y compensatorios, el Acuerdo reafirma los derechos y obligaciones de las partes contratantes en los acuerdos pertinentes de la OMC y formula el anexo "Prácticas pertinentes para las investigaciones antidumping y compensatorias" para estandarizar la información escrita, las oportunidades de consulta y el anuncio de resoluciones y explicaciones, etc., para promover la transparencia y el debido proceso en las investigaciones sobre medidas comerciales correctivas. Capítulo 8 Comercio de Servicios Este capítulo reduce las medidas restrictivas y discriminatorias adoptadas por los miembros que afectan el comercio transfronterizo de servicios y crea condiciones para una mayor expansión del comercio de servicios entre las partes contratantes. Incluyendo compromisos de acceso a los mercados, trato nacional, trato de nación más favorecida, presencia local, leyes y reglamentos internos y otras normas. Algunas partes utilizan el enfoque de lista negativa para contraer compromisos de acceso al mercado, y aquellas partes que actualmente utilizan el enfoque de lista positiva deben cambiar al enfoque de lista negativa para celebrar acuerdos de compromiso de servicios dentro de los seis años posteriores a la entrada en vigor del acuerdo. Capítulo 8 Apéndice 1: Anexo de Servicios Financieros El Anexo de Servicios Financieros formula reglas específicas de servicios financieros, proporcionando suficiente espacio político y regulatorio para prevenir la inestabilidad en el sistema financiero.
Además de las obligaciones previstas en el Capítulo 8 (Comercio de Servicios), el Anexo también incluye una excepción prudencial para garantizar que los reguladores financieros conserven la capacidad de promulgar medidas que apoyen la integridad y estabilidad del sistema financiero. Este anexo también incluye obligaciones sobre transparencia regulatoria financiera, comprometiéndose las partes a no impedir la transferencia o el procesamiento de información necesaria para los negocios y la prestación de nuevos servicios financieros. El Anexo también estipula que las partes contratantes podrán discutir mediante consultas la resolución de una crisis de balanza de pagos o una situación que pueda convertirla en una crisis de balanza de pagos. Capítulo 8, Anexo 2: Anexo de Servicios de Telecomunicaciones Este Anexo establece un conjunto de reglas y marcos relacionados con el comercio de servicios de telecomunicaciones. Sobre la base de todos los anexos de servicios de telecomunicaciones existentes en el Tratado de Libre Comercio 11 de la ASEAN, los anexos también incluyen enfoques regulatorios, sistemas internacionales de cables submarinos, desagregación de elementos de red, acceso a postes, tuberías y redes de tuberías, términos internacionales como telefonía móvil roaming, flexibilidad en la elección de tecnología, etc. Anexo 3 del Capítulo 8: Anexo de Servicios Profesionales Este Anexo proporciona a las Partes un canal para facilitar la prestación de servicios profesionales en la región. Incluyendo: fortalecer el diálogo entre instituciones que reconocen las calificaciones profesionales y alentar a las partes del RCEP o instituciones relevantes a negociar con los departamentos de servicios profesionales relevantes sobre calificaciones, licencias o registros profesionales. Además, se alienta a las Partes o a los organismos pertinentes a desarrollar normas y directrices profesionales mutuamente aceptadas en áreas tales como educación, exámenes, experiencia, conducta y ética, desarrollo profesional y recertificación, alcance de la práctica y protección del consumidor. Capítulo 9 Movimiento de Personas Físicas Este capítulo enumera los compromisos de las Partes Contratantes para facilitar la entrada y residencia temporal de personas físicas dedicadas al comercio de bienes, prestación de servicios o inversiones, y establece las reglas para la aprobación de dicha entrada temporal y permisos de residencia temporal por parte de las Partes Contratantes. Mayor transparencia de las políticas de movilidad. El cuadro de compromisos adjunto establece los compromisos que cubren a los visitantes de negocios, personal de movilidad interna y otras categorías, así como las condiciones y limitaciones exigidas a los compromisos. Capítulo 10 Inversiones Este capítulo cubre cuatro aspectos: protección, liberalización, promoción y facilitación de las inversiones. Se trata de la integración y mejora de las normas de inversión originales del "Tratado de Libre Comercio 11 de la ASEAN", incluido el compromiso con el trato de nación más favorecida, la prohibición de requisitos de desempeño y el uso de un modelo de lista negativa para facilitar el acceso a los mercados. compromisos en áreas distintas de los servicios y la aplicación de mecanismos de trinquete (es decir, los niveles futuros de liberalización son irreversibles). La facilitación de inversiones también incluye la prevención de disputas y la resolución coordinada de quejas extranjeras. Adjunto a este capítulo hay una forma de compromisos de inversión y medidas disconformes de todas las partes. Capítulo 4 XI Propiedad Intelectual Este capítulo proporciona un enfoque equilibrado e integral para la protección y promoción de la propiedad intelectual en la región. El contenido cubre derechos de autor, marcas registradas, indicaciones geográficas, patentes, diseños, recursos genéticos, conocimientos tradicionales y folclore, lucha contra la competencia desleal, aplicación de las leyes de propiedad intelectual, cooperación, transparencia, asistencia técnica y otros campos. se ha reforzado el de "Comercio y Comercio". Capítulo 12 Comercio electrónico Este capítulo tiene como objetivo promover el uso y la cooperación del comercio electrónico entre las partes contratantes. Enumera disposiciones que alientan a las partes contratantes a mejorar la gestión y los procedimientos comerciales a través de medios electrónicos. y proteger el comercio electrónico de los usuarios comerciales, brindar protección a los consumidores en línea y fortalecer la supervisión y la cooperación en materia de información electrónica comercial no solicitada, proponer medidas pertinentes para la selección de la ubicación de las instalaciones informáticas y la transmisión electrónica transfronteriza de información; espacio de política regulatoria. Las Partes también acordaron mantener la práctica actual de no imponer aranceles al comercio electrónico de conformidad con las decisiones de la Conferencia Ministerial de la OMC. Capítulo 13 Competencia Este Capítulo proporciona un marco para que las Partes cooperen en políticas y leyes de competencia para mejorar la eficiencia económica y el bienestar del consumidor. Obliga a las partes a establecer o mantener leyes o instituciones que prohíban actividades que restrinjan la competencia, al tiempo que reconoce el derecho soberano de las partes a formular y hacer cumplir sus propias leyes de competencia y permite exclusiones o exenciones basadas en el orden público o el interés público. Este capítulo también involucra la protección de los derechos e intereses de los consumidores. Las partes contratantes tienen la obligación de adoptar o mantener leyes y regulaciones nacionales para prevenir comportamientos engañosos o descripciones falsas o engañosas en el comercio para promover la comprensión y el uso de mecanismos de ayuda al consumidor; cooperación de los consumidores en interés de las partes. Capítulo 14 Pequeñas y Medianas Empresas Las Partes Contratantes acuerdan proporcionar una plataforma para que las pequeñas y medianas empresas negocien este Acuerdo, lleven a cabo proyectos y actividades de cooperación económica destinados a mejorar la utilización de este Acuerdo y se beneficien de las oportunidades creadas por este. Acuerdo, e incluir a las pequeñas y medianas empresas en la corriente principal de las cadenas de suministro regionales. El acuerdo enfatiza el disfrute pleno de la información relacionada con las pequeñas y medianas empresas de la RCEP, incluido el contenido del acuerdo, las leyes y regulaciones en el campo del comercio y la inversión relacionados con las pequeñas y medianas empresas, y otra información relacionada con los negocios. de pequeñas y medianas empresas que participan en el acuerdo y se benefician del mismo. Capítulo 15 Cooperación Económica y Técnica Este capítulo proporciona un marco para lograr el desarrollo común entre los países de la RCEP y ayuda a beneficiarse plenamente de la implementación y utilización del acuerdo y a reducir la brecha de desarrollo entre las partes. Según el Capítulo, las Partes implementarán proyectos de asistencia técnica y desarrollo de capacidades para promover la implementación y utilización inclusivas, efectivas y eficientes del Acuerdo en todas las áreas, incluido el comercio de bienes, el comercio de servicios, la inversión, la propiedad intelectual, la competencia, las pequeñas y medianas empresas. -Empresas de tamaño y negocios de electrónica. al mismo tiempo que se priorizan las necesidades de los países menos desarrollados. El Capítulo 16 "Acuerdo sobre Contratación Pública" reconoce el papel de la contratación pública en la promoción de la integración económica regional para promover el desarrollo económico, y se esforzará por mejorar la transparencia de las leyes, regulaciones y procedimientos y promover la cooperación entre las partes contratantes en la contratación pública. Este capítulo contiene disposiciones de revisión con el objetivo de mejorarlo en el futuro para facilitar la contratación pública.