Red de Respuestas Legales - Directorio de abogados - ¿Qué requisitos debe cumplir una oferta de consorcio?

¿Qué requisitos debe cumplir una oferta de consorcio?

Subjetividad jurídica:

La licitación de consorcio se refiere al acto de dos o más personas jurídicas u otras organizaciones que forman un consorcio para ofertar conjuntamente como postores. La licitación conjunta se puede entender de la siguiente manera: (1) Todas las partes del consorcio que contrata el proyecto de construcción son personas jurídicas. La forma puede ser un consorcio de dos o más personas jurídicas, y cada parte debe cumplir ciertas condiciones. Según el reglamento, todas las partes del consorcio deben tener las capacidades correspondientes para el proyecto de licitación. Un consorcio compuesto por partes de la misma profesión determinará el nivel de calificación según la unidad con el nivel de calificación más bajo. El objetivo de esta disposición es evitar que una parte con un nivel de calificación más bajo obtenga la calificación de adjudicatario en nombre de una parte con un nivel de calificación más alto, lo que resultaría en la imposibilidad de garantizar la calidad de los proyectos de construcción después de ganar la licitación. . (2) El consorcio no tiene personalidad jurídica. El consorcio es una organización temporal. El objetivo de formar un consorcio es mejorar la competitividad de las ofertas, reducir la carga financiera causada por el pago de enormes garantías de cumplimiento por parte de todas las partes del consorcio, dispersar los riesgos de las ofertas de las partes del consorcio, compensar la relativa falta de conocimientos técnicos fortaleza de cada parte, y mejorar * * * Confiabilidad en la finalización de los proyectos emprendidos. (3) El consorcio se constituye de forma voluntaria. Una cosa es que los postores formen un consorcio. La forma de formar un consorcio y cómo hacerlo depende enteramente de los propios postores. El licitador no puede obligar a los licitadores a formar un consorcio para presentar ofertas conjuntas. (4) El consorcio se presenta como postor. Si bien el consorcio no es una organización persona jurídica, deberá ofertar en nombre de las partes que lo integran y firmar un contrato con el licitador. * * * La firma conjunta de un contrato significa que todas las partes del consorcio participan en la celebración del contrato y firman o sellan el contrato. Todas las partes del consorcio son responsables ante el postor por el proyecto ganador. Los derechos, obligaciones, responsabilidades y otras cuestiones dentro del consorcio se basan en los contratos firmados por las partes dentro del consorcio. (5) La licitación conjunta por parte de consorcios suele ser adecuada para proyectos de construcción de gran escala y proyectos de construcción con estructuras complejas.

Objetividad jurídica:

Artículo 31 de la “Ley de Licitaciones y Licitaciones”

Dos o más personas jurídicas u otras organizaciones podrán formar un consorcio, siendo una Las identidades de los postores se comparten en la oferta. Todas las partes del consorcio deberán tener las capacidades correspondientes para llevar a cabo proyectos de licitación, si las regulaciones nacionales pertinentes o los documentos de licitación estipulan las calificaciones de los postores, todas las partes del consorcio deberán tener las calificaciones correspondientes. Para un consorcio compuesto por unidades de la misma carrera, el nivel de calificación se determinará según la unidad con menor nivel de calificación. Todas las partes del consorcio deberán firmar un * * * acuerdo con el licitador, estipulando claramente el trabajo y las responsabilidades que cada parte deberá realizar, y presentar el * * * acuerdo al licitador junto con los documentos de licitación. Si el consorcio gana la oferta, todas las partes del consorcio deberán * * * firmar un contrato con el licitador y asumir la responsabilidad solidaria ante el licitador por el proyecto ganador. El licitador no obligará a los licitadores a formar un consorcio para ofertar conjuntamente, ni podrá restringir la competencia entre los licitadores.