Red de Respuestas Legales - Directorio de abogados - ¿Qué debo hacer si alguien se escapa después de presentar un caso?

¿Qué debo hacer si alguien se escapa después de presentar un caso?

Análisis legal: 1. Presentar un caso y llamar a la policía.

Cuando la víctima sufre un daño ilegal, siempre que haya pruebas de que el sospechoso es sospechoso de haber cometido un delito, puede llamar a la policía y solicitarle que abra un caso para investigación. En cuanto a si no se puede encontrar al sospechoso, no afecta el caso, porque esa es la conclusión de que la policía no persiguió al sospechoso después de que se presentó el caso.

2. Una vez presentado un caso penal, seguirá existiendo a menos que se resuelva y la policía seguirá investigando.

De acuerdo con las regulaciones, después de que se presenta un caso penal, mientras el sospechoso no haya sido capturado, el caso no puede avanzar ni juzgarse. El caso siempre existirá, lo que también se puede denominar "atraso". ". La policía seguirá investigando estos casos hasta que se resuelvan.

Por supuesto, con el tiempo, la policía a veces puede relajarse. Lo mejor es que las víctimas presten atención al progreso del caso en cualquier momento, se comuniquen con la policía en cualquier momento para comprender la situación e insten a la policía a resolver el caso rápidamente.

3. Si la policía no puede encontrar al sospechoso, lo perseguirá a través de diversos medios, como persecuciones humanas, búsquedas en línea, etc.

Entonces, para la víctima, lo más importante es presentar una causa penal. Mientras se archiva un caso, incluso si la policía no puede encontrar al sospechoso por un tiempo, siempre utilizará diversos medios para localizarlo, y aquellos que salgan eventualmente recibirán represalias. Si aún tiene preguntas sobre esto, puede consultar a un abogado defensor penal para una consulta detallada y luego manejar el caso basándose en el consejo del abogado y el caso real.

Base jurídica: “Ley de Procedimiento Penal de la República Popular China”

_Artículo 108 Cualquier unidad o individuo que descubra hechos delictivos o sospechosos de delitos tiene el derecho y la obligación de informar a la policía Informe al órgano de seguridad pública, la Fiscalía Popular o el Tribunal Popular.

Las víctimas tienen derecho a denunciar y acusar a los órganos de seguridad pública, las fiscalías populares o los tribunales populares de hechos delictivos o de sospechosos de delitos que infrinjan sus derechos personales o patrimoniales.

Los órganos de seguridad pública, las fiscalías populares o los tribunales populares aceptarán informes, acusaciones e informes. Si el caso no es de su propia jurisdicción, se transferirá a la autoridad competente para su tramitación, y se notificará al denunciante, al denunciante y al denunciante si el caso no es de su propia jurisdicción y se deben tomar medidas de emergencia; , primero se tomarán medidas de emergencia y luego se transmitirán al servicio competente.

Cuando los delincuentes se entreguen a los órganos de seguridad pública, fiscalías populares o tribunales populares, se aplicarán las disposiciones del apartado 3.

Artículo 109 Las denuncias, quejas y denuncias podrán realizarse de forma escrita o verbal. Los miembros del personal que acepten informes, quejas o informes orales prepararán una transcripción, que será firmada o sellada por el denunciante, denunciante o denunciante después de haber sido leída correctamente.

El personal que acepte acusaciones o informes debe explicar al acusador o denunciante la responsabilidad legal por acusaciones falsas e incriminaciones. Sin embargo, siempre que los hechos o las pruebas no sean inventados, incluso si los hechos de la acusación o el informe son inconsistentes, o incluso una acusación falsa, deben distinguirse estrictamente de las acusaciones falsas.

Los órganos de seguridad pública, las fiscalías populares o los tribunales populares garantizarán la seguridad de los informantes, acusadores, informantes y sus familiares cercanos. Si el denunciante, acusador o denunciante no desea revelar su nombre y conducta denunciante, acusatoria o denunciante, deberá mantener la confidencialidad.

Artículo 110 El Tribunal Popular, la Fiscalía Popular o la Oficina de Seguridad Pública, de acuerdo con su jurisdicción, revisarán con prontitud los materiales de los informes de casos, acusaciones, informes y entregas si creen que hay antecedentes penales. hechos que requieran responsabilidad penal, presentarán una demanda; si se considera que no existen hechos delictivos, o los hechos delictivos son evidentemente menores y no hay necesidad de perseguir la responsabilidad penal, el caso no se archivará y el denunciante; será informado de los motivos por los que no se presentó el caso. Si el denunciante no está satisfecho, podrá solicitar una reconsideración.