Mi marido está teniendo una aventura. ¿Puedo solicitar el divorcio y dejarlo salir de casa?
Quienes sufren violencia doméstica también pueden reclamar daños y perjuicios. En la vida diaria, las peleas entre parejas son inevitables y algunas parejas con mal carácter pueden pelear, pero no todas las peleas o peleas constituyen violencia doméstica en el sentido legal. Dependiendo de la situación, puedes considerar llamar a la policía. Si el organismo de valoración judicial designado por la policía concluye que la lesión es leve, la conducta constituye delito de lesión intencional, y el autor que cause la lesión leve será condenado a tres años de prisión. Si una mujer embarazada provoca un aborto espontáneo u otras situaciones más graves, se aumentará la pena. Si no está satisfecho con el resultado, puede considerar presentar una demanda ante los tribunales para salvaguardar sus derechos e intereses legítimos y proteger su seguridad de acuerdo con la ley.
Recordatorio: si sufre violencia doméstica, le recomendamos que llame a la policía lo antes posible y conserve pruebas como fotografías de la hospitalización y las lesiones. En caso de divorcio, puede reclamar la indemnización correspondiente o más bienes. ¡Debemos decir no a la violencia doméstica! ¡No toleres su comportamiento y te causes daños innecesarios!
Base jurídica
El artículo 1062 del "Código Civil" estipula que los siguientes bienes adquiridos por el marido y la mujer durante la relación matrimonial son bienes comunes del marido y la mujer y pertenecen al marido y mujer:
(1) Salarios, bonificaciones y remuneración por servicios laborales;
(2) Ingresos provenientes de la producción, operación e inversión;
(3 ) Las rentas por derechos de propiedad intelectual;
(IV) ) Los bienes heredados o donados, salvo lo previsto en el párrafo 3 del artículo 1063 de esta Ley;
(5) Los demás bienes que debe pertenecer a * * *.
El marido y la mujer tienen iguales derechos para disponer de los mismos bienes.
Artículo 1.087 En el divorcio, los bienes del marido y de la mujer se administrarán por acuerdo entre las partes; atención de los derechos e intereses de los hijos, de la mujer y de la parte no culpable.
Artículo 1091 Al divorciarse, si concurre alguna de las circunstancias siguientes, la parte sin culpa tiene derecho a reclamar una indemnización:
(1) Bigamia;
( 2) Vivir con otros;
(3) Realizar violencia doméstica
(4) Abusar o abandonar a miembros de la familia
(5) Tener otros; faltas graves.
Artículo 1088. Si uno de los cónyuges tiene muchas responsabilidades como criar a los hijos, cuidar a los ancianos y ayudar al otro en el trabajo, el cónyuge tendrá derecho a exigir al otro una indemnización en caso de divorcio. , y el otro cónyuge deberá compensar al cónyuge. Las medidas específicas serán acordadas por ambas partes; si no se puede llegar a un acuerdo, el Tribunal Popular tomará una decisión.