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¿Se puede condenar a los radicales japoneses?

Análisis legal: las élites japonesas se refieren a personas no japonesas que adoran extremadamente el militarismo japonés, odian a su propia nación y se consideran espiritualmente japoneses militaristas. Las leyes pertinentes prevén insultar, calumniar o infringir de otro modo la reputación y el honor de los héroes y mártires, y perjudicar los intereses públicos. Si las circunstancias son graves, el infractor será condenado a pena privativa de libertad no superior a tres años, prisión penal, vigilancia pública o privación de derechos políticos. Cualquiera que organice o utilice sectas, cultos o supersticiones para socavar la aplicación de las leyes y reglamentos administrativos nacionales será condenado a una pena de prisión de no menos de tres años pero no más de siete años, y también será multado.

Base jurídica: "Ley Penal de la República Popular China"

Artículo 299 Insultar intencionalmente al pueblo chino en lugares públicos mediante quema, daño, garabato, profanación, pisoteo, etc. Quien viole la bandera nacional o el emblema nacional será sancionado con pena privativa de libertad no superior a tres años, prisión penal, vigilancia pública o privación de derechos políticos. Aquellos que deliberadamente alteren la letra y la partitura del himno nacional del pueblo chino en lugares públicos, interpreten o canten el himno nacional de manera distorsionada o despectiva, o insulten el himno nacional de otras maneras, y si las circunstancias son graves, serán será sancionado conforme a lo dispuesto en el párrafo anterior.

Artículo 299-1 Quien insulte, calumnie o de otro modo atente contra la reputación y el honor de los héroes y mártires, lesione los intereses públicos y las circunstancias sean graves, será condenado a pena privativa de libertad de no más de tres años, detención penal, vigilancia pública o privación de derechos políticos.

Artículo 300: El que organice o utilice organizaciones de culto o supersticiones para menoscabar la aplicación de las leyes y reglamentos administrativos nacionales será condenado a pena privativa de libertad no menor de tres años ni mayor de siete años. y también será multado, si las circunstancias son especialmente graves, con pena privativa de libertad no menor de siete años o cadena perpetua, y multa o confiscación de bienes, si las circunstancias son relativamente menores; Ser condenado a penas de prisión de duración determinada no mayor a tres años, detención penal, vigilancia pública o privación de derechos políticos, y multa o multa sola. El que organice o utilice una organización sectaria o utilice la superstición para engañar a otros, causando lesiones graves o la muerte, será sancionado de conformidad con lo dispuesto en el párrafo anterior. Cualquiera que cometa el delito previsto en el párrafo 1 y cometa otros actos delictivos como violar a mujeres, defraudar bienes, etc. será castigado de conformidad con las disposiciones de pena concurrente para delitos múltiples.