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¿Qué es la Proposición 65 de California?

La Proposición 65 de California, la Ley de Control de Agua Potable y Tóxicos de 1986, fue promulgada el 11 de junio de 1986.

El propósito es proteger a los residentes de California y las fuentes de agua potable del estado de sustancias que se sabe que causan cáncer, defectos de nacimiento u otros daños reproductivos y de desarrollo, y revelar dichas sustancias cuando estén presentes. Informar a los residentes. La Proposición 65 de California regula las sustancias químicas que el estado considera que causan cáncer o toxicidad reproductiva.

Requisitos básicos de la propuesta: 1. No se permite el vertido al agua potable de las sustancias peligrosas enumeradas en las recomendaciones. 2. Proporcionar advertencias claras y razonables (para las sustancias enumeradas, se deben dar advertencias a menos que el nivel de exposición sea extremadamente bajo y no represente un riesgo).

Datos ampliados

Detalle de la factura

Los productos incluyen:

Productos de vidrio y cerámica para el almacenamiento y conservación de alimentos o bebidas. .

Productos de vidrio y cerámica que no sean para alimentos o bebidas (necesidades diarias)

La decoración externa se refiere a los gráficos coloridos, el diseño y la producción de la superficie externa del producto. La decoración exterior, incluidos los diseños que se extienden hasta las zonas de los bordes, sólo podrá utilizar materiales que cumplan con las normas de reproducción de plomo y cadmio. Los productos para niños deben cumplir con un conjunto más estricto de estándares de reproducción.

Para los productos que no pueden cumplir con los estándares de reproducción, se deben marcar advertencias de acuerdo con los requisitos del Documento No. 65.

Las siguientes son pautas consensuadas para señales de advertencia para cristalería y cerámica.

Cristalería

Todos los productos infantiles:

La decoración exterior, incluidas las zonas de los bordes, solo puede utilizar materiales decorativos con un contenido de plomo inferior a 0,06 y un contenido de cadmio inferior a 0,48.

Productos de alimentos/bebidas (decoración de bordes)

La decoración exterior, incluidas las zonas de los bordes, solo puede utilizar materiales decorativos con un contenido de plomo inferior a 0,06 y un contenido de cadmio inferior que 0,48.

Toda decoración exterior que se extienda hasta el área del borde solo debe utilizar materiales decorativos con plomo o cadmio indetectable (plomo ≤ 0,02%, cadmio ≤ 0,08%).

Productos no alimentarios/bebidas:

La decoración exterior debe contener menos de 1,0 microgramos de plomo o cadmio o menos de 8,0 en la prueba de limpieza (Método de prueba NIH n.º 9100) microgramos. ..o

La decoración exterior, incluidas las zonas de los bordes, sólo podrá utilizar materiales decorativos con un contenido de plomo inferior a 0,06 y un contenido de cadmio inferior a 0,48. O

En la prueba de limpieza (Método de prueba NIH n.° 9100), todas las partes decorativas de las superficies deben contener menos de 4,0 microgramos de plomo o 32,0 microgramos de cadmio.

Enciclopedia Baidu-Proposición 65 de California